?Puedo ausentarme de mi puesto de trabajo durante una ola de calor? Los derechos laborales en temperaturas extremas
La norma obliga al empresario a tomar medidas de protecci¨®n para los empleados, que bajo determinadas circunstancias tienen derecho a interrumpir la jornada si su salud est¨¢ en riesgo
Espa?a enfrentar¨¢ su primera ola de calor del verano el pr¨®ximo jueves 18 de julio, con temperaturas por encima de los 40 grados que azotar¨¢n varias regiones del pa¨ªs, seg¨²n las previsiones de la Agencia Estatal de Meterorolog¨ªa (Aemet). A?o tras a?o, se confirma la intensificaci¨®n de eventos clim¨¢ticos que ponen en riesgo la salud de aquellos trabajadores que se desempe?an al aire libre. Los ¨²ltimos datos de 2023 reconocen 199 accidentes laborales con resultado de baja por calor e insolaci¨®n, un 27% m¨¢s que en el a?o anterior. Un contexto repetido en el tiempo que, sin embargo, vuelve a poner sobre la mesa la suficiencia (o no) de la normativa laboral que vela por la salud de aquellas personas que conviven con las altas temperaturas en su puesto de trabajo.
El a?o pasado, el Gobierno aprob¨® mediante un decreto ley un plan para evitar situaciones potencialmente peligrosas para el bienestar de los trabajadores durante los periodos m¨¢s calurosos del a?o, y que compromet¨ªa a los empleadores a garantizar su seguridad. Este plan obliga al empresario a ¡°tomar medidas adecuadas para la protecci¨®n de los trabajadores que trabajen al aire libre o en lugares que no puedan cerrarse¡± frente a cualquier riesgo relacionado con fen¨®menos meteorol¨®gicos adversos de cualquier tipo. El texto no se refiere solo al calor, pero s¨ª especifica que esto debe aplicarse ante ¡°elevadas temperaturas o vientos extremos¡±. Las actividades que se exponen a un riesgo potencialmente m¨¢s elevado se concentran, principalmente, en la agricultura, la ganader¨ªa, la construcci¨®n, el sector de la limpieza y el hostelero.
¡°Los trabajadores deben luchar para que en las empresas se aplique la prevenci¨®n de riesgos con mayor habitualidad¡±, afirma Mariano Sanz, secretario confederal de CC OO de Salud Laboral y Sostenibilidad Medioambiental. ¡°Es fundamental que las empresas apliquen la prevenci¨®n de riesgos y que se ampl¨ªe a todos los sectores laborales. Nosotros hemos trabajado en que la normativa sea m¨¢s clara para poder cumplir con las regulaciones¡±, a?ade.
Estos protocolos de actuaci¨®n deben ser establecidos por las empresas tras una evaluaci¨®n de riesgos laborales, que toman en consideraci¨®n, adem¨¢s de los fen¨®menos mencionados, ¡°las caracter¨ªsticas de las tareas que se desarrollen y las caracter¨ªsticas personales o el estado biol¨®gico conocido¡± del trabajador. El real decreto tambi¨¦n proh¨ªbe el trabajo cuando haya alerta roja o naranja, decretada por la Agencia Estatal de Meteorolog¨ªa (Aemet), ¡°en aquellos casos en que no pueda garantizarse de otro modo la debida protecci¨®n de la persona trabajadora¡±,
La Aemet contempla distintos baremos en funci¨®n de cada territorio para determinar si este se encuentra en alerta naranja. En ¨¢reas del interior y del sur de Espa?a, como Andaluc¨ªa y Extremadura, por ejemplo, el umbral puede situarse alrededor de los 40 grados o incluso algo m¨¢s alto. En otras comunidades del norte o de la costa, donde las temperaturas extremas son menos frecuentes, una alerta naranja puede emitirse con temperaturas m¨¢ximas algo inferiores, alrededor de los 35 grados. Adem¨¢s de hasta d¨®nde suba el mercurio en los term¨®metros, se toman en consideraci¨®n otras variables como la humedad, que puede aumentar la sensaci¨®n de calor y el riesgo para la salud.
Matices normativos
Pero, ?puede un trabajador abandonar el puesto de trabajo por calor? Aunque la respuesta inmediata pueda resultar afirmativa, contiene varios matices. El art¨ªculo 4.2 del Estatuto de los Trabajadores garantiza al colectivo de trabajadores ¡°su integridad f¨ªsica y una adecuada pol¨ªtica de prevenci¨®n de riesgos laborales¡±. Al mismo tiempo, la Ley de Prevenci¨®n de Riesgos Laborales exige ¡°un adecuado nivel de protecci¨®n de la salud laboral frente a estos riesgos¡±. Sobre la base de estos dos planteamientos, puede deducirse que un trabajador que considere que su integridad f¨ªsica corre peligro por encontrarse sometido a temperaturas muy elevadas tiene derecho a interrumpir su actividad y abandonar el puesto de trabajo. Algo que tambi¨¦n ampara la normativa sobre riesgos laborales.
Sin embargo, los tribunales no siempre han interpretado favorablemente este derecho del trabajador, puesto que en varias ocasiones han llegado a recortarlo, al considerar como altamente subjetiva la interpretaci¨®n de peligro sobre la salud que este puede realizar. Por ello, distintos expertos laborales recomiendan ¡ªsalvo en situaciones extremas¡ª no abandonar el puesto de trabajo y reclamar a la empresa posteriormente. De hecho, si en medio de una ola de calor una compa?¨ªa se niega a parar la actividad laboral, la persona empleada podr¨¢ presentar una denuncia ante la Inspecci¨®n de Trabajo.
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