C¨®mo impedir que la inteligencia artificial discrimine, genere m¨¢s carga de trabajo y m¨¢s control sobre el empleado
UGT publica una gu¨ªa de ¡®Recomendaciones para la negociaci¨®n colectiva de la IA¡±, que incluyen c¨®mo regular su uso en los convenios colectivos, con ejemplos de buenas pr¨¢cticas
La inteligencia artificial (IA), hoy en d¨ªa, puede seleccionar a un trabajador y contratarlo; organizar su flujo de trabajo; decidir si promociona o no en su carrera; calcular su desempe?o y retribuci¨®n; facilitar la vigilancia y el control en el puesto de trabajo. Es m¨¢s, es capaz de aplicar el r¨¦gimen disciplinario de la empresa o incluso resolver la extinci¨®n del contrato laboral. Para ello, las empresas utilizan herramientas algor¨ªtmicas o de IA como ChatGPT, Copilot, Bard, Bedrock, LLaMA 2, Dall E, Midjourney o Stable Diffusion, entre otras muchas, que, si no se han instaurado ya en la esfera laboral y personal de la mayor¨ªa de los ciudadanos, lo har¨¢n pronto, seg¨²n alerta el sindicato UGT, que ha elaborado un exhaustivo documento de trabajo que recoge una gu¨ªa de Recomendaciones para la negociaci¨®n colectiva de la IA.
El servicio de estudios del sindicato maneja numerosos datos actualizados de importantes organismos nacionales e internacionales que reflejan que ¡°la IA est¨¢ mucho m¨¢s presente en las relaciones laborales de lo que se puede pensar¡±. Por ejemplo, el INE, en su encuesta Las TIC en las empresas de principios de a?o asegura que el 37% de las compa?¨ªas con IA en sus procesos productivos la emplea para ¡°la automatizaci¨®n de flujos de trabajo o ayuda en la toma de decisiones¡±; y esta cifra aumenta hasta el 56% en las grandes corporaciones, siendo adem¨¢s el modo de IA m¨¢s usado de todos los existentes.
En esta misma l¨ªnea, Eurofound ¡ªel ¨®rgano consultivo europeo en materia sociolaboral¡ª asegura que ¡°uno de cada tres trabajadores en Espa?a est¨¢n sujetos a al menos una forma de gesti¨®n algor¨ªtmica¡±. En concreto, al 19% de los asalariados, un algoritmo les asigna los turnos; a un 16%, les atribuye las tareas; a un 11% les mide el desempe?o, creando rankings en la empresa; y a un 10%, estos algoritmos les pueden cancelar la carga de trabajo o, directamente, ¡°cancelar su trabajo¡±, en funci¨®n de los rankings anteriores.
Dada esta expansi¨®n en el ¨¢mbito laboral, este estudio, dirigido por Jos¨¦ Varela, responsable de Digitalizaci¨®n de UGT, advierte de las graves consecuencias de una IA sin vigilancia sindical. Cita recientes estudios de la OCDE que avisan de que este uso inadecuado de la IA ¡°comienza a tener muchas consecuencias negativas para las personas trabajadoras¡±. Por ejemplo, en el ritmo de trabajo: ¡°las personas que tienen organizado su trabajo por un algoritmo aumentan su carga de tareas de manera sustancial, demostr¨¢ndose adem¨¢s que la gesti¨®n algor¨ªtmica de los flujos de trabajo aumenta exponencialmente el control sobre las personas¡±, indican las advertencias de este organismo internacional recogidas en este estudio. Seg¨²n esto, entre las personas gestionadas por IA en sus puestos, el 71% de los trabajadores de servicios financieros y el 61% de los ocupados en la industria manufacturera; el 85,5% aseguran que estas herramientas ¡°han aumentado sus ritmos de trabajo¡±. E, igualmente, el 85,5% de los empleados en finanzas y seguros y el 76% de los industriales coinciden en que la IA tambi¨¦n ha aumentado el control de sus tareas.
Pese a todo, empresas punteras en el desarrollo de la IA, como IBM, confirma en su Global AI Adoption Index 2022 que el 74% de las empresas que usan estas nuevas tecnolog¨ªas no reducen sus sesgos no deseados; otro 60% no desarrollan pol¨ªticas ¨¦ticas para su uso y m¨¢s de la mitad ni siquiera salvaguardan la privacidad de los datos. Y la consultora McKinsey acaba de publicar un estudio donde se afirma que ¡°solo el 21% de los encuestados que informan sobre la adopci¨®n de IA dicen que sus empresas han establecido pol¨ªticas que rigen el uso de esta tecnolog¨ªa por parte de los empleados¡±.
Ante todas estas evidencias, UGT hace un llamamiento a los negociadores de los convenios colectivos para que, a trav¨¦s de estas normas, incluyan regulaciones para la utilizaci¨®n de algoritmos e IA en el quehacer diario de las compa?¨ªas. El sindicato empez¨® ayer a formar en esta materia a sus delegados de toda Espa?a. Para ello emplear¨¢ esta gu¨ªa que ser¨¢ tambi¨¦n distribuida a partir de hoy entre todos sus dirigentes. En ella, explican c¨®mo desarrollar el cap¨ªtulo del Acuerdo para el Empleo y la Negociaci¨®n Colectiva (AENC) 2023-2025 firmado en mayo entre las c¨²pulas de las patronales CEOE-Cepyme y los sindicatos CC OO y UGT a modo de recomendaciones para negociar los convenios laborales.
