Parir en casa, educarlo por mi cuenta¡ ?Qu¨¦ puedo decidir sobre mi hijo y qu¨¦ no?
La integridad del menor es sagrada. Los expertos advierten que los padres no pueden hacer nada que vaya en contra del inter¨¦s de los peque?os
Una mujer da a luz a un beb¨¦ en la playa. El video se hizo viral hace unos d¨ªas y muestra a una seguidora del movimiento freebirth, el fen¨®meno de defender un nacimiento libre y en un entorno amable para la madre y sin asistencia sanitaria (el domicilio, una piscina, la naturaleza¡). La publicaci¨®n ha precipitado una fuerte discusi¨®n en las redes sobre hasta qu¨¦ punto las decisiones de los padres, bajo el amparo del ejercicio de ciertos derechos fundamentales, pueden chocar con el bienestar o la integridad f¨ªsica de sus hijos.
Precisamente, hace unas semanas, el Tribunal Constitucional rechaz¨® la petici¨®n de amparo de una madre que quiso dar a luz en su casa, en contra del consejo de los m¨¦dicos. Los magistrados concluyeron que, de medir los derechos en juego (por un lado, el de la madre a la libertad f¨ªsica y a la intimidad personal y familiar, y en el otro extremo de la balanza, el derecho del hijo no nacido), el bienestar del beb¨¦ est¨¢ por encima de todas las cosas. En tesituras as¨ª, recoge el fallo, los m¨¦dicos pueden solicitar el ingreso forzoso de la paciente si hay peligro para el beb¨¦. Incluso, remarcan los magistrados, sin necesidad de que la implicada declare frente a un juez como requisito previo.
La regla de oro es que la integridad del menor es lo m¨¢s importante. El ni?o es lo primero y los derechos fundamentales de los padres quedan en segundo plano cuando hay conflicto entre ambos; sin embargo, cada caso muestras sus peculiaridades.
Testigos de Jehov¨¢
Por ejemplo, ?pueden unos padres negarse a que su hijo reciba una transfusi¨®n de sangre en base a sus creencias? El asunto trajo cola en el pasado. En 2012, la Fiscal¨ªa General del Estado tuvo que emitir una circular y dejar claro que un progenitor no puede negarse a que un menor reciba una transfusi¨®n en situaciones donde su vida corra peligro. Pertenecer a la comunidad de los Testigos de Jehov¨¢, donde una interpretaci¨®n literal de la Biblia proh¨ªbe este tipo de intervenciones, no es suficiente para actuar en contra del criterio m¨¦dico.
En este escenario, recoge el documento, el m¨¦dico puede actuar en contra de la voluntad de los padres si es la ¨²nica manera de salvar al ni?o. En estos casos ser¨¢ necesario el aval de un tribunal; sin embargo, si la vida o la salud del menor corren un peligro inminente, el doctor puede prescindir del papeleo e intervenir directamente.
Decisiones m¨¦dicas
En Espa?a, los menores que han cumplido al menos 16 a?os pueden decidir sobre cuestiones m¨¦dicas que les afect¨¦ sin necesidad de contar con la validaci¨®n previa de sus padres.
Esta regla cuenta, no obstante, con una importante excepci¨®n. De nuevo, si existe un riesgo para su vida o su salud, "son los padres los que deben consentir en su nombre", explica Marta Juste, profesora de Derecho Civil de la Universidad Internacional de Valencia. As¨ª lo recoge la Ley de modificaci¨®n del sistema de protecci¨®n de la infancia y la adolescencia, en vigor desde 2015.
Si la decisi¨®n de los padres es contraria a la recuperaci¨®n del paciente, la ¨²ltima palabra la tiene la justicia, o en ¨²ltima instancia, el m¨¦dico, cuyo criterio vuelve a ser el que impera si hay que actuar de inmediato. Por ejemplo, hay un accidente y el paciente necesita un nuevo coraz¨®n. Los padres se niegan a la intervenci¨®n por sus creencias religiosas. En estas encrucijadas, la integridad del menor est¨¢ por encima de cualquier debate ¨¦tico. "Siempre prevalece el bienestar del menor", remarca la docente.
