La justicia europea declara ilegal el r¨¦gimen sancionador de la declaraci¨®n de bienes en el extranjero
El Ministerio de Hacienda, que analiza la sentencia, estima que su impacto m¨¢ximo ser¨¢ de 230 millones
La justicia europea ha dado un varapalo a Espa?a por la legislaci¨®n que obliga a declarar la propiedad de bienes en el exterior. Para el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE), la regulaci¨®n espa?ola ¡°es contraria a derecho¡±. ¡°Las restricciones a la libre circulaci¨®n de capitales que impone son desproporcionadas¡±, resume el TJUE en una nota informativa. Los objetivos que persigue Espa?a con la norma pueden estar justificados, pese a que en la UE hay mecanismos de intercambio de informaci¨®n, se?alan los magistrados de Luxemburgo. Lo que sucede es que a la Agencia Tributaria se le va la mano, porque advierten, ¡°esta legislaci¨®n va m¨¢s all¨¢ de lo necesario para alcanzar dichos objetivos¡±. El Ministerio de Hacienda, que est¨¢ analizando el fallo, cifra el impacto m¨¢ximo de la sentencia en 230 millones de euros. Un ilustre nombre que tuvo que afrontar la sanci¨®n del Fisco fue la familia Pujol. Sus abogados conf¨ªan en que la sentencia les abra la puerta a recuperar 1,7 millones de euros.
La sentencia enumera tres motivos por los que la obligaci¨®n de declarar los bienes en el extranjero por valor superiores a 50.000 euros es ¡°contraria al derecho de la UE¡±. El primero es que ¡°Espa?a ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la libre circulaci¨®n de capitales¡± y lo hace porque cuando no se presenta el modelo 720, como se conoce popularmente a esta declaraci¨®n, se considera lo no declarado como ¡°ganancia patrimonial no justificada, sin posibilidad, en la pr¨¢ctica, de ampararse en la prescripci¨®n¡±. Esto permite ¡°a la Administraci¨®n tributaria proceder sin limitaci¨®n temporal a la regularizaci¨®n del impuesto adeudado¡± y, adem¨¢s, permite cuestionar una prescripci¨®n ya consumada en favor del contribuyente, lo que vulnera la exigencia fundamental de seguridad jur¨ªdica¡±.
El segundo motivo ata?e a la cuant¨ªa de la sanci¨®n, que puede llegar hasta el 150% de lo no declarado, m¨¢s otras sanciones. ¡°El tipo muy elevado de esta multa le confiere un car¨¢cter extremadamente represivo y su acumulaci¨®n con las multas de cuant¨ªa fija previstas adicionalmente puede dar lugar, en muchos casos, a que el importe total de las cantidades adeudadas por el contribuyente supere el 100% del valor de sus bienes o derechos en el extranjero. Ello constituye un menoscabo desproporcionado de la libre circulaci¨®n de capitales¡±, se?alan el TJUE.
Tambi¨¦n la tercera motivaci¨®n de los magistrados se refiere a la cuant¨ªa de las sanciones que contempla la norma que regula el modelo 720, que sanciona con 5.000 euros cada dato incompleto que se facilita a la Agencia Tributaria, y con 10.000 euros, los falsos (cada uno de ellos); a lo que se pueden sumar 100 euros por los retrasos (tambi¨¦n sobre cada dato). Estas multas ¡°no guardan proporci¨®n alguna con las multas que sancionan el incumplimiento de obligaciones similares en un contexto puramente interno en Espa?a¡±. Esto lleva al tribunal a concluir que el r¨¦gimen sancionador establece ¡°una restricci¨®n desproporcionada de la libre circulaci¨®n de capitales¡±. Espa?a tiene ahora que ajustar la ley a los t¨¦rminos del veredicto.
Esa¨² Alarc¨®n, socio de Gibernau y miembro del consejo asesor institucional de Aedaf, recuerda que el modelo informativo de la Agencia Tributaria continua vivo. La sentencia del TJUE no lo anula. ¡°Lo que hace es declarar ilegal las sanciones formales y sus consecuencias, que son las ganancias no justificadas de bienes en el extranjero¡±, explica. Alarc¨®n, que lleva a?os batallando en los tribunales contra este esquema de Hacienda, advierte de que con esta sentencia del tribunal europeo los contribuyentes podr¨¢n reclamar la devoluci¨®n de las sanciones.
El abogado general de la UE ya hab¨ªa sido muy cr¨ªtico con la regulaci¨®n espa?ola, aunque fue menos duro que los jueces. En su informe, que suele marcar el camino que despu¨¦s desarrolla la sentencia, hablaba de sanciones ¡°desproporcionadas¡± y tambi¨¦n de que la obligaci¨®n impuesta por la Agencia Tributaria de informar sobre la propiedad de bienes (cuentas corrientes, seguros, acciones, inmuebles...) en el exterior valorados en m¨¢s de 50.000 euros le parece una restricci¨®n a la libre circulaci¨®n de capitales en la UE. A pesar de esta opini¨®n, este ponente no encontr¨® motivos para anular el r¨¦gimen de sanciones y acabar con la imprescriptibilidad. ¡°No sigue las conclusiones que formul¨® el Abogado General del Tribunal en su informe previo de 2021, y considera desproporcionado todo el r¨¦gimen sancionador y no solo las sanciones pecuniarias por dato y las multas e imprescriptibilidad sobre las cuentas aperturadas tras 1 de enero de 2016 (como propon¨ªa dicho abogado)¡±, apunta Jos¨¦ Luis L¨®pez Hermida. director del ¨¢rea de Cliente Privado y Family Office de KPMG Abogados.