En dicho cap¨ªtulo del AENC tanto empresarios como sindicatos reconocen que la IA tendr¨¢ ¡°un impacto significativo¡± en el mercado de trabajo espa?ol y, en consecuencia, admiten que ¡°su principio rector sea el control humano¡±. Adem¨¢s, las empresas se comprometen a facilitar a los representantes de los trabajadores informaci¨®n transparente y entendible sobre el funcionamiento de los algoritmos y la IA, para garantizar que no existen prejuicios ni discriminaciones. Dicha informaci¨®n deber¨¢ contener los par¨¢metros, reglas e instrucciones en los que se basan estas herramientas. Y, en cualquier caso, debe ser la negociaci¨®n colectiva la que garantice su uso adecuado.
Consejos pr¨¢cticos para la negociaci¨®n
Entre los consejos pr¨¢cticos de esta gu¨ªa para los negociadores de los convenios, los planes de igualdad o los ERE/ERTE, UGT explica, por ejemplo, c¨®mo solicitar a la empresa la informaci¨®n sobre los algoritmos o IA que utiliza. Enumera un dec¨¢logo de preguntas desde las b¨¢sicas sobre si existen estos instrumentos; si toman decisiones y de qu¨¦ tipo o en qu¨¦ ¨¢reas; qu¨¦ tecnolog¨ªa concreta se ha contratado y en qu¨¦ variables, par¨¢metros, reglas e instrucciones se basan. Asimismo, los negociadores deben preguntar si la compa?¨ªa ha evaluado el impacto de estas herramientas antes de utilizarlas de forma gen¨¦rica. Y exigir que ¡°en lugar de ofrecer complejas explicaciones matem¨¢ticas sobre como funcionan los algoritmos (...) el responsable empresarial use formas claras y exhaustivas para ofrecer la informaci¨®n¡±.
Una vez conseguida esta informaci¨®n para poder regular el uso de algoritmos e IA en las actividades empresariales, el sindicato aconseja introducir en la negociaci¨®n colectiva con la compa?¨ªa (o el sector) el concepto de dividendo digital de la IA o el de plusval¨ªa de IA. Seg¨²n UGT, ¡°la productividad que generan estas nuevas tecnolog¨ªas no pueden acabar ¨²nicamente en manos de unos pocos ¡ªalgunos actores como Microsoft ya han calculado que la IA elevar¨¢ los ingresos de las empresas hasta un 15%¡ª¡±. Por ello, y dado que para poder utilizar y sacar rentabilidad a estos algoritmos las compa?¨ªas necesitan obligatoriamente numerosos datos de los trabajadores, estos no se deben de ceder de forma totalmente gratuita y, en este sentido, el sindicato asegura que los representantes de los trabajadores deben de reclamar ¡°una parte del dividendo productivo por la utilizaci¨®n de dichos datos¡±. Esta retribuci¨®n deber¨¢ ser adicional al concepto de salario por trabajo y no puede considerase retribuido en el sueldo habitual.
Varela, director de este estudio, explica que de todas estas cuestiones ¡°lo que m¨¢s cuesta al principio es que la empresa comprenda que tiene unos nuevos derechos de informaci¨®n y consulta referidos a la IA. Muchas empresas interpretan la implantaci¨®n de la tecnolog¨ªa como una facultad que reside en el poder de direcci¨®n, y no es cierto: cualquier herramienta de trabajo que pueda atentar contra un derecho fundamental est¨¢ sometida a vigilancia sindical¡±. Si bien, a?ade que ¡°una vez superada esa primera barrera, el principio de un humano al final de la cadena, que pueda revocar la decisi¨®n de un algoritmo, y que adem¨¢s sea el contacto para explicar a un empleo tal decisi¨®n, tambi¨¦n choca. La raz¨®n es simple: muchas empresas implementan IA para ahorrarse empleos¡±.
La gu¨ªa recoge tambi¨¦n una serie de buenas pr¨¢cticas en convenios colectivos donde ya se han incluido regulaciones del uso de algoritmos e IA. Estos acuerdos recogen cuestiones que afectan a la informaci¨®n y formaci¨®n sobre estos instrumentos (convenio colectivo de El Norte de Castilla; de Air Nostrum Training Operations; convenio nacional de perfumer¨ªa y afines; sector del comercio de alimentaci¨®n de A Coru?a); dan garant¨ªas de no discriminaci¨®n o de avisar si se usa an¨¢lisis de datos sin supervisi¨®n humana (convenio del sector de banca o convenios para los establecimientos financieros de cr¨¦dito). Pero entre todos los convenios que ya han empezado a regular estas tecnolog¨ªas destaca el de la empresa Just Eat, que recoge una detallada normativa sobre las garant¨ªas de su utilizaci¨®n, creando incluso una ¡°comisi¨®n algoritmo¡± de car¨¢cter paritario que canalizar¨¢ toda la informaci¨®n exigible.
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