Las anteriores c¨²pulas de la CNMV devuelven lo cobrado de m¨¢s tras una sentencia de la Audiencia Nacional
La Justicia falla que superaron el l¨ªmite salarial establecido por la ley debido a la percepci¨®n de unas retribuciones en especie
Sebasti¨¢n Albella y Ana Mar¨ªa Mart¨ªnez-Pina, presidente y vicepresidenta de la Comisi¨®n Nacional del Mercado de Valores (CNMV) entre 2016 y 2020, superaron el l¨ªmite legal establecido para su salario en 2017. As¨ª lo establece una sentencia con fecha de 20 de mayo de 2020 dictada por la secci¨®n tercera de la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional. Previamente, tambi¨¦n hubo sentencias similares que afectan a sus antecesores en el cargo, Elvira Rodr¨ªguez y Lourdes Centeno. A medida que se ha ido pronunciando a Justicia, los afectados han ido devolviendo el desfase salarial.
En el caso de Albella, la retribuci¨®n bruta m¨¢xima fijada para 2017 era de 152.328,4 euros. Sin embargo, ese ejercicio el expresidente del organismo supervisor burs¨¢til percibi¨® un total de 153.791 euros. El desfase de 1.462 euros se debe ¡°a unas retribuciones en especie de car¨¢cter menor, correspondientes a un seguro de vida, cesta de navidad e ingreso a cuenta no repercutido¡±. La Audiencia Nacional da la raz¨®n a la CNMV, que en su recurso entiende que es la n¨®mina de diciembre de ese a?o la que no se ajusta al ordenamiento jur¨ªdico, dado que ¡°la superaci¨®n del citado l¨ªmite no se produc¨ªa con el abono de la retribuci¨®n en especie, sino con el abono de la ¨²ltima n¨®mina de mes de cada a?o, ya que era en ese momento cuando el importe de las retribuciones superaba el m¨¢ximo autorizado¡±.
Albella se ha puesto en contacto con EL PA?S, para hacer la siguiente aclaraci¨®n: ¡°Se trata de peque?os excesos de retribuci¨®n debidos a un error administrativo que se estaban produciendo desde varios a?os atr¨¢s y que advertimos poco despu¨¦s de nuestra llegada a la CNMV, en 2017, promoviendo su inmediata devoluci¨®n. L¨®gicamente, nuestros antecesores, y los miembros del consejo de la CNMV que hab¨ªan sido nombrados con anterioridad, han tenido que devolver cantidades algo superiores ya que el error afect¨® a sus n¨®minas durante m¨¢s tiempo. Analizado internamente el asunto, hubo que seguir el procedimiento formal para articular la devoluci¨®n: la declaraci¨®n de los actos administrativos (las n¨®minas) como lesivos, seguida de su impugnaci¨®n por la propia CNMV ante la jurisdicci¨®n contencioso-administrativa para anularlos parcialmente. El ¨®rgano competente para todo tipo de cuestiones relacionadas con la CNMV es la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional¡±.
Por su parte, el desfase salarial de Mart¨ªnez-Pina, tambi¨¦n debido al cobro de una serie de retribuciones en especie, fue de 561 euros. En 2017 su sueldo bruto deber¨ªa haber sido de 152.326 euros, pero en total percibi¨® 152.887 euros. La sentencia de la Audiencia Nacional destaca que tanto el expresidente como la exvicepresidenta de la CNMV mostraron su conformidad con la declaraci¨®n de lesividad, ¡°dejando constancia de haber obrado de buena fe y de su desconocimiento sobre la existencia del referido exceso y comunicando su disposici¨®n para devolver la cuant¨ªa que corresponda en cuanto sea posible, conforme a la normativa aplicable¡±.
El r¨¦gimen retributivo de los miembros no natos del Consejo de la CNMV viene regulado directamente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada a?o, que atribuye la competencia para la fijaci¨®n de las retribuciones al ministro de Hacienda. Este las fija anualmente (por delegaci¨®n de la secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos, SEPG) en una misma resoluci¨®n para el presidente, vicepresidente y consejeros no natos. Las resoluciones del titular de la SEPG, por delegaci¨®n del Ministro de Hacienda, de fijaci¨®n de retribuciones anuales brutas de presidente, vicepresidente y consejeros no natos de la CNMV de los ¨²ltimos cuatro a?os (2014 a 2017) establece que dicha cuant¨ªa comprende la totalidad de las retribuciones a percibir por el desempe?o del cargo, excepto la antig¨¹edad que pudiera corresponderle de acuerdo con la normativa vigente e incluida, en su caso, cualquier retribuci¨®n en especie.
La secci¨®n tercera de la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ya hab¨ªa dictado previamente cuatro sentencias por las que se declara la ¡°lesividad de los actos de abono en n¨®mina a miembros del Consejo de Administraci¨®n de la CNMV por el importe que excede del m¨¢ximo autorizado¡±. La justicia recuerda que no se cuestionan los pagos en especie, pero recuerda que estos deben contar en el c¨®mputo de la retribuci¨®n anual a todos los efectos.
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