De la playa no me mueven: as¨ª es la batalla de los ¡®¨²ltimos mohicanos¡¯ del teletrabajo
Los jueces dirimen pulsos entre empleados que no quieren volver a la ciudad tras mudarse en la pandemia y sus empresas
Trabajar con vistas al mar, retornar al pueblo o echar ra¨ªces en otro pa¨ªs. Poder dar un largo paseo por la monta?a o ba?arse en una cala paradisiaca cuando el ordenador se apaga. Antes de la pandemia, optar por un cambio de aires parec¨ªa una quimera, pero la crisis sanitaria que estall¨® en 2020 permiti¨® un giro en la vida de muchos profesionales. Seg¨²n una encuesta de Eurofound, tres de cada 10 empleados en Espa?a comenzaron a teletrabajar en ese momento. Despu¨¦s de casi cuatro a?os, algunos de estos aventureros mantienen una batalla judicial con sus empresas para conservar su reducto. Es ahora cuando los jueces est¨¢n zanjando este pulso. Para ello, ponen en la balanza los motivos e intereses del empresario y los del trabajador.
En una reciente sentencia, por ejemplo, un juzgado de Madrid ha rechazado la demanda de una inform¨¢tica que pretend¨ªa que su empresa, una entidad bancaria, le dejase teletrabajar el 90% del tiempo para poder cuidar de su beb¨¦ desde el pueblo de Castell¨®n al que se mud¨® en 2020. El magistrado ha concluido que las necesidades organizativas del banco, que hab¨ªa firmado con su empleada que vendr¨ªa a la oficina dos d¨ªas en semana, est¨¢n por encima de la ¡°decisi¨®n personal de traslado del lugar de residencia de forma unilateral¡±.
Por el contrario, un juzgado de Avil¨¦s s¨ª reconoci¨® el derecho de una investigadora a teletrabajar desde La Coru?a (su puesto de trabajo se encontraba a 250 kil¨®metros) y solo ir a la oficina un lunes de cada 15 d¨ªas. En este caso, la atenci¨®n del menor a cargo pes¨® m¨¢s que los motivos del empresario. La mujer hab¨ªa trabajado a distancia durante un a?o y medio y el magistrado no apreci¨® ¡°ning¨²n trastorno o perjuicio para la empresa durante este tiempo¡±. El fallo es de febrero de 2022. La conflictividad por el trabajo a distancia repunta. Las resoluciones que incluyen el t¨¦rmino teletrabajo se han sextuplicado desde 2019, seg¨²n la base de datos laleydigital.
Atenci¨®n de menores
Cuidar de los hijos es una de las razones a las que se agarran los profesionales para no volver a la oficina. Algunos de estos menores nacieron ya en la nueva residencia. El Estatuto de los Trabajadores permite solicitar una adaptaci¨®n de la jornada para conciliar vida familiar y laboral si se tiene a cargo un menor de 12 a?os. Pero tener ni?os no es siempre una carta blanca para exigir teletrabajo al jefe. Para No¨¦ Fau, abogado de Ceca Mag¨¢n, bufete que defendi¨® al banco en el asunto de la inform¨¢tica afincada en Castell¨®n, la sentencia deja claro que los empleados ¡°no pueden pretender una especie de derecho al traslado porque s¨ª¡±. En otras palabras, el Estatuto no sirve de paraguas para aquellos que cambian de aires voluntariamente, sino para los que se mudan por una urgencia familiar.
En derecho laboral siempre hay grises. La ley, se?ala Diego Rizo, abogado de G¨®mez-Acebo & Pombo, no otorga al empleado un derecho a ¡°exigir¡± teletrabajar. Es necesario sentarse y hablar. En un m¨¢ximo de 15 d¨ªas debe haber una ¡°respuesta oficial¡±. Las peticiones, recalca el abogado, deben ser ¡°razonables y proporcionadas¡± en relaci¨®n con las necesidades de conciliaci¨®n del trabajador y las organizativas o productivas de la empresa. Eso s¨ª, la compa?¨ªa, precisa Rizo, est¨¢ obligada ¡°a explicar las razones objetivas en las que basa su decisi¨®n¡± si rechaza la solicitud o plantea una alternativa. Por ejemplo, porque el puesto requiere presencia f¨ªsica o que el empleado no ha acreditado ¡°fehacientemente¡± los motivos de su solicitud.
Los teletrabajadores de la pandemia pueden tener la convicci¨®n de que el suyo es un derecho adquirido. Pero la mayor¨ªa de los juristas descartan que su situaci¨®n est¨¦ consolidada. Pere Vidal, asociado de RocaJunyent, sostiene que ¡°el teletrabajo implementado como medida excepcional durante ese momento no se traduce autom¨¢ticamente en un derecho adquirido para el empleado¡±. La vuelta a la rutina, sobre todo tras el carpetazo oficial de la crisis sanitaria en julio de 2023, ¡°no infringe los derechos del trabajador ni constituye una modificaci¨®n sustancial de las condiciones laborales¡±, agrega el abogado. En la misma l¨ªnea, No¨¦ Fau defiende que ¡°para que pueda sostenerse la existencia de una condici¨®n m¨¢s beneficiosa es preciso que exista una voluntad empresarial inequ¨ªvoca de su concesi¨®n¡±.
Adri¨¢n Todol¨ª, profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad de Valencia, apunta, en cambio, un resquicio: que la empresa haya mantenido el teletrabajo sin rechistar y no haya regularizado la situaci¨®n firmando un acuerdo tras la pandemia. ¡°Podr¨ªa considerarse un derecho adquirido, aunque, obviamente, tendr¨ªan que darse una serie de circunstancias¡±, apostilla.
La v¨ªa de los hechos consumados puede ser peligrosa. Atrincherarse en la casa de la playa desoyendo las ¨®rdenes del jefe puede terminar en despido. Esto es lo que le sucedi¨® a un trabajador de una empresa ubicada en El Prat de Llobregat. Hasta en cuatro ocasiones, hizo caso omiso al requerimiento de volver a la oficina durante la mitad de su jornada en 2021 porque, seg¨²n comunic¨®, hab¨ªa cambiado su domicilio a Valencia. En octubre, el Tribunal Superior de Catalu?a aval¨® el despido disciplinario del profesional, rechazando que el teletrabajo, que hab¨ªa sido temporal, fuera su nueva condici¨®n laboral.
Los expertos advierten: las indisciplinas pueden sancionarse. Como afirma el abogado V¨ªctor Canalda: ¡°Ante una orden directa leg¨ªtima, si el trabajador no acude a trabajar al centro donde pertenece, se le puede aplicar una suspensi¨®n de empleo y sueldo o, incluso, se le puede despedir¡±.
Gastos por alquiler de vivienda
Una de las aristas de la vuelta a la presencialidad en el trabajo es que el retorno a la ciudad de la sede laboral puede suponer un perjuicio para aquellos que hayan firmado un contrato de alquiler en el lugar al que se mudaron en la pandemia. Sin embargo, según Fuentes-Lojo, bufete experto en derecho inmobiliario, esta es una excusa débil. En primer lugar, porque la ley permite que el inquilino desista del contrato preavisando a su casero con un mes de antelación si lleva en la vivienda seis meses. Además, si hay cláusula de penalización, “la multa máxima sería de un mes por año incumplido; nunca te pueden exigir el pago del total de las rentas”.
Sigue toda la informaci¨®n de Econom¨ªa y Negocios en Facebook y X, o en nuestra newsletter semanal
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.