C¨®mo actuar frente a subida de precios en los contratos de luz y gas
Las comercializadoras deben dar informaci¨®n transparente, comparable, adecuada y actualizada sobre todas sus ofertas
Los elevados precios en los mercados mayoristas de gas y electricidad est¨¢n provocando que las comercializadoras de energ¨ªa incrementen sus tarifas a los consumidores finales. Seg¨²n los datos del Mercado Ib¨¦rico del Gas (MIBGAS), el precio medio hace un a?o era de 20 €/MWh, a mediados de marzo de 2022 se ha situado alrededor de los 100 €/MWh. A modo meramente ilustrativo, el precio de la luz en el mercado ib¨¦rico de la electricidad estaba en 51,91 €/MWh. Seg¨²n datos del Operador del Mercado Ib¨¦rico, la tarifa media para el pasado 21 de marzo alcanz¨® los 229,71 €/MWh.
A la espera de que la Comisi¨®n Europea reforme el mercado energ¨¦tico, por el momento s¨®lo quedan las medidas de protecci¨®n en los contratos celebrados por los consumidores. Con el objetivo de aplicarlas y ofrecer transparencia de precios, la Comisi¨®n Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ha aprobado una gu¨ªa para reforzar la protecci¨®n de los consumidores en los contratos de electricidad y gas.
Entre las principales disposiciones, destaca la obligaci¨®n de publicar los precios de las ofertas de suministro de gas y electricidad que realizan las comercializadoras. Adem¨¢s, las empresas deben dar informaci¨®n transparente, comparable, adecuada y actualizada sobre los precios aplicables a todas sus ofertas disponibles a trav¨¦s de los medios de comunicaci¨®n en los que se publiciten y siempre en su p¨¢gina web.
Tambi¨¦n tienen la obligaci¨®n de publicar las condiciones relacionadas con la terminaci¨®n de los contratos, as¨ª como informaci¨®n sobre los servicios adicionales que se contraten conjuntamente, como la reparaci¨®n de aver¨ªas o el desplazamiento de un profesional para labores de bricolaje.
Informar del cambio de tarifa
Rosana P¨¦rez Gurrea, abogada y vocal de la Subcomisi¨®n sobre Derechos de los Consumidores del Consejo General de la Abogac¨ªa Espa?ola, valora de forma positiva esta gu¨ªa porque ¡°los criterios que introduce son acertados. Sin embargo, se tiene que traducir a efectos pr¨¢cticos en una mayor protecci¨®n para los consumidores¡±.
Por su parte, Carles Garcia Roqueta, diputado del ?rea de Consumo del Colegio de la Abogac¨ªa de Barcelona, asegura que las medidas aprobadas en el Real Decreto-ley 23/2021 y que se desarrollan en la gu¨ªa ¡°son insuficientes para proteger los derechos de los consumidores vulnerables y a sus familias, donde hay ni?os¡±. P¨¦rez va m¨¢s all¨¢ y asegura que las comercializadoras deben informar ¡°si la tarifa tiene descuentos y durante cu¨¢nto tiempo se aplican¡±.
Todas las ofertas de las comercializadoras de energ¨ªa se incluyen en un comparador de precios que la CNMC ha puesto a disposici¨®n de los consumidores. Desde de la Asociaci¨®n Espa?ola de Derecho de Consumo, Raquel Duque, su responsable de comunicaci¨®n, considera que este comparador de ofertas ¡°s¨ª tiene una alta usabilidad¡±. Pero desde el organismo regulador ¡°deben promover que los consumidores conozcan su existencia para que lo usen antes de contratar en mercado libre¡±.
Como la subida de precios en los mercados mayoristas de gas y electricidad va a repercutir finalmente en la factura que pagan los consumidores finales, es necesario destacar que las revisiones de precios se deben comunicar al menos con un mes de antelaci¨®n, de forma transparente y comprensible, al consumidor con tarifa libre.
El Real Decreto-ley 23/2021, aprobado el pasado 26 de octubre, refuerza la informaci¨®n al consumidor. Esta norma establece que las comercializadoras al subir o revisar sus tarifas deben incluir una comparativa de los precios aplicados antes y despu¨¦s de la revisi¨®n. Igualmente, deben contener una estimaci¨®n del coste anual del suministro para dicho consumidor y su comparativa con el coste anual anterior.
Derecho de rescisi¨®n
Las comercializadoras de gas y electricidad tambi¨¦n est¨¢n obligadas a informar del derecho del consumidor a rescindir el contrato, sin coste ni penalizaci¨®n alguna, cuando se le notifica una modificaci¨®n de sus condiciones del contrato. Es importante destacar que no se puede limitar el plazo para que el consumidor ejerza este derecho porque la ley se lo reconoce al usuario sin l¨ªmites temporales.
Adem¨¢s, los cambios en el contrato motivados por la variaci¨®n del precio, su f¨®rmula u otras condiciones solo pueden producirse con anterioridad a la finalizaci¨®n de su vigencia si est¨¢ previsto en el contrato de una forma espec¨ªfica, clara y trasparente.
Cuando la comercializadora decida por su cuenta rescindir un contrato conforme a las condiciones econ¨®micas pactadas, deber¨ªa compensar al consumidor con, al menos, el mismo criterio de penalizaci¨®n que si hubiese sido el consumidor el que rescindiese dicho contrato.
En este sentido, los cambios que se produzcan en los contratos de fijo a indexado o viceversa deber¨¢n considerarse una modificaci¨®n del contrato. Por ello, el consumidor deber¨¢ tener derecho a rescindirlo sin coste alguno, aun cuando en el contrato se estipule esta posibilidad de forma gen¨¦rica.
