Los fiscalistas advierten que estar afectado por un ERTE supone tener 'dos pagadores' en la declaraci¨®n de la renta
Muchos trabajadores desconocen que el SEPE se considera un pagador m¨¢s a efectos impositivos y esto puede provocar m¨¢s de un susto en la campa?a de 2020
Los cerca de tres millones y medio de trabajadores afectados por un ERTE por la Covid-19 podr¨ªan llevarse un susto el pr¨®ximo a?o cuando hagan la declaraci¨®n de la renta. El motivo es que, a efectos fiscales, tendr¨¢n dos pagadores en la campa?a del IRPF 2020, con las consecuencias pr¨¢cticas que esto suele tener. El primer problema es que, seguramente, van a tener que presentar la declaraci¨®n, aun cuando sus ingresos no superen el l¨ªmite legal; el segundo es que probablemente, le salga a pagar. Los expertos alertan sobre esta cuesti¨®n, que ha podido pasar desapercibida para muchos trabajadores que se han visto abocados a en un ERTE.
Cambiar de trabajo, simultanear empleos o quedarse en paro son las situaciones habituales por las que los trabajadores perciben ingresos de dos o m¨¢s pagadores en el mismo a?o. Esta circunstancia influye, en primer lugar, en las obligaciones fiscales del contribuyente, y, adem¨¢s, puede afectar al resultado de la declaraci¨®n de la renta en el momento de su presentaci¨®n.
?Cu¨¢ndo hay un segundo pagador?
Por norma general, explica Marcos Escoda, experto en fiscal de Marim¨®n Abogados, se considera que hay dos o m¨¢s pagadores a efectos fiscales ¡°cuando se perciben ingresos de entidades que tienen n¨²meros de identificaci¨®n fiscal (NIF) distintos¡±.
La prestaci¨®n por desempleo es, al igual que la n¨®mina, un ingreso por rendimiento de trabajo, y la Seguridad Social se considera un pagador m¨¢s a efectos fiscales. Esta misma regla se aplica a las prestaciones que perciben los trabajadores en ERTE. Seg¨²n confirma Miguel ?ngel Gal¨¢n, socio de Andersen Tax & Legal, ¡°si el SEPE u otro organismo p¨²blico nos satisface alguna retribuci¨®n, se considera que es pagador a efectos del IRPF¡±.
Otros casos en los que la Administraci¨®n se convierte en segundo pagador son, por ejemplo, cuando el trabajador se jubila una vez iniciado el a?o, o cuando percibe las prestaciones del FOGASA (Fondo de Garant¨ªa Salarial) porque su empresa es insolvente.
Tendr¨¢n obligaci¨®n de declarar
Haberse visto afectado por un ERTE por la Covid-19, puede suponer que un trabajador que, en condiciones normales estar¨ªa exento de presentar la declaraci¨®n de la renta, tenga que cumplimentarla. Sin tener en cuenta otros supuestos, la ley establece que solo hay obligaci¨®n con el fisco si se ingresa 22.000 euros o m¨¢s como rendimientos del trabajo durante el a?o. Sin embargo, este l¨ªmite baja hasta los 14.000 euros cuando el trabajador ha cobrado de dos o m¨¢s pagadores distintos, y, adem¨¢s, la cantidad abonada por el segundo (y restantes pagadores) supera los 1.500 euros.
Es relativamente f¨¢cil, por tanto, que aquellos trabajadores que han estado durante dos o tres meses en un ERTE tengan obligaci¨®n de presentar la declaraci¨®n de la renta el a?o que viene pese a tener unos ingresos inferiores a 22.000 euros.
Resultado de la renta
Uno de los problemas m¨¢s comunes de tener dos o m¨¢s pagadores en el a?o es que el resultado de la declaraci¨®n de la renta arroje n¨²meros positivos. Es bastante frecuente en supuestos de percepci¨®n de salario y prestaci¨®n por desempleo u otro tipo durante un mismo per¨ªodo impositivo. ¡°Hay que ver el caso concreto, pero s¨ª, podr¨ªa salir a pagar¡±, vaticina Gal¨¢n respecto de los trabajadores en ERTE.
