La justicia europea declara ilegal el tramo auton¨®mico del impuesto de hidrocarburos
La norma, que ya no est¨¢ vigente, fragmentaba el mercado interior y pon¨ªa en riesgo la libre circulaci¨®n de mercanc¨ªas, seg¨²n el TJUE
El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha sentenciado que la parte correspondiente a las autonom¨ªas del impuesto de hidrocarburos, que cada comunidad pod¨ªa aplicar y modular como decidiera, es ilegal. ¡°La directiva se opone a una norma que autoriza a las regiones a establecer tipos del impuesto especial diferenciados para un mismo producto y uso en funci¨®n del territorio¡±, se?ala con contundencia la norma emitida por los magistrados de Luxemburgo este jueves. El tramo auton¨®mico del Impuesto Especial de Hidrocarburos se derog¨® en Espa?a en 2019 y desde entonces hay un tipo impositivo uniforme para todo el pa¨ªs.
La figura impositiva, ahora declarada ilegal, vio la luz cuando en el Ministerio de Hacienda se sentaba Crist¨®bal Montoro y estuvo vigente durante cinco a?os, entre 2013 y 2018. Por eso, desde el departamento que ahora dirige Mar¨ªa Jes¨²s Montero han se?alado r¨¢pidamente al anterior Gobierno. ¡°Es la en¨¦sima sentencia de un tribunal que anula una medida fiscal del Gobierno del PP¡±, explican fuentes del ministerio: ¡°La mala gesti¨®n del PP tiene consecuencias que al final pagamos todos los espa?oles¡±, a?aden.
Por ahora, Hacienda no cuantifica el impacto econ¨®mico que tendr¨¢ la sentencia y las posibles devoluciones. Se est¨¢ ¡°analizando¡± y todav¨ªa ¡°es pronto para saberlo¡±. Como aproximaci¨®n, el impuesto especial recaud¨® durante el a?o que estuvo vigente un total de 6.531 millones de euros.
El fallo confirma la opini¨®n que emiti¨® el Abogado General en enero bas¨¢ndose en la misma argumentaci¨®n. Tanto ese dictamen como la sentencia del TJUE llega tras unas cuestiones prejudiciales remitidas por el Tribunal Supremo despu¨¦s de que el grupo DISA, la compa?¨ªa distribuidora de combustible controlada por la familia Carceller, recurriera una sentencia contraria a sus intereses en el Tribunal Econ¨®mico-Administrativo Central y en la Audiencia Nacional en 2020.
El caso, no obstante, arranca antes, cuando tres empresas dedicadas a la log¨ªstica de los combustible (CLH, TEPSA y SECICAR) que deb¨ªan pagar el impuesto, presentaron ante la Agencia Tributaria liquidaciones del impuesto correspondientes a 2013 y 2015 en el que repercut¨ªan el impuesto sobre DISA, cliente suyo. El grupo de la familia Carceller se revolvi¨® contra esas liquidaciones y solicit¨® a Hacienda que rechazara esas liquidaciones con el argumento de que el tipo auton¨®mico, que hab¨ªa entrado en vigor en 2013, era contrario a la directiva europea.
La respuesta de Luxemburgo da la raz¨®n DISA: ¡°La lista que contiene la Directiva con los casos en que pueden aplicarse tipos impositivos diferenciados es exhaustiva y, en ella, no se prev¨¦ la posibilidad de que un Estado miembro fije tipos del impuesto especial para un mismo producto y un mismo uso diferenciados seg¨²n las regiones o los territorios de ese Estado miembro en los que se consuma ese producto¡±, argumentan los magistrados.
¡°Ninguna de las excepciones previstas por la Directiva autoriza expresamente a Espa?a a aplicar, para un mismo producto y un mismo uso, tipos del impuesto especial diferenciados seg¨²n las comunidades aut¨®nomas en las que se consuman dichos productos. Este extremo no ha sido discutido por el Gobierno espa?ol, que tampoco niega que no ha obtenido una excepci¨®n espec¨ªfica para permitir a esas comunidades aut¨®nomas fijar tipos auton¨®micos diferenciados del impuesto¡±, siguen razonando los jueces, que por ¨²ltimo a?aden que establecer tipos diferenciados por regiones ¡°podr¨ªa perjudicar el buen funcionamiento del mercado interior, fragment¨¢ndolo [...] y comprometer la libre circulaci¨®n de mercanc¨ªas¡±.
Seg¨²n Hacienda, el fallo pone de relieve que vuelve a repetirse ¡°la mala praxis legislativa del PP¡±. E insisten en que el Constitucional ya anul¨® a comienzos de este a?o parte de la reforma que instaur¨® Crist¨®bal Montoro en 2016 en el impuesto de sociedades. Se presupone que este fallo tendr¨¢ un coste milmillonario para el Estado en concepto de devoluciones, ya que el cambio legislativo endureci¨® fuertemente las deducciones y exenciones previstas para las grandes empresas. ¡°Tambi¨¦n el TC anul¨® en 2020 el tipo m¨ªnimo del pago fraccionado de sociedades aprobado tambi¨¦n por Montoro¡±, insisten desde Hacienda. Y a?aden que la justicia europea anul¨® parte del r¨¦gimen sancionador del modelo 720 de bienes e inmuebles en el extranjero, mientras que el tribunal de garant¨ªas declar¨® inconstitucional la amnist¨ªa fiscal. Estos dos cambios tambi¨¦n se produjeron con Montoro al frente de Hacienda.
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