Errores a evitar en una inspecci¨®n de trabajo
En el ¨²ltimo a?o crecen las visitas, que ponen el foco en el control de los ERTE y en los planes de igualdad
A lo largo de los ¨²ltimos meses, la Inspecci¨®n de Trabajo y Seguridad Social est¨¢ multiplicando su actuaci¨®n, poniendo el foco, especialmente, tanto en el control de los ERTE como en la aplicaci¨®n de los planes de igualdad en las empresas. Seg¨²n los ¨²ltimos datos del Ministerio de Trabajo, solo el primero de esos frentes ya ha dado lugar a la imposici¨®n de sanciones por un importe total de m¨¢s de 165 millones de euros.
La llegada de estas inspecciones suele producirse de improviso y generar un alto nivel de estr¨¦s en las organizaciones. Estar preparado y saber c¨®mo reaccionar ante ellas puede evitar importantes consecuencias jur¨ªdicas para la empresa. Sergio Ponce, socio de laboral de Ur¨ªa Men¨¦ndez, se?ala que la primera dificultad a la que se enfrentan las empresas en estos casos suele ser el factor ¡°sorpresa¡±, es decir, que la compa?¨ªa no est¨¢ esperando la inspecci¨®n laboral y tiene que reaccionar ¡°sobre la marcha¡±, especialmente en aquellos casos en los que el inspector o inspectora se persona f¨ªsicamente en el centro de trabajo para realizar sus comprobaciones.
Otra dificultad habitual es la denominada ¡°presunci¨®n de certeza¡± de las actas de la Inspecci¨®n de Trabajo, es decir, que aquellos datos y hechos que el inspector o inspectora actuante refleje en las actas y documentaci¨®n que elabore gozan de la presunci¨®n legal de certeza. Algo muy relevante porque si por error, falta de entendimiento de la situaci¨®n o explicaci¨®n inadecuada de la misma refleja un dato u hecho incorrecto en el acta, y este sirve de base para una sanci¨®n, la empresa tiene muy dif¨ªcil modificar ese hecho en v¨ªa administrativa o judicial. En este sentido, Fernando Baz¨¢n, socio responsable de Laboral de Deloitte Legal, subraya que la principal dificultad a la que se enfrentan las empresas es ¡°revertir la visi¨®n que la Inspecci¨®n se ha hecho de la cuesti¨®n objeto de inspecci¨®n¡±.
En particular, a?ade Juan Antonio Linares, socio del ¨¢rea laboral de Ceca Mag¨¢n, el problema m¨¢s grave que puede tener una empresa en estos casos se plantea cuando la materia examinada termina en un informe del que la Inspecci¨®n da traslado a la Fiscal¨ªa por la posible concurrencia de un delito. Algo que ocurre en supuestos como los accidentes de trabajo graves o en inspecciones que revelen deudas con la Seguridad Social por importe superior a 50.000 euros en un per¨ªodo de cuatro a?os. Por ello, destaca, en estas situaciones la empresa debe mantener su obligaci¨®n de colaborar, pero, al mismo tiempo, ¡°no asumir responsabilidades que puedan perjudicar el derecho de defensa de sus directores y administradores en el posterior procedimiento penal que pueda seguirse contra ellos¡±.
Precisamente por las serias consecuencias que se pueden derivar de una inspecci¨®n, los expertos consultados destacan los principales errores que conviene evitar por las empresas. Por una parte, Linares recomienda, en primer lugar, que no se facilite a la Inspecci¨®n ¡°m¨¢s informaci¨®n que la que requiera y la que convenga para la defensa de los intereses de la empresa¡±. Pero sin que ello, a?ade Ponce, suponga caer en una actitud obstructiva, ya que adem¨¢s de ser una infracci¨®n en s¨ª misma, nunca da resultados satisfactorios, porque denota una falta de transparencia y preocupaci¨®n que hace que las sospechas que pudieran existir se acrecienten y que, si cabe, se intensifiquen las actuaciones de comprobaci¨®n y averiguaci¨®n. Por ello, Baz¨¢n aconseja ¡°ser claro, transparente y minucioso en la interacci¨®n con la Inspecci¨®n¡±.
En sentido contrario, los expertos proponen algunos consejos que pueden orientar una conclusi¨®n positiva del tr¨¢mite. Para empezar, y en relaci¨®n con ese factor sorpresa que suele caracterizar a estas actuaciones, Sergio Ponce explica que es muy ¨²til tener un peque?o ¡°protocolo¡±, aunque sea informal, que establezca c¨®mo actuar en caso de que la Inspecci¨®n se presente en la compa?¨ªa sin previo aviso. Sobre todo, destaca, ¡°se debe tener previsto a qui¨¦n hay que avisar dentro de una empresa cuando se persone el inspector o inspectora¡±. Esta persona ser¨¢, en este primer momento, quien deber¨ªa mantener la interlocuci¨®n con el funcionario actuante para, por un lado, ¡°asegurarse de que se atiende adecuadamente a las peticiones que realice, pero tambi¨¦n para mantener una coherencia y consistencia en la posici¨®n de la empresa, evitando contradicciones que puedan hacer desconfiar al inspector o inspectora¡±. Debe tenerse en cuenta, subraya este experto, que se trata de momentos ¡°de cierto nerviosismo¡±, por lo que es esencial que la empresa est¨¦ representada ¡°por alguien que tenga indicaciones y conocimientos para gestionarlo¡±.
Una vez iniciada la actuaci¨®n inspectora, Ponce subraya que ¡°lo m¨¢s adecuado es cooperar, ser proactivo en la explicaci¨®n y exposici¨®n de la situaci¨®n y, de esa forma, intentar que el propio inspector o inspectora llegue a la conclusi¨®n de que la empresa ha actuado correctamente¡±.
Es decir, como apunta Juan Antonio Linares, ¡°en aquellas cuestiones en las que exista duda jur¨ªdica razonable, conviene ofrecer al inspector actuante la regularizaci¨®n voluntaria de la situaci¨®n en los t¨¦rminos que sean menos gravosos para la empresa y aceptables para la inspecci¨®n¡±. Por ello, Fernando Baz¨¢n recomienda ¡°analizar profundamente la cuesti¨®n desde el punto de vista jur¨ªdico, siendo objetivo y tomando conciencia del eventual incumplimiento¡±. A partir de eso, si el diagn¨®stico es negativo, pero las posibilidades de sustentar el eventual incumplimiento son bajas, ser¨ªa bueno plantearse una posible aceptaci¨®n de la postura de la Inspecci¨®n, llegando a un acuerdo para cerrar el expediente de la manera m¨¢s r¨¢pida y menos gravosa posible.
Falsos aut¨®nomos
La Inspecci¨®n de Trabajo est¨¢ dedicando especial atenci¨®n a la detecci¨®n del fraude a la Seguridad Social y del empleo irregular que suponen las figuras de los falsos aut¨®nomos y los contratos temporales amparados en causas no suficientemente justificadas. Igualmente, con motivo de la pandemia, ha realizado actividades de comprobaci¨®n de que el porcentaje de jornada que se ha declarado oficialmente en el ERTE se corresponde con la realidad, para lo que ha llegado a solicitar las conexiones VPN de los trabajadores en r¨¦gimen de teletrabajo y ha analizado los reportes de funcionamiento de los sistemas inform¨¢ticos de las empresas.
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