En las tarifas de precio indexado los consumidores pagan por la electricidad que consumen seg¨²n un precio de mercado, igual para todas las comercializadoras, pero que es muy vol¨¢til al establecerse para cada hora del d¨ªa. A este precio se a?ade un coste que cobra cada compa?¨ªa por la gesti¨®n. Estas tarifas, que son las m¨¢s habituales, recogen en su factura las fluctuaciones del mercado de la electricidad.
Por su parte, en las tarifas fijas, la compa?¨ªa comercializadora pacta de antemano con su cliente un precio por la electricidad, que se aplicar¨¢ durante un periodo de tiempo determinado, normalmente uno o dos a?os. A cambio de asumir m¨¢s riesgo por un precio m¨¢s bajo, las comercializadoras de electricidad aplican primas a estas tarifas.
En este sentido, es importante conocer las diferencias entre el mercado libre y regulado o indexado, para optar seg¨²n el precio de la luz y el gas por uno u otro sistema. Tanto en el mercado libre como en el regulado se paga una parte fija, que corresponde a los peajes de acceso a la tarifa contratada, a la que hay que sumar los cargos del sistema el¨¦ctrico y los impuestos. Adem¨¢s, el mercado regulado solo ofrece la tarifa PVPC (Precio Voluntario al Peque?o Consumidor), mientras que en el mercado libre se puede encontrar otras ofertas como tarifas a precio fijo las 24 horas del d¨ªa o tarifas planas de la luz.
Los usuarios que tengan contratada la tarifa regulada o PVPC son los m¨¢s afectados por la subida de los precios. El precio del gas en esta tarifa la establece el Gobierno y se revisa de manera trimestral, cuando se actualizan los precios en el BOE. Por lo tanto, ¡°habr¨¢ que esperar a la pr¨®xima actualizaci¨®n, prevista para el mes de abril, para ver la subida real que ha supuesto la invasi¨®n rusa de Ucrania¡±, asegura Rosana P¨¦rez, abogada y vocal de la Subcomisi¨®n sobre Derechos de los Consumidores del Consejo General de la Abogac¨ªa Espa?ola
Bono social el¨¦ctrico
El bono social de electricidad se configura como un descuento en la factura el¨¦ctrica, y se encuentra regulado en el Real Decreto 897/2017, por el que se establece la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protecci¨®n para los consumidores dom¨¦sticos de energ¨ªa el¨¦ctrica. En concreto, dicho descuento es de un 25 y un 40%, para consumidores vulnerables y vulnerables severos, respectivamente.
Toda persona, seg¨²n recoge el art¨ªculo 25 de la Declaraci¨®n Universal de Derechos Humanos, tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, as¨ª como a su familia, la salud y el bienestar, y tambi¨¦n la vivienda. Garcia Roqueta, diputado del ?rea de Consumo del Colegio de la Abogac¨ªa de Barcelona, considera que este art¨ªculo conlleva ¡°un derecho de acceso a la energ¨ªa, sin que el gasto derivado no impida su uso, sobre todo para el consumidor m¨¢s vulnerable¡±
Mediante el Real Decreto-ley 23/2021 se incrementa, hasta el 31 de marzo de 2022, los descuentos del bono social el¨¦ctrico desde el 40 hasta el 70% para los consumidores vulnerables severos y desde el 25 al 60 % en los consumidores vulnerables. Adem¨¢s, hay bonos para familias numerosas independientemente de sus ingresos, aunque para establecer la cuant¨ªa del descuento se tiene en cuenta el umbral de la renta familiar.
Existen tambi¨¦n bonos para desempleados que son considerados como consumidores vulnerables. Adem¨¢s, como novedad al bono social, el Gobierno ha aprobado una categor¨ªa espec¨ªfica para personas con discapacidad reconocida por la Seguridad Social igual o superior al 33% de alguno de los miembros de la unidad familiar.
Los expertos en derecho de consumo coinciden en que es previsible que el bono social sea prorrogado el tiempo necesario dado que se trata de un servicio esencial que refuerza la defensa de los consumidores en situaciones de vulnerabilidad.
Bono social t¨¦rmico
El bono social t¨¦rmico o de gas es una ayuda que otorga el Gobierno a los consumidores m¨¢s vulnerables para que puedan afrontar el pago de sus facturas de energ¨ªa y que se cobra una vez al a?o con cargo a los presupuestos generales del Estado. En 2017, el Parlamento admit¨ªa a tr¨¢mite el proyecto de Ley para regir las condiciones, requisitos y bases reguladoras de esta subvenci¨®n, pero, como reconoce la abogada Rosana P¨¦rez, todav¨ªa ¡°no est¨¢ aprobada la ley que lo regule¡±.
Raquel Duque, responsable de Comunicaci¨®n de la Asociaci¨®n Espa?ola de Derecho de Consumo, destaca que aunque este bono ¡°llega m¨¢s tarde a Espa?a que a otros pa¨ªses de la Uni¨®n Europea, lo hace con m¨¢s facilidades¡± al aplicarse a todo tipo de suministros t¨¦rmicos (butano, gas, propano¡) y de manera autom¨¢tica para los beneficiarios del bono social de la electricidad. Este consiste en un pago ¨²nico que se determina atendiendo al grado de vulnerabilidad del beneficiario y a la zona clim¨¢tica en la que est¨¦ su vivienda habitual (en zonas fr¨ªas la ayuda es mayor).
En 2019 la ayuda estuvo comprendida entre los 25 y 123,94 euros. El pasado mes de octubre pas¨® de 25 a 35 euros, con aplicaci¨®n inmediata para el ejercicio 2021. En caso de tratarse de un consumidor vulnerable severo o en riesgo de exclusi¨®n social, la ayuda se incrementa en un 60% seg¨²n su zona clim¨¢tica.
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