La justicia rechaza indemnizar a Iberdrola por limitarse los caudales de dos r¨ªos en Le¨®n
La empresa reclamaba 265.000 euros a la Confederaci¨®n Hidrogr¨¢fica del Duero, que sigui¨® criterios ambientales y provoc¨® un descenso en la producci¨®n el¨¦ctrica
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n (TSJCyL) ha declinado la reclamaci¨®n de Iberdrola contra la Confederaci¨®n Hidrogr¨¢fica del Duero (CHD), a quien ped¨ªa una indemnizaci¨®n de 265.000 euros por limitar los caudales de los embalses de Ambasaguas y Vegacervera, en Le¨®n, entre 2016 y 2018. La hidroel¨¦ctrica exig¨ªa esta compensaci¨®n econ¨®mica por el descenso de producci¨®n de energ¨ªa derivada de estas restricciones en los aprovechamientos hidroel¨¦ctricos situados en el cauce de los r¨ªos Tor¨ªo y Porma, decisiones que se tomaron por motivos ¡°ecol¨®gicos¡±, seg¨²n ha recogido la sentencia, que es firme. La resoluci¨®n llega semanas despu¨¦s de que la CHD, que depende del ministerio para la Transici¨®n Ecol¨®gica, haya abierto un expediente a la compa?¨ªa por el vaciado del embalse zamorano de Ricobayo este verano con el fin de optimizar la obtenci¨®n de energ¨ªa en este salto. La ministra del ramo, Teresa Ribera, tambi¨¦n ha censurado las decisiones de la empresa a causa del perjuicio medioambiental y econ¨®mico ocasionado en esta comarca de Zamora.
Iberdrola impugn¨® en 2019 la decisi¨®n de la CHD de no pagarle esa cantidad y requiri¨® que se condenara a la Administraci¨®n a abonarle 74.229,45 euros por la imposici¨®n de esos caudales m¨ªnimos en 2016, otros 78.310,68 en 2017 y 112.670,58 euros para 2018. El TSJCyL ha apoyado su decisi¨®n en la ¡°subordinaci¨®n de los aprovechamientos hidroel¨¦ctricos al inter¨¦s p¨²blico en general y al mantenimiento de un caudal suficiente para la vida pisc¨ªcola en particular¡± y ha destacado que el establecimiento de esos caudales ecol¨®gicos m¨ªnimos no implica revisar las concesiones de explotaci¨®n de las presas, pues ese cumplimiento ¡°est¨¢ impl¨ªcito en esos t¨ªtulos¡±.
La empresa tambi¨¦n demandaba una compensaci¨®n, asimismo desestimada, por el lucro cesante supuestamente derivado de la energ¨ªa el¨¦ctrica dejada de producir por este cumplimiento de los caudales ecol¨®gicos incluidos en la normativa. La demanda recog¨ªa que esta contraprestaci¨®n deber¨ªa ser abonada ¡°hasta la expiraci¨®n del t¨ªtulo concesional sobre la base de la f¨®rmula de c¨¢lculo establecida en los informes periciales aportados¡±. Iberdrola, contactada por este peri¨®dico, ha declinado pronunciarse sobre el fallo judicial adverso.
La gesti¨®n del embalse de Vegacervera y de Ambasaguas y la creaci¨®n de ¡°caudales ecol¨®gicos¡±, prosigue el escrito, procede ¡°no de la mera voluntad de la Administraci¨®n sino de la Ley¡±, concretamente de las leyes de Aguas y del Plan Hidrol¨®gico Nacional. Por ello, la Administraci¨®n ¡°no ha de responder¡± por la ¡°falta o disminuci¨®n del caudal concedido¡±, ya se deba a un error o a cualquier otro motivo. En el caso del aprovechamiento de Vegacervera, detallan los magistrados de lo Contencioso-Administrativo del tribunal auton¨®mico, con sede en Valladolid, los concesionarios quedan sujetos a ¡°cuantas obligaciones¡± recojan los reglamentos, mientras que en el de Ambasaguas, el administrador debe cumplir en la explotaci¨®n las disposiciones de la ley de pesca fluvial para la conservaci¨®n de las especies que habitan esas aguas. As¨ª, consideran que el Estado no queda forzado a indemnizar a la denunciante.
El t¨ªtulo concesional del que goza Iberdrola, indica la sentencia, no conlleva un ¡°aprovechamiento absoluto¡± de los r¨ªos afectados, pues se han de someter a unas limitaciones como la del caudal m¨ªnimo o a restricciones generales a la explotaci¨®n. Por lo tanto, no entienden que la decisi¨®n de la CHD est¨¦ relacionada con una adecuaci¨®n de la concesi¨®n al plan hidrol¨®gico de la cuenca, sino que pretend¨ªa simplemente proteger los caudales exigidos por las normativas incluidas en el t¨ªtulo concesional.
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