Los empleados que reduzcan la jornada para cuidar familiares tienen un d¨ªa para comunic¨¢rselo al empresario
Trabajo reconocer¨¢ autom¨¢ticamente las prestaciones de los ERTE una vez se notifiquen al servicio p¨²blico
El decreto para amortiguar el impacto del coronavirus en la econom¨ªa tiene un amplio paquete de medidas destinadas al mercado laboral. Sus objetivos son varios: buscan facilitar la actividad empresarial con el teletrabajo, agilizar los expedientes de regulaci¨®n temporal del empleo (ERTE) para aliviar los costes de las empresas, dar una prestaci¨®n a los afectados por estos ERTE, ampliar la protecci¨®n a los aut¨®nomos durante el tiempo que dure la crisis sanitaria y la paralizaci¨®n de la actividad econ¨®mica que causa, y la adaptaci¨®n de la jornada laboral de los trabajadores para poder cuidar de hijos o padres durante el confinamiento.
El Bolet¨ªn Oficial del Estado ha recogido este mi¨¦rcoles el decreto y de su lectura se desprenden los detalles de las medidas que el d¨ªa anterior, el martes, aprob¨® el Consejo de Ministros.
Adaptaci¨®n de jornada para cuidar a los hijos y los enfermos. Desde que se empezaron a cerrar los colegios, muchos padres han tenido que quedarse en casa para cuidar a sus hijos sin poder ir a trabajar. Lo mismo ha pasado con el cierre de centros de d¨ªa de atenci¨®n a mayores. El decreto ha aprobado que ser¨¦ potestad de los trabajadores que se encuentren en esta situaci¨®n decidir si reducen la jornada, cambian el horario o el turno e, incluso, el centro de trabajo en el que prestan sus servicios. Tambi¨¦n cabe la opci¨®n de acogerse a esta medida si el cuidador de un familiar cae enfermo o en cuarentena, explican fuentes del Ministerio de Trabajo.
Para ejercer ese derecho, el trabajador deber¨¢ acreditar que concurren las circunstancias ¡°relacionadas con las actuaciones necesarias para evitar la transmisi¨®n comunitaria de la Covid-19¡±. Cuando decida ejercer el derecho, algo que le corresponde a ¨¦l, tendr¨¢ un d¨ªa para comunic¨¢rselo a la empresa. Las reducciones de jornada pueden llegar al 100%, pero ¡°deber¨¢ estar justificado y ser razonable y proporcionado en atenci¨®n a la situaci¨®n de la empresa¡±, explica el decreto.
Expedientes de Regulaci¨®n Temporal de Empleo y reducciones de jornada. Se han facilitado al establecer como ¡°causa de fuerza mayor¡± la situaci¨®n generada por la Covid-19 y la declaraci¨®n del estado de alarma. Esto facilita mucho estas medidas de ajuste laboral y, adem¨¢s, se han agilizado los plazos al dar cinco d¨ªas ¡°improrrogables¡± para resolver y a la Inspecci¨®n para emitir el informe que tendr¨¢ un car¨¢cter potestativo. Fuentes del Ministerio de Trabajo admiten que si pasado el plazo no llegan las decisiones el silencio de la Administraci¨®n deber¨¢ entenderse como positivo, es decir, el expediente de regulaci¨®n temporal de empleo (ERTE) tendr¨¢ luz verde. La decisi¨®n sirve para empresas y aut¨®nomos con empleados.
No obstante, tambi¨¦n apuntan en Trabajo que se van a mantener vigilantes de que las medidas de suspensi¨®n de contratos que apliquen las empresas se ajusten exactamente a lo que es la causa mayor y la declaraci¨®n del estado de alarma. Por ejemplo, se?alan en el Ministerio que un caso como el de Burger King que habr¨ªa presentado un ERTE para sus 14.000 trabajadores no se adaptar¨ªa y tendr¨ªa que reformularse. Apuntan que la cadena de comida r¨¢pida puede seguir prestando el servicio de comida r¨¢pida y, por tanto, los trabajadores de esa actividad no tendr¨ªan por qu¨¦ estar afectados por la suspensi¨®n.
En el caso de los ERTE que est¨¦n relacionados directamente con la Covid-19 y la declaraci¨®n del estado de alarma, tambi¨¦n se abre la mano ¡°en los supuestos que se decida por la empresa [¡] por causas econ¨®micas, t¨¦cnicas, organizativas y de producci¨®n relacionadas con la Covid-19¡±. Se reducen los plazos de negociaci¨®n a siete d¨ªas.
