El Supremo anula la expulsi¨®n de la carrera judicial de la juez Pilar Ram¨ªrez
La juez, ex decana de los juzgados de Marbella, estaba acusada de no abstenerse de asuntos judiciales que afectaban a su familia
El Tribunal Supremo ha anulado la expulsi¨®n de la carrera judicial de la ex decana de los juzgados de Marbella, Pilar Ram¨ªrez, aunque le suspende por tres a?os por no abstenerse de asuntos en los que era parte el Ayuntamiento marbell¨ª a pesar de tener su familia convenios urban¨ªsticos con el Consistorio.
En una sentencia de la sala de lo contencioso, notificada hoy, el Supremo confirma la otra sanci¨®n que le impuso el Consejo General del Poder Judicial de un a?o de suspensi¨®n por hallarse la juez desempe?ando su funci¨®n judicial en un Juzgado de Marbella, en la que la poblaci¨®n no supera 100.000 habitantes, y tener su familia intereses econ¨®micos.
La juez Ram¨ªrez podr¨¢ volver a ejercer sus funciones en la carrera judicial en julio de 2003, ya que permanece suspendida desde julio de 1999, cuando se inici¨® el expediente disciplinario contra ella. Ram¨ªrez, magistrada de la Audiencia de M¨¢laga, podr¨¢, a partir de esta fecha, concursar a las vacantes disponibles dentro de la carrera judicial.
Seg¨²n el Supremo, la expulsi¨®n de la carrera judicial "no es proporcionada" con la lesi¨®n producida por la juez al principio de imparcialidad, ya que, explica, es la m¨¢xima prevista en la ley para una falta muy grave.
Una conducta reprochable
El alto tribunal considera que deben imponerse tres a?os de suspensi¨®n a Ram¨ªrez teniendo en cuenta que la decisi¨®n del Consejo General del Poder Judicial no fue un¨¢nime, sino que hubo "discrepancias sobre el nivel de reprochabilidad de la conducta" de la magistrada.
No obstante, el Supremo se?ala que "la contumacia de la juez en continuar en Marbella, a pesar de ser ostensible lo comprometida que resultaba su imagen de neutralidad, demuestra un claro menosprecio hacia ese valor de la imparcialidad del juez, que, como es bien sabido, constituye un elemento esencial de la configuraci¨®n del Poder Judicial en el Estado de Derecho".
"Ambos elementos deben ser considerados como expresivos de que el comportamiento castigado no revisti¨® la trascendencia suma que resulta exigible para que est¨¦ justificada la imposici¨®n de la m¨¢xima sanci¨®n", se?ala la sentencia.
Adem¨¢s el Supremo confirma ¨ªntegramente la otra sanci¨®n de un a?o de suspensi¨®n al quedar acreditado que el n¨²mero de habitantes de Marbella no supera los 100.000 habitantes y por lo tanto la juez no pod¨ªa ejercer en esa poblaci¨®n, cuando adem¨¢s su familia ten¨ªa intereses econ¨®micos.
El tribunal considera probado que la magistrada ten¨ªa "sobrado conocimiento de la existencia de intereses econ¨®micos de sus padres y hermano". La sentencia enumera treinta sociedades y operaciones en las que han intervenido en los ¨²ltimos a?os como socios constituyentes, accionistas o administradores, el padre y el hermano de la magistrada. De ellas, diecis¨¦is empresas tienen su domicilio en la direcci¨®n profesional de su padre en Marbella.
El Supremo tambi¨¦n recuerda que fueron archivados dos expedientes disciplinarios contra la juez por hechos similares que se abrieron en 1993 y 1997.
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