Las cuarentenas preventivas por el coronavirus se considerar¨¢n bajas laborales
La Seguridad Social establece un criterio para aclarar la situaci¨®n de los trabajadores afectados
La Seguridad Social ha aclarado qu¨¦ sucede con los trabajadores afectados por cuarentenas preventivas por el coronavirus. En un criterio que ha divulgado en su cuenta de Twitter, el ministerio que dirige Jos¨¦ Luis Escriv¨¢ ha apuntado que "los periodos de aislamiento preventivo [...] ser¨¢n considerados como situaci¨®n de incapacidad temporal derivada de enfermedad com¨²n", confirmando as¨ª una informaci¨®n adelantada por El Confidencial.
Esto quiere decir que el afectado tendr¨¢ el mismo tipo de baja que la que causan enfermedades como la gripe o cualquier otra no provocada por cuestiones laborales. Esto supone que durante los tres primeros d¨ªas el trabajador percibe el 100% de su sueldo, a partir del cuarto pasar¨ªa a cobrar el 60% de su base reguladora (una cantidad ligeramente inferior a la del salario) y, si la situaci¨®n se prolonga durante m¨¢s de 21 d¨ªas. el empleado pasa a cobrar el 75% de esta base. Cuando la baja llega por un accidente o una enfermedad laboral, el afectado cobra el 75% de la base reguladora desde el primer d¨ªa.
Al tratarse como enfermedad com¨²n, los primeros tres d¨ªas de baja del trabajador en los que percibe el 100% del sueldo corren a cargo de la empresa. A partir del cuarto pasa a pagarlo el Instituto Nacional de la Seguridad Social o la mutua colaboradora de la Seguridad Social correspondiente.
El criterio de la direcci¨®n general de Ordenaci¨®n de la Seguridad Social copia el decreto que se emiti¨® en mayo de 2009 por la gripe aviar. El tuit divulgado ahora por el ministerio tiene pr¨¢cticamente el mismo texto que hace 11 a?os.
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