La ley de interinos para atajar la temporalidad en el empleo p¨²blico entrar¨¢ en vigor este jueves
La norma reserva concursos, sin oposiciones, para puestos de trabajo en la Administraci¨®n que hayan estado ocupados de forma temporal durante al menos cinco a?os
La ley para la reducci¨®n de la temporalidad en el empleo p¨²blico entrar¨¢ en vigor este jueves, un d¨ªa despu¨¦s de que haya sido publicada en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) este mi¨¦rcoles. La norma, que recibi¨® luz verde definitiva en el Senado hace una semana, reservar¨¢ concursos y no oposiciones para puestos de trabajo en la Administraci¨®n que hayan estado ocupados de forma temporal durante al menos cinco a?os.
El objetivo es ...
La ley para la reducci¨®n de la temporalidad en el empleo p¨²blico entrar¨¢ en vigor este jueves, un d¨ªa despu¨¦s de que haya sido publicada en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) este mi¨¦rcoles. La norma, que recibi¨® luz verde definitiva en el Senado hace una semana, reservar¨¢ concursos y no oposiciones para puestos de trabajo en la Administraci¨®n que hayan estado ocupados de forma temporal durante al menos cinco a?os.
El objetivo es reducir la temporalidad del conjunto de las Administraciones por debajo del 8%, una ratio que a d¨ªa de hoy s¨ª cumple la Administraci¨®n General del Estado, pero no otros ¨¢mbitos territoriales. Se trata de un compromiso que adquiri¨® el Gobierno con la Uni¨®n Europea a trav¨¦s de las reformas contenidas en el Plan de Recuperaci¨®n y supone tambi¨¦n cumplir con las sentencias del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea y del Tribunal Supremo sobre la materia.
Las Administraciones P¨²blicas deber¨¢n ofertar antes del 1 de junio de 2022 las plazas de trabajadores temporales que est¨¢n actualmente ocupadas. Los procesos selectivos deber¨¢n finalizar antes del 31 de diciembre de 2024 y ser¨¢ un proceso de concurso-oposici¨®n el que dar¨¢ acceso a estas plazas.
Con car¨¢cter general, la fase de concurso ponderar¨¢ un 40% y la experiencia ser¨¢ el elemento determinante en la valoraci¨®n, mientras que la ley fija que los ejercicios de la fase de oposici¨®n podr¨¢n considerarse no eliminatorios. Asimismo, las diferentes Administraciones podr¨¢n adaptar el temario y el tipo de pruebas para la estabilizaci¨®n del empleo, seg¨²n consideren m¨¢s apropiado para cada ¨¢mbito.
Acceso sin oposici¨®n
Uno de los puntos clave de la nueva norma es que las plazas que hubieran estado ocupadas con car¨¢cter temporal de manera ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016 se convocar¨¢n por el sistema de concurso de manera excepcional. Esto significa que los puestos estructurales que lleven al menos cinco a?os ocupados de forma interina, as¨ª como los ocupados por personas interinas que lleven m¨¢s de cinco a?os empleadas en la Administraci¨®n, se convocar¨¢n a trav¨¦s de este proceso extraordinario para su estabilizaci¨®n, que no requiere de oposici¨®n.
El personal interino que no supere este proceso selectivo tendr¨¢ derecho a una indemnizaci¨®n de 20 d¨ªas por a?o trabajado hasta un m¨¢ximo de 12 meses. Estas personas tambi¨¦n se incorporar¨¢n a una bolsa de empleo espec¨ªfica. La aplicaci¨®n de la norma alcanzar¨¢ a todos los niveles de la Administraci¨®n, a todas las sociedades mercantiles p¨²blicas, a las entidades p¨²blicas empresariales, a las fundaciones y los consorcios del sector p¨²blico, por lo que el proceso de regularizaci¨®n se efectuar¨¢ en todos esos ¨¢mbitos, sin perjuicio de que pueda adecuarse a su normativa espec¨ªfica. Del mismo modo, tanto el personal funcionario como el laboral, siempre que cumpla las condiciones requeridas, se beneficiar¨¢ de la estabilizaci¨®n que recoge la ley.