La Administraci¨®n P¨²blica sufragar¨¢ los equipos para que los funcionarios puedan teletrabajar
La Mesa General aprueba el acuerdo alcanzado con el Gobierno y apremia al inicio de las negociaciones en los distintos ¨¢mbitos para que m¨¢s de tres millones de empleados p¨²blicos puedan acogerse a esta modalidad
El acuerdo para la implementaci¨®n del teletrabajo en la Administraci¨®n P¨²blica sigue su curso despu¨¦s de que la Mesa General de Negociaci¨®n de las Administraciones P¨²blicas haya suscrito su desarrollo esta ma?ana. En una reuni¨®n que ha durado algo m¨¢s de una hora, los sindicatos han refrendado las posiciones acordadas con el Ministerio de Pol¨ªtica Territorial y Funci¨®n P¨²blica la pasada semana y que deb¨ªan ser examinadas en este foro en el que est¨¢n representadas comunidades aut¨®nomas y Ayuntamientos, adem¨¢s de la Administraci¨®n General del Estado y representantes de los sindicatos UGT, CC OO, CSIF, CIG y ELA. La exigencia de los sindicatos ahora es que las Administraciones inicien lo antes posible las mesas de negociaci¨®n en los diferentes ¨¢mbitos, y especialmente en la Administraci¨®n General del Estado, para que los m¨¢s de tres millones de funcionarios y empleados p¨²blicos puedan acogerse a esta nueva modalidad de trabajo.
En el texto acordado, que supondr¨¢ la modificaci¨®n del Texto Refundido del Estatuto B¨¢sico del Empleado P¨²blico con la incorporaci¨®n del art¨ªculo 47 bis, ¡°se regula con car¨¢cter b¨¢sico la prestaci¨®n del servicio a distancia mediante teletrabajo, fomentando as¨ª el uso de las nuevas tecnolog¨ªas de la informaci¨®n y el desarrollo de la administraci¨®n digital con las consiguientes ventajas tanto para las empleadas y empleados p¨²blicos como para la administraci¨®n y la sociedad en general queda regulado el teletrabajo de forma estable, permanente, al margen de situaciones coyunturales como las ocasionadas por la Covid-19, y garantiza la atenci¨®n presencial y directa a la ciudadan¨ªa¡±. Del mismo modo, se especifica que el teletrabajo ¡°no podr¨¢ suponer ning¨²n incumplimiento de la jornada y el horario que corresponda en cada caso y de la normativa en materia de protecci¨®n de datos de car¨¢cter personal¡±, y que ¡°requisito previo ser¨¢ la valoraci¨®n del car¨¢cter susceptible de poder realizarse mediante teletrabajo de las tareas asignadas al puesto, la correspondiente evaluaci¨®n y planificaci¨®n preventiva, as¨ª como la formaci¨®n en competencias digitales necesarias para la prestaci¨®n del servicio¡±.
En el segundo punto del art¨ªculo 47 bis se recoge una de las reivindicaciones que ven¨ªan reclamando los sindicatos: ¡°la prestaci¨®n del servicio mediante teletrabajo habr¨¢ de ser expresamente autorizada y ser¨¢ compatible con la modalidad presencial. En todo caso, tendr¨¢ car¨¢cter voluntario y reversible salvo en supuestos excepcionales debidamente justificados¡±. Y en el cuarto, otra de las l¨ªneas rojas: ¡°la Administraci¨®n proporcionar¨¢ y mantendr¨¢, a las personas que trabajen en esta modalidad, los medios tecnol¨®gicos necesarios para su actividad¡±.
¡°Hemos suscrito este acuerdo porque deja claros elementos b¨¢sicos como la voluntariedad, la reversibilidad y la asunci¨®n de gastos por parte de las Administraciones¡±, asegura Carlos ?lvarez, responsable federal de la AGE de UGT. ¡°Para UGT era imprescindible que sirviera de norma b¨¢sica para todas las administraciones y para todos los empleados p¨²blicos y que asegurase el desarrollo sectorial y territorial a trav¨¦s de la Negociaci¨®n Colectiva¡±, a?ade. ¡°Valoramos de manera positiva este acuerdo, pero reclamamos abrir cuanto antes la negociaci¨®n en otros ¨¢mbitos, como las retribuciones o la oferta de empleo p¨²blico, ante las dificultades y la presi¨®n de las plantillas en ¨¢reas como la sanidad, la educaci¨®n, los servicios de empleo o la Seguridad Social, como consecuencia de la pandemia por el Covid-19¡±, aseguran desde CSIF.
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