Los Quince no actuar¨¢n contra los grupos terroristas que operen en un solo pa¨ªs
Piqu¨¦ da a entender que ETA y los Grapo estar¨¢n en la lista de organizaciones terroristas
Los Quince han pactado hoy una laber¨ªntica base jur¨ªdica para configurar una lista de grupos o personas terroristas a los que impedir¨¢n financiarse. Esa lista, que empezar¨¢ a dise?arse el pr¨®ximo mi¨¦rcoles, deber¨¢ estar concluida antes de finales de a?o y permitir¨¢ a la Uni¨®n congelar los haberes de los organismos o personas terroristas externos (que act¨²an fuera de la UE) incluidos en la relaci¨®n.
Sin embargo, la Uni¨®n no podr¨¢ en un primer momento adoptar medidas comunitarias contra los terroristas que act¨²an en el ¨¢mbito de la UE (europeas o internas) dado que carece de competencias para bloquear cuentas bancarias a nivel comunitario.
Contra estas entidades o grupos europeos los Quince s¨®lo podr¨¢n adoptar de momento medidas de car¨¢cter nacional.
Durante la presidencia espa?ola de la UE, los Quince intentar¨¢n dise?ar instrumentos dentro del llamado "tercer pilar" (Justicia e Interior) para poder actuar en el ¨¢mbito comunitario contra las organizaciones o personas terroristas internas identificadas en esta lista, seg¨²n ha explicado el ministro espa?ol de Exteriores, Josep Piqu¨¦.
Pese a que este instrumento comunitario no tendr¨¢ valor jur¨ªdico para combatir a los terroristas implantados en la UE, Piqu¨¦ ha destacado que "se establece un criterio pol¨ªtico de las organizaciones a las que se podr¨¢ perseguir de todas las maneras posibles, aunque no sea mediante un reglamento comunitario, sino mediante medidas nacionales o del tercer pilar que est¨¢n por decidir".
"Los ministros de Justicia e Interior de la UE deber¨¢n trabajar en los pr¨®ximos meses" en el dise?o de las medidas comunes para luchar contra la financiaci¨®n de los terroristas de la Uni¨®n. "Existe ahora un criterio pol¨ªtico de cu¨¢les son las organizaciones contra la que se podr¨¢ actuar mediante instrumentos diferentes del reglamento comunitario", ha dicho el ministro.
Mientras tanto, los pa¨ªses podr¨¢n adoptar medidas nacionales contra los identificados en la futura lista. "Espa?a, por ejemplo, ya dispone de esos instrumentos porque aprob¨® una norma de transposici¨®n de la resoluci¨®n 1373 del Consejo de Seguridad de la ONU que permite la congelaci¨®n de haberes de toda una serie de entidades", ha explicado Piqu¨¦.
A la pregunta de si ETA y los Grapo estar¨¢n en la lista p¨²blica de la UE, el ministro ha respondido: "Tengo pocas dudas al respecto".
Lista satisfactoria para Espa?a
En cualquier caso, la lista "deber¨¢ adoptarse de com¨²n acuerdo", ha explicado Piqu¨¦, quien ha precisado que "tal y como se est¨¢n configurando las cosas, la lista es satisfactoria para Espa?a".
"Esta lista se confeccionar¨¢ sobre la base de informaciones concretas o de elementos del expediente que muestren que una autoridad competente ha adoptado una decisi¨®n respecto de las personas, grupos y entidades (...)", reza en la "posici¨®n com¨²n" sobre "la adopci¨®n de medidas espec¨ªficas de lucha contra el terrorismo" aprobada por los ministros de Exteriores de la Uni¨®n.
Por "autoridad competente", se entender¨¢ "una autoridad judicial o, cuando las autoridades judiciales no tengan competencia en el ¨¢mbito contemplado en este apartado, una autoridad competente equivalente que act¨²e a los fines de una persecuci¨®n penal".
Esta "posici¨®n com¨²n" (pol¨ªtica de la UE de obligado cumplimiento) llevar¨¢ anexa la lista p¨²blica de terroristas, tanto externos como internos, que incluir¨¢ una relaci¨®n secreta "a efectos exclusivamente" de cooperaci¨®n entre los servicios de seguridad, seg¨²n Piqu¨¦.
La relaci¨®n secreta de car¨¢cter operativo y policial ya existe y es revisada cada seis meses por los ministros de Interior de la UE.
En ese documento, se precisa que "los nombres de las personas y entidades que figuren en la lista se revisar¨¢n peri¨®dicamente, al menos una vez por semestre, para asegurar que su permanencia en la lista est¨¢ justificada".
"La Comunidad Europea, dentro de los l¨ªmites y poderes que le confiere el Tratado de la UE, dispondr¨¢ la congelaci¨®n de los fondos y otros haberes financieros o recursos econ¨®micos de las personas, grupos y entidades" enumerados en la lista.
Tambi¨¦n precisan que "los estados miembros, mediante una cooperaci¨®n policial y judicial en asuntos penales en el marco del t¨ªtulo VI del Tratado de la UE (disposiciones relativas a la cooperaci¨®n y judicial en materia penal), se prestar¨¢n mutuamente asistencia m¨¢s amplia posible para la prevenci¨®n y la lucha contra
actos terroristas.
Adem¨¢s de este texto con el procedimiento para la congelaci¨®n de haberes, los ministros han adoptado otra "posici¨®n com¨²n global relativa a la lucha contra el terrorismo" que detalla los t¨¦rminos de la cooperaci¨®n judicial y policial entre los estados miembros.
Consejo de Seguridad de Naciones Unidas
Este documento traslada a la legislaci¨®n comunitaria el contenido de la resoluci¨®n 1373 de la resoluci¨®n del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas sobre el terrorismo, que incluye lucha contra su financiaci¨®n y el ofrecimiento de refugio a los terroristas.
El ¨²ltimo pilar jur¨ªdico adoptado hoy en el mismo contexto es un reglamento propuesto por la Comisi¨®n Europea para "la adopci¨®n de medidas restrictivas frente a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo".
Este reglamento s¨®lo se aplicar¨¢ a las organizaciones terroristas externas porque los Tratados de la UE no contemplan mecanismos para congelar activos de grupos radicados en la Uni¨®n.
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