Tener dos o m¨¢s pagadores no implica tener que pagar m¨¢s IRPF, pero si puede suponer que haya que realizar un ajuste con el fisco cuando se presente la declaraci¨®n. Al final, el resultado depende, entre otras cuestiones, de si el empresario ha retenido en la n¨®mina del trabajador el tanto por ciento adecuado en previsi¨®n del pago del impuesto.
La cuesti¨®n es que el segundo o posteriores pagadores calculan la retenci¨®n que aplican a la n¨®mina en funci¨®n de las retribuciones que abonar¨¢n hasta el 31 de diciembre. Al no tener en cuenta todo lo que el trabajador percibe en todo el a?o, normalmente, llevar¨¢ un tipo de retenci¨®n inferior del que corresponder¨ªa si se tuviese en cuenta todo lo que se ha cobrado previamente, explica Leandro Sequeiros, socio de Lean Abogados.
Como el SEPE (Servicio P¨²blico de Empleo Estatal) aplica una retenci¨®n m¨ªnima en el dinero que abona a los trabajadores en paro o en ERTE, es probable que las cantidades no retenidas tengan que ajustarse con Hacienda en el momento de realizar la declaraci¨®n de la renta, es decir, que esta salga a pagar.
Salvo que se comunique al nuevo empleador un tipo de retenci¨®n que tenga en cuenta lo que ha ganado hasta esa fecha y lo que va a ganar desde entonces hasta el 31 de diciembre, explica Sequeiros, ¡°lo normal es que le salga a pagar en la declaraci¨®n de la renta¡±.
Sin embargo, apunta Gal¨¢n, no hay que perder de vista que, al final, para una misma renta se pagan los mismos impuestos. Es, explica, ¡°una cuesti¨®n de liquidez y de efecto financiero¡±, lo que en derecho tributario y econom¨ªa se conoce como la teor¨ªa de la ilusi¨®n financiera.
?Puedo evitar que me salga a pagar?
Con independencia de las circunstancias de cada contribuyente, los trabajadores que perciban ingresos de dos o m¨¢s pagadores pueden conseguir que este hecho no les perjudique en su declaraci¨®n de la renta.
Una manera de evitar las consecuencias de la aplicaci¨®n de una menor retenci¨®n sobre estos ingresos, es solicitar al segundo pagador que modifique el tipo. Seg¨²n explica Sequeiros, hay formularios espec¨ªficos, en funci¨®n de la administraci¨®n de la que provengan las rentas, mediante los que se puede comunicar un tipo de retenci¨®n voluntario superior al que haya calculado la propia administraci¨®n.
Ahora bien, el nuevo tipo de retenci¨®n solicitado se aplicar¨¢, como m¨ªnimo hasta el final del a?o. Adem¨¢s, seguir¨¢ vigente en ejercicios posteriores si no se renuncia por escrito o se solicita otro superior. Por otro lado, si, finalmente, la declaraci¨®n sale a ingresar, es importante recordar que Hacienda permite fraccionar en dos pagos el IRPF.
Propuesta de soluciones
Las posibles consecuencias fiscales negativas de estar incluido en un ERTE no han pasado desapercibidas para los asesores fiscales, que han hecho llegar sus propuestas al respecto.
La Asociaci¨®n Espa?ola de Asesores Fiscales (AEDAF) circulaba una nota hace unos d¨ªas proponiendo que estas rentas quedaran exentas para, explicaban, ¡°intentar asegurar la liquidez de estas personas que ven mermados sus ingresos a un 75 % de la base de cotizaci¨®n¡±. Por otro lado, abogaban por establecer una excepci¨®n expresa para que la aplicaci¨®n del ERTE no supusiera la existencia de dos pagadores a efectos del impuesto, y evitar as¨ª que muchos contribuyentes tengan obligaci¨®n de presentar declaraci¨®n adem¨¢s del problema de ajuste de retenciones.
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