Entre las medidas laborales del decreto, est¨¢ el impulso del teletrabajo. El art¨ªculo que lo desarrolla tiene un t¨ªtulo claro de la intenci¨®n: ¡°Car¨¢cter preferente del trabajo a distancia¡±. Se trata de garantizar la actividad pese a la situaci¨®n siempre que sea posible y evitando el riesgo de contagio.
Una de las medidas que acompa?an a los ERTE es la exoneraci¨®n de que las pymes paguen el 100% de las cuotas si mantienen plantilla o que costeen el 75% si lo hacen las m¨¢s grandes. Ahora cuando una empresa aplica un ERTE tiene que hacerse cargo de parte de las cuotas sociales que le corresponden. Eso en los expedientes relacionados con la crisis del coronavirus no ser¨¢ as¨ª, si cumple este requisito. No obstante, hay una condici¨®n: seg¨²n una disposici¨®n adicional del decreto tendr¨¢ que mantener la plantilla durante al menos seis meses. En teor¨ªa, esta disposici¨®n se aplica a todas las medidas laborales del decreto, pero en la pr¨¢ctica es posible que solo pueda aplicarse a esta exoneraci¨®n.
Prestaci¨®n extraordinaria para afectados por ERTE. Los afectados por regulaciones de empleo temporales podr¨¢n percibir una prestaci¨®n independientemente del tiempo que hayan cotizado previamente. El requisito ser¨¢ haber estado contratado antes de que se den las circunstancias que han provocado el ajuste. Adem¨¢s, para quienes ya tengan derechos acumulados de prestaci¨®n esta ayuda no les restar¨¢ lo que ya tienen consolidado.
Fuentes de Trabajo apuntan que, ante la extraordinaria situaci¨®n actual y con las oficinas del servicio p¨²blico de empleo estatal (SEPE), este organismo reconocer¨¢ la prestaci¨®n r¨¢pidamente y lo har¨¢ de forma autom¨¢tica una vez el empresario comunique la identidad de los afectados por la suspensi¨®n. En este departamento, admiten que en este momento est¨¢n saturados y que a lo largo del d¨ªa han tenido problemas con Internet y la p¨¢gina web.
Prestaci¨®n extraordinaria para aut¨®nomos. El decreto crea una prestaci¨®n extraordinaria para los aut¨®nomos de cese de actividad. Esta ayuda est¨¢ sujeta a que el negocio se vea directamente afectado por la declaraci¨®n del estado de alarma o a una ca¨ªda de ingresos del 75% respecto del mes precedente. La ayuda, que gestiona el Ministerio de Seguridad Social, equivaldr¨¢ al 70% de la base de cotizaci¨®n. Durante este tiempo, fuentes del Ejecutivo se?alan que el aut¨®nomo no tendr¨¢ que pagar la cotizaci¨®n.
Adem¨¢s de cumplir con las condiciones para acceder a la prestaci¨®n hay una serie de requisitos previos, estar dado de alta previamente en la Seguridad Social y estar al corriente de pago. La medida tambi¨¦n favorece a los socios de cooperativas que hayan optado por cotizar como aut¨®nomos y no como trabajadores por cuenta ajena.
Teletrabajo. Una de las alternativas en la que m¨¢s ¨¦nfasis ha puesto el Ejecutivo como primera opci¨®n antes de detener la actividad es el teletrabajo. El art¨ªculo que lo desarrolla tiene un t¨ªtulo claro de la intenci¨®n: ¡°Car¨¢cter preferente del trabajo a distancia¡±. Se trata de garantizar la actividad pese a la situaci¨®n siempre que sea posible y evitando el riesgo de contagio.
Pese a esto, y a diferencia de lo que aparec¨ªa en uno de los borradores del decreto de alarma del s¨¢bado, no es una obligaci¨®n del empresario ofrecer la opci¨®n, pero s¨ª se queda justo un paso antes. Se?ala que ¡°se establecer¨¢n¡± mecanismos que permitan el teletrabajo ¡°si ello es t¨¦cnica y razonablemente posible y si el esfuerzo de adaptaci¨®n necesario resulta proporcionado¡±. ¡°Estas medidas alternativas, particularmente el trabajo a distancia, deber¨¢n ser prioritarias frente a la cesaci¨®n temporal o reducci¨®n de la actividad¡±, remacha. Y para facilitarlo, exime a empresas y trabajadores de la evaluaci¨®n de riesgos preceptiva.
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