El Supremo anula por tercera vez el modelo de financiaci¨®n del bono social el¨¦ctrico
El tribunal considera que el Gobierno no ha argumentado por qu¨¦ se imputa el gasto solo a las empresas comercializadoras y no a todas las del sector, como exige la justicia europea
El Tribunal Supremo ha anulado por tercera vez el mecanismo de financiaci¨®n puesto en marcha por el Gobierno para costear el bono social. Seg¨²n los magistrados de la Secci¨®n tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, el sistema aprobado para sufragar esta prestaci¨®n que se ofrece a los consumidores vulnerables incumple la jurisprudencia europea porque imputa el gasto a las empresas comercializadoras de electricidad. Es de esperar que, como en las dos anteriores ocasiones, el caso se salde con una compensaci¨®n econ¨®mica a las el¨¦ctricas a abonar por parte de la Administraci¨®n. Pero el fallo no tiene ninguna implicaci¨®n para los consumidores vulnerables y las familias numerosas que est¨¢n acogidas a este bono, que seguir¨¢n benefici¨¢ndose del descuento sin ning¨²n cambio en los requisitos ni en la cuant¨ªa.
Se trata de la tercera ocasi¨®n en la que el Supremo tumba el mecanismo de financiaci¨®n del bono social por considerarlo contrario al derecho de la Uni¨®n Europea. En las ocasiones anteriores, el tribunal hab¨ªa anulado el modelo espa?ol porque consideraba que, de acuerdo a la jurisprudencia europea, era el Estado y no las empresas el que deb¨ªa afrontar los pagos derivados de esa subvenci¨®n en el recibo de la luz. El sistema al que se refer¨ªan esas resoluciones fue derogado en 2016, cuando se aprob¨® el ahora vigente, que segu¨ªa imputando la mayor¨ªa del coste (el 94%) a las empresas comercializadoras. A este modelo es al que se refiere la sentencia notificada este mi¨¦rcoles, que de nuevo considera que el sistema espa?ol es contrario al derecho comunitario.
Los litigios por el bono social enfrentan desde hace a?os al Estado con las llamadas el¨¦ctricas de referencia (Endesa, Iberdrola, Naturgy y EDP), sobre las que se hace recaer el coste de la bonificaci¨®n. Y las empresas no han dejado de anotarse victorias. Sin embargo, el argumento del Supremo para anular el nuevo modelo ya no es que el Estado sea el que deba asumir el coste con cargo a sus presupuestos: una sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) del 14 de octubre de 2021 permite imputar el gasto a las empresas, pero debe imponerse con car¨¢cter general a las empresas el¨¦ctricas y no a unas en concreto (las de referencia). ¡°El sistema de designaci¨®n de las empresas encargadas de obligaciones de servicio p¨²blico no puede excluir a priori a ninguna de las empresas que operan en el sector el¨¦ctrico. As¨ª pues, cualquier eventual diferencia de trato debe justificarse objetivamente¡±, advirti¨® el TJUE, que buscaba evitar una discriminaci¨®n por el tama?o de las compa?¨ªas.
En el supuesto de que un pa¨ªs opte, como ha hecho Espa?a, por imputar el coste solo a unas empresas, la justicia europea deja en manos de los tribunales nacionales comprobar si esa diferencia de trato est¨¢ justificada en razones objetivas. En el caso espa?ol, esa comprobaci¨®n corresponde al Alto Tribunal, que tras analizar las razones alegadas por el Gobierno de Mariano Rajoy para hacer recaer esa carga en exclusiva sobre las empresas comercializadoras de electricidad ¡ªexcluyendo al resto de las que operan en el sector el¨¦ctrico (generadoras, distribuidoras y comercializadoras)¡ª llega a la conclusi¨®n de que no hay una justificaci¨®n objetiva y que el modelo de financiaci¨®n es ¡°discriminatorio¡± para las que tienen que asumir el coste, por lo que incumple la directiva europea y debe ser anulado.
En su resoluci¨®n, el Supremo insta al Estado a devolver a las empresas el dinero que ya hayan pagado desde 2016. Ser¨¢n centenares o miles de millones de euros, a tenor de lo ocurrido en las dos ocasiones anteriores. En el caso del segundo bono social, que estuvo activo entre los a?os 2014 y 2016, el Estado ha tenido que afrontar pagos de 500 millones de euros a las el¨¦ctricas, que acaban de ser refrendados hace escasas semanas por el Supremo. Ahora, esa cifra se multiplicar¨¢ con creces: el periodo de vigencia de este tercer bono social ha sido mucho m¨¢s largo ¡ªdesde 2016 hasta la fecha¡ª y, adem¨¢s, el n¨²mero de consumidores acogidos a este tipo de descuento ha crecido, como tambi¨¦n lo han hecho los precios de la luz.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.