Abortos
Otro de los ¨¢mbitos que trae conflicto es la cuesti¨®n de la interrupci¨®n voluntaria del embarazo. Si una menor de edad quiere abortar, explica Delia Rodr¨ªguez, letrada de la firma especializada en conflictos familiares Vestalia Asociados, "entran en juego los derechos de los padres de la menor de edad, los de la madre gestante menor y los del nasciturus [el concebido que a¨²n no ha nacido, pero que, a ojos de la ley, ya tiene derechos reconocidos]".
En este punto se realiza lo que los juristas conocen como una "ponderaci¨®n de derechos". Pero conceptos como la libertad f¨ªsica, la salud sexual, la intimidad personal o la libre disposici¨®n del cuerpo son, en ocasiones, definiciones demasiado abstractas.
Las leyes sirven para aclarar los espacios grises. As¨ª, en el caso de las interrupciones de embarazo, "la ley vigente supedita el aborto de las menores de 16 y 17 a?os a la decisi¨®n de sus progenitores", apunta la abogada. No obstante, agrega, el anteproyecto de ley del aborto, que en marzo fue aprobado por el Consejo de Ministros, prev¨¦ permitir que las menores de 16 y 17 a?os puedan abortar sin el visto bueno previo de sus representantes legales.
Educaci¨®n en casa
Los progenitores o tutores legales no pueden negarse a que un menor vaya al colegio. El Tribunal Constitucional se pronunci¨® sobre la cuesti¨®n en el a?o 2010 y aclar¨® que la Carta Magna no reconoce a los padres el derecho a educar a los ni?os en el domicilio.
El m¨¢ximo int¨¦rprete de las garant¨ªas constitucionales respondi¨® as¨ª a unos padres que alegaron que la Constituci¨®n no reconoc¨ªa expresamente "la obligatoriedad de escolarizaci¨®n". Bajo este resquicio, defend¨ªan su derecho a educar a sus hijos en casa, donde recibir¨ªan mejores valores que "en aulas de 30 o 40 alumnos", alegaban.
La justicia, sin embargo, rechaz¨® este argumento, y para ello puso sobre la mesa los "serios problemas" de desarrollo "acad¨¦mico y social" que enfrentar¨ªan los ni?os en el futuro. "La facultad de los padres de elegir para sus hijos una educaci¨®n ajena al sistema de educaci¨®n obligatoria por motivos de orden pedag¨®gico no est¨¢ comprendida en ninguna de las libertades constitucionales reconocidas", remarca el fallo.
"La libertad de ense?anza de los padres se circunscribe a la facultad de ense?ar a los hijos y de estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden", explica Delia Rodr¨ªguez. Lo que no supone una carta blanca para eludir el deber de escolarizaci¨®n en un centro autorizado. "En Espa?a no est¨¢ permitida la ense?anza desde casa o homeschooling, siendo las consecuencias legales diversas, tanto penales como administrativas", advierte Rodr¨ªguez, que admite que, si bien no es una pr¨¢ctica expresamente prohibida, los tribunales han fallado en los ¨²ltimos a?os en este sentido.
Sobre el asunto hay debate. Una parte del sector defiende que se trata de una cuesti¨®n alegal y que, en ciertos casos, educar a los ni?os en casa es una posibilidad. La profesora Marta Juste reconoce que en Espa?a la educaci¨®n en casa no es una pr¨¢ctica expresamente prohibida. Pero matiza que, de llevarse a cabo, los padres deben garantizar que las necesidades sociales del ni?o est¨¦n cubiertas. Los ni?os viven en burbujas, alienados de la realidad social, la fiscal¨ªa puede intervenir.
Ideas nazis
Los menores tienen derecho a desarrollarse "en un entorno libre de ideolog¨ªa", recuerda la profesora Juste. Esto significa que un progenitor no puede inculcar ideas nazis a sus hijos; o educarles en el odio hacia una comunidad ¨C la homosexual, por ejemplo ¨C.
"Cualquier ense?anza que conlleve la falta de respeto a los derechos humanos y/o la justificaci¨®n de actos genocidas, terroristas, discriminatorios o xen¨®fobos puede y debe ser castigada", remarca la docente. No cumplir con esto, en los casos m¨¢s extremos, puede culminar en la retirada de la patria potestad.
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