El Gobierno regula las subastas el¨¦ctricas para impulsar las energ¨ªas renovables
El nuevo marco se orientar¨¢ al menor precio ofertado, permitir¨¢ combinar tecnolog¨ªas y ser¨¢ compatible con el almacenamiento
Las nuevas subastas el¨¦ctricas, que estar¨¢n destinadas a energ¨ªa renovable, se orientar¨¢n al menor precio, permitir¨¢n la hibridaci¨®n entre tecnolog¨ªas, la ampliaci¨®n y modificaci¨®n de instalaciones existentes y ser¨¢n compatibles con el almacenamiento, seg¨²n el Real Decreto que ha aprobado hoy el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio para la Transici¨®n Ecol¨®gica y el Reto Demogr¨¢fico. El texto establece un nuevo marco retributivo, denominado R¨¦gimen Econ¨®mico de Energ¨ªas Renovables (REER), seg¨²n el que los participantes pujar¨¢n ofertando el precio que est¨¢n dispuestos a cobrar por la energ¨ªa que genere la instalaci¨®n. Las subastas comprender¨¢n un periodo m¨ªnimo de cinco a?os y la primera se celebrar¨¢ antes de que acabe 2020, seg¨²n ha desvelado la vicepresidenta cuarta y ministra parala Transici¨®n Ecol¨®gica, Teresa Ribera.
El texto, que desarrolla el Real Decreto-ley 23/2020 de medidas en materia de energ¨ªa para la reactivaci¨®n econ¨®mica aprobado en Consejo de Ministros del pasado 23 de junio, responde a la necesidad de ofrecer un marco estable que atraiga la inversi¨®n y fomente la actividad econ¨®mica en la cadena de valor de las energ¨ªas renovables en un escenario de recuperaci¨®n tras la crisis sanitaria, al tiempo que permite que los consumidores se beneficien de manera directa de las reducciones de costes de generaci¨®n de estas tecnolog¨ªas, seg¨²n explica el Ejecutivo.
El REER responde a los compromisos de descarbonizaci¨®n recogidos en el Acuerdo de Par¨ªs y en el Plan Nacional Integrado de Energ¨ªa Clima (Pniec) 2021-2030, que prev¨¦ la instalaci¨®n de en torno a 60 gigavatios (GW) renovables en la pr¨®xima d¨¦cada y que incluye el desarrollo de este tipo de subastas.
Seg¨²n Ribera, las energ¨ªas renovables no solo son la alternativa energ¨¦tica m¨¢s limpia, y por tanto clave para alcanzar la neutralidad clim¨¢tica no m¨¢s tarde de 2050, sino que tambi¨¦n constituyen la forma de generaci¨®n el¨¦ctrica de menor coste. En ese sentido, parte de que Espa?a cuenta con gran potencial renovable, tanto en horas de viento como de insolaci¨®n, as¨ª como tejido empresarial consolidado que dispone de tecnolog¨ªas maduras y otras en fases de desarrollo muy avanzado. Se estima que hasta el 90% de los componentes de los aerogeneradores, el 60% de los proyectos fotovoltaicos y el 80% de los termosolares son de fabricaci¨®n nacional, por lo que la norma tendr¨¢ un impacto muy positivo sobre la cadena de valor industrial y el empleo nacional.
Cupo y sobre cerrado
El desarrollo del nuevo marco retributivo se realizar¨¢ mediante subastas que se ajustar¨¢n a los principios de transparencia, eficacia, proporcionalidad, objetividad y eficiencia, destaca. Antes de la celebraci¨®n de una subasta, se establecer¨¢ el cupo de energ¨ªa y potencia m¨¢xima que se subasta. Cada subasta se realizar¨¢ a sobre cerrado y adjudicar¨¢ el producto subastado a las ofertas de menor cuant¨ªa hasta alcanzar el cupo establecido. El precio para cada adjudicatario coincidir¨¢ con el precio por el que puj¨® (¡°pay-asbid¡±, por su denominaci¨®n en ingl¨¦s) y no ser¨¢ objeto de actualizaci¨®n. Adem¨¢s, en las subastas se podr¨¢ distinguir por tecnolog¨ªas de producci¨®n en funci¨®n de sus caracter¨ªsticas t¨¦cnicas, niveles de gestionabilidad, criterios de localizaci¨®n geogr¨¢fica, madurez tecnol¨®gica, tama?o o componente innovador, entre otros factores.
