Cuando el inspector de Hacienda llama sin avisar
Un reciente fallo del Supremo establece que los registros de la inspecci¨®n en domicilios deben hacerse con notificaci¨®n previa
Hay visitas que no siempre son bienvenidas, menos a¨²n cuando se producen sin previo aviso y quien llama a la puerta es la Agencia Tributaria (AEAT). Un asunto que levanta ampollas y que el jueves volvi¨® a mencionar el director de la AEAT, Jes¨²s Gasc¨®n, en su comparecencia en la Comisi¨®n de Presupuestos del Congreso. Al ser preguntado sobre una reciente sentencia del Tribunal Supremo, seg¨²n la cual Hacienda no puede pedir el registro de un domicilio o una empresa sin haberlo notificado antes al contribuyente, Gasc¨®n reconoci¨® que existe un ¡°choque de derechos¡±, pero defendi¨® el efecto sorpresa de la inspecci¨®n.
¡°El domicilio constitucionalmente protegido de las personas f¨ªsicas, y tambi¨¦n jur¨ªdicas, tiene una protecci¨®n que hay que conciliar con el hecho de que un investigador con autorizaci¨®n judicial pueda acceder a esos locales sin previo aviso¡±, resumi¨®. Avisar, a?adi¨®, ¡°no parece que sea muy efectivo cuando existe la posibilidad de destrucci¨®n de pruebas¡±.
Fuentes de la Agencia Tributaria explican que siempre es necesario notificar el inicio de una inspecci¨®n al afectado y que el registro solo se realiza con autorizaci¨®n judicial ¡ªque no es autom¨¢tico que se conceda¡ª o del mismo contribuyente. Pero eso no significa que se le avise con antelaci¨®n de que habr¨¢ una comprobaci¨®n. En 2019, los ¨®rganos de inspecci¨®n tributaria y aduanera llevaron a cabo 2.647 entradas y registros, incluidas las macrooperaciones dirigidas, en su mayor¨ªa, a sectores con un alto porcentaje de cobro en efectivo para destapar ventas ocultas. En los ¨²ltimos cinco a?os, se han regularizado en torno a 1.566 millones de euros en 20.691 actas.
El fallo del Supremo, notificado el pasado octubre, pone en realidad el foco sobre los jueces al se?alar que no pueden autorizar un registro de Hacienda solo ¡°para ver qu¨¦ se encuentra¡±. ¡°La sentencia dice que los juzgados tienen que ser muy rigurosos porque se podr¨ªa violar un derecho constitucional. A efectos pr¨¢cticos, para Hacienda va a ser m¨¢s complicado hacer inspecciones¡±, analiza Jos¨¦ Mar¨ªa Salcedo, abogado del despacho ?tico Jur¨ªdico.
El alto tribunal hizo referencia a la ley reguladora de la Jurisdicci¨®n Contencioso-administrativa, que determina que la entrada en domicilios y otros lugares que necesitan del consentimiento de su titular solo se puede autorizar para la ejecuci¨®n forzosa de actos de la Administraci¨®n p¨²blica. ¡°Es la regla general y la sentencia recuerda que no hay una ley org¨¢nica que regule la entrada en supuestos diferentes¡±, dice Salcedo.
El mismo director de la Agencia Tributaria hizo referencia el jueves a que el alto tribunal ha abierto un debate al que hay que encontrar soluci¨®n. ¡°Lo que ha hecho el Supremo es poner el problema encima de la mesa. Decir ¡®bueno, vean ustedes la normativa y vean a ver cu¨¢l es la soluci¨®n que puede ser m¨¢s oportuna, porque lo que hay ahora es endeble¡¯. Una tarea que nosotros tenemos por delante y enseguida probablemente la tengan ustedes tambi¨¦n¡±, se?al¨® a los diputados.
Fuentes de la Agencia Tributaria no confirman ni desmienten que se est¨¦ preparando una modificaci¨®n normativa sobre la entrada a domicilios y empresas, pero s¨ª reconocen que el Supremo, como consecuencia de su misma sentencia, ha abierto la puerta a buscar soluciones. A su vez, la Asociaci¨®n de Inspectores de Hacienda, tras conocerse el fallo, se mostr¨® de acuerdo con la necesidad de un desarrollo legislativo del domicilio constitucionalmente protegido, aunque insisti¨® en que advertir con antelaci¨®n al contribuyente de la inspecci¨®n hace que la actuaci¨®n sea ineficaz.
¡°Es cierto lo que dice la Agencia Tributaria, que si se avisa con antelaci¨®n se pueden ocultar pruebas y que el factor sorpresa se anula. Pero no siempre el inspeccionado es un gran defraudador y no se puede tratar al contribuyente como delincuente¡±, opina Salcedo. ¡°Hacienda querr¨¢ tener ahora un marco jur¨ªdico m¨¢s seguro para actuar, pero es un asunto complicado, porque est¨¢ en juego la vulneraci¨®n de un derecho fundamental, como la inviolabilidad del domicilio¡±, concluye.
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