Posibles reclamaciones
El abogado Alejando del Campo, de DMS Consulting, fue quien llev¨® el caso a Bruselas al constatar que Hacienda estaba sancionando a clientes, muchos extranjeros, que resid¨ªan en Espa?a y no hab¨ªan declarado bienes que ten¨ªan fuera del pa¨ªs. Eso fue en 2013. Tras un largo periplo, nueve a?os despu¨¦s ha logrado que la justicia europea le d¨¦ la raz¨®n. En su opini¨®n, esta sentencia le ha abierto la puerta para que muchos casos que ten¨ªa a¨²n en los tribunales, la mayor¨ªa correspondientes a patrimonios medios, vayan decant¨¢ndose a su favor.
De la medida se beneficiar¨¢n todo tipo de patrimonios, pero tambi¨¦n grandes fortunas. Hacienda estima que desde que se puso en marcha el modelo 720 hasta hoy, las sanciones y deudas tributarias liquidadas que correspond¨ªan a periodos prescritos suman unos 230 millones de euros. Alg¨²n gran patrimonio, como los Pujol, ya ha levantado la mano. Seg¨²n han explicado sus abogafos a Efe, los Pujol ingresaron 1,7 millones de euros para regularizar su situaci¨®n y a la vez reclamaron esa cantidad a Hacienda al considerar que el modelo 720 estaba en cuesti¨®n en Bruselas y que el periodo hab¨ªa prescrito. Para quienes en su momento pagaron y no reclamaron, Del Campo recuerda que tienen la v¨ªa administrativa cerrada, pero ¡°se les abre la posibilidad de reclamar la responsabilidad patrimonial del Estado¡± al entender que el incumplimiento del derecho constitucional o comunitario les ha causado un perjuicio.
La Asociaci¨®n de Inspectores de Hacienda ha lamentado en un comunicado ¡°las consecuencias que dicha sentencia puedan tener sobre un instrumento tan eficaz en la lucha contra el fraude como es la imprescriptibilidad de las rentas invertidas en bienes situados en el extranjero¡± y ¡°que no han sido declarados en el modelo 720¡å.
Medida aprobada por Montoro
Fue la Comisi¨®n Europea la que acab¨® llevando la declaraci¨®n de bienes en el extranjero a los tribunales de Luxemburgo. El Ejecutivo comunitario argumentaba que considera que tanto las sanciones como la falta de aplicaci¨®n de las reglas ¡°normales¡± de prescripci¨®n restringen varias de las libertades protegidas en los tratados de la Uni¨®n. ¡°Aunque en principio estas medidas puedan ser adecuadas para alcanzar los objetivos perseguidos, que son la prevenci¨®n y la lucha contra la elusi¨®n y el fraude fiscal, resultan desproporcionadas¡±, pod¨ªa leerse en la demanda presentada en verano de 2019 ante los jueces comunitarios.
Una vez que Espa?a adapte su norma a los t¨¦rminos de la sentencia, la Comisi¨®n tiene la potestad de volver a denunciar al pa¨ªs demandado si considera que no ha cumplido con lo que marcaban los jueces. En esta segunda demanda, el Ejecutivo comunitario ya puede solicitar al TJUE que imponga una sanci¨®n econ¨®mica al Estado que incumple.
La declaraci¨®n de bienes en el extranjero fue un complemento a la amnist¨ªa fiscal que aprob¨® el Gobierno del PP en 2012, siendo ministro de Hacienda Crist¨®bal Montoro. Por un lado, el Ejecutivo abri¨® la puerta para que los defraudadores regularizar¨¢n casi gratis el dinero que se hab¨ªan llevado fuera sin declarar; por otro lado, se avisaba de que a partir de 2013 tendr¨ªan que confesar todo el patrimonio que ten¨ªan en el exterior baj, penas de multas que podr¨ªan ascender hasta el 150% de la cuota no declarada, sanciones fijas de 10.000 euros por cada dato omitido y, adem¨¢s, se considerar¨ªan como ganancias patrimoniales no justificadas los activos no declarados (con independencia de la fecha de su adquisici¨®n) por lo que tendr¨ªan que tributar al tipo marginal de la renta.
Uno de los casos m¨¢s famosos de esta pol¨¦mica norma es el de un taxista jubilado que hab¨ªa trabajado en Suiza, un emigrante retornado. En el pa¨ªs helv¨¦tico hab¨ªa ahorrado 340.255 euros que invirti¨® en dos fondos de inversi¨®n y acciones en el banco suizo UBS. Hacienda le mult¨® con 253.950,98 euros por presentar fuera de plazo la declaraci¨®n de bienes en el extranjero y, adem¨¢s, le reclamaba otros 169.300 euros por regularizar la cantidad no declarada y otros 16.016 euros en intereses de demora, un total de 439.267 euros por no informar de que ten¨ªa 340.000 euros en el extranjero.
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