El Real Decreto tambi¨¦n permite que, en la convocatoria de la subasta, se establezcan criterios adicionales orientados a que determinados proyectos con caracter¨ªsticas espec¨ªficas (los de reducido tama?o, los proyectos de demostraci¨®n y los de comunidades energ¨¦ticas...) puedan competir en igualdad de condiciones. Tambi¨¦n ser¨¢ posible habilitar un proceso de adhesi¨®n al resultado de la subasta, con un precio de adjudicaci¨®n calculado a partir de los resultados, para instalaciones de peque?a magnitud y proyectos de demostraci¨®n.
En la orden por la que se regule el mecanismo de subasta se podr¨¢n establecer hitos de control intermedios para verificar el cumplimiento del compromiso de generaci¨®n de energ¨ªa que asumen las instalaciones adjudicatarias de la subasta.
El Real Decreto establece, asimismo, el sistema de convocatoria de las subastas. En primer t¨¦rmino, y mediante orden ministerial, se regular¨¢ el mecanismo de subasta, pudiendo incluir entre otros aspectos, las tecnolog¨ªas, condiciones y garant¨ªas para participar en la subasta, el producto a subastar, as¨ª como los par¨¢metros y resto de elementos que configuran y concretan el REER.
Calendario
Por otro lado, al objeto de favorecer la previsibilidad de las subastas y tambi¨¦n mediante orden ministerial, se recoger¨¢ una previsi¨®n de calendario de celebraci¨®n de subastas, que comprender¨¢ un periodo m¨ªnimo de cinco a?os y que incluir¨¢ plazos indicativos, la frecuencia de las subastas, la capacidad esperada y las tecnolog¨ªas previstas, en su caso. Dicho calendario se actualizar¨¢, al menos, anualmente y estar¨¢ orientado a la consecuci¨®n de los objetivos de producci¨®n renovable establecidos en el Pniec. Las subastas desarrolladas al amparo de cada orden ministerial se convocar¨¢n mediante resoluci¨®n de la Secretaria de Estado de Energ¨ªa, que se publicar¨¢ en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE).
Las instalaciones beneficiarias participar¨¢n en el mercado diario e intradiario y percibir¨¢n, por la energ¨ªa vendida en dichos mercados, el precio fijado en la subasta, corregido, en su caso, por la exposici¨®n a mercado que sea de aplicaci¨®n, hasta un volumen de energ¨ªa determinado y para un plazo m¨¢ximo establecido. La orden podr¨¢ adaptar el mecanismo de retribuci¨®n para su aplicaci¨®n en las instalaciones de almacenamiento.
Alternativamente, se puede establecer que el precio resultado de la subasta sea corregido con incentivos de participaci¨®n del adjudicatario en el mercado, introduciendo cierta exposici¨®n de las instalaciones al mercado el¨¦ctrico. Con ello, se puede fomentar, por ejemplo, que oferte su energ¨ªa en las horas m¨¢s caras del mercado, lo cual permite desplazar a otras formas de generaci¨®n con precios m¨¢s elevados.
Con esta medida, tambi¨¦n se puede favorecer la instalaci¨®n de plantas capaces de desplazar su producci¨®n a determinadas horas, como son aquellas que cuenten con almacenamiento. En su caso, este porcentaje de correcci¨®n sobre el precio fijado en la subasta se definir¨¢ en cada convocatoria, con un valor que siempre estar¨¢ comprendido entre 0 y 0,5. Por ¨²ltimo, las instalaciones adjudicatarias podr¨¢n participar en los servicios de ajuste y de balance, donde cobrar¨¢n el precio del mercado de dichos servicios.
La norma tambi¨¦n regula el procedimiento para la inscripci¨®n de las instalaciones adjudicatarias en el registro electr¨®nico del REER, as¨ª como la garant¨ªa econ¨®mica que deben presentar, cuyo importe concreto se especificar¨¢ en la orden que regule el procedimiento de subasta. Inicialmente, los adjudicatarios ser¨¢n inscritos ¡°en estado de preasignaci¨®n¡± y, una vez hayan comenzado a vender energ¨ªa en el mercado, pasar¨¢n a figurar ¡°en estado de explotaci¨®n¡±. La potencia inscrita en el registro en estado de explotaci¨®n se corresponder¨¢ con la potencia realmente instalada, pudiendo ser superior a la potencia inscrita en estado de preasignaci¨®n.
En la normativa reguladora de subastas se podr¨¢n establecer mecanismos mediante los que acreditar la madurez de las instalaciones con car¨¢cter previo a la inscripci¨®n en el registro electr¨®nico en cualquiera de los dos estados. El desistimiento en la construcci¨®n de la instalaci¨®n o el incumplimiento de los requisitos establecidos en la subasta supondr¨¢ la ejecuci¨®n de la garant¨ªa y la p¨¦rdida del derecho al r¨¦gimen retributivo.
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