Texto ¨ªntegro de la declaraci¨®n de Benaissa sobre el islote de Perejil
"El islote de Leila es parte integrante desde siempre del territorio marroqu¨ª. La Historia est¨¢ en efecto llena de hechos que demuestran la marroquinidad de este islote. Despu¨¦s de la firma del Tratado de paz hispano-marroqu¨ª de 1860 (que no hace menci¨®n alguna a Leila), algunas incursiones se produjeron espor¨¢dicamente por parte de los espa?oles sobre el islote, que fueron contrarrestadaspor el sult¨¢n Has¨¢n I como lo demuestran las cartas dirigidas por ¨¦ste al Pach¨¢ de T¨¢nger el 26/11/1887, el 28/09/1888 y el 25/11/1892.
Fue liberado en 1956, con ocasi¨®n del final del protectorado espa?ol sobre la zona norte del Reino de Marruecos. Desde entonces, las fuerzas de seguridad marroqu¨ªes han asegurado una presencia hasta 1970. A partir de esa fecha, han sido desplegadas cada vez que ha sido necesario, en funci¨®n de las exigencias de seguridad en la regi¨®n.
El islote est¨¢ situado a los pies del Monte Musa, a una distancia de 150 metros de la tierra marroqu¨ª, a 4 kil¨®metros al oeste de Ceuta y a 40 kil¨®metros al este de T¨¢nger. Su superficie es de 13,5 hect¨¢reas, con una anchura de 300 metros. Se trata de un pe?¨®n ¨¢rido e inhabitable, utilizado exclusivamente para el pastoreo salvaje de caprinos por parte de las poblaciones marroqu¨ªes el Monte Musa.
El islote est¨¢ incluido en las aguas territoriales marroqu¨ªes tal como fueron delimitadas por el Decreto 275-311 del 21/7/1975 que determinaba las l¨ªneas de cierre de las bah¨ªas sobre las costas marroqu¨ªes y las coordenadas geogr¨¢ficas del l¨ªmite de las aguas territoriales marroqu¨ªes.
Los servicios del catastro espa?ol delimitaron por decreto publicado en el Bolet¨ªn Oficial de la 'zona del Protectorado espa?ol en Marruecos' del 24/01/1949 una zona tutelar entre los dominios de Ceuta y el resto del territorio marroqu¨ª. Esta zona, que ha sido llamada 'zona natural de Ceuta' no hace menci¨®n alguna del islote.
Adem¨¢s, el decreto espa?ol 267/1976 del 5/3/1976, relativo a la delimitaci¨®n de los espacios mar¨ªtimos espa?oles en el Mediterr¨¢neo, no hace menci¨®n alguna del islote de Leila en tanto que territorio espa?ol.
Es m¨¢s, cuando el gobierno espa?ol previ¨®, en 1986, incluir Leila en el 'territorio municipal' de Ceuta, Marruecos reaccion¨® oficialmente ante las autoridades espa?olas a trav¨¦s de una nota verbal fechada en enero de 1987, y esta menci¨®n fue despu¨¦s abandonada.
Conviene precisar que los instrumentos jur¨ªdicos de los dos pa¨ªses relativos a la delimitaci¨®n de su espacio mar¨ªtimo respectivo han sido registrados debidamente en la secretar¨ªa general de la ONU y puestos en conocimiento por tanto de todos los Estados miembros de esta organizaci¨®n.
El islote de Leila no forma parte por lo tanto del contencioso territorial entre Marruecos y Espa?a respecto a los enclaves que siguen bajo ocupaci¨®n espa?ola en la costa norte de Marruecos. La presencia de un grupo reducido de lementos de las fuerzas de seguridad marroqu¨ªes en el islote no constituye en ning¨²n caso una modificaci¨®n de los elementos de dicho contencioso.
Las medidas de vigilancia desplegadas el 11 de julio de 2002 en el islote de Leila entran por lo tanto en el marco del ejercicio de la soberan¨ªa del Estado marroqu¨ª sobre su territorio nacional. Se inscriben en el marco de la lucha realizada por las autoridades marroqu¨ªes en el conjunto del territorio nacional, en general, y en el estrecho de Gibraltar, en particular, contra el tr¨¢fico de drogas, la emigraci¨®n clandestina y las dem¨¢s actividades ilegales.
No existen por lo tanto otras lecturas que se puedan hacer que las de una simple operaci¨®n de vigilancia, en una zona sensible, en la que particularmente en las circunstancias actuales el inter¨¦s com¨²n recomienda una vigilancia acrecentada.
El reino de Marruecos permanece resueltamente apegado a los principios fundamentales de la legalidad internacional y en particular a la defensa de la integridad territorial de todos los pa¨ªses.
Nuestro pa¨ªs reitera igualmente su profundo apego a las isposiciones de la Declaraci¨®n Conjunta hispano-marroqu¨ª del 7 de abril de 1956 y al Tratado de Amistad, Buena Vecindad y Cooperaci¨®n de 1991.
El Gobierno de su majestad el Rey sigue deseando que las relaciones hispano-marroqu¨ªes puedan sustentarse sobre bases sanas, constructivas y de respeto mutuo y sigue convencido de que el di¨¢logo franco, abierto y sereno sigue siendo el mejor camino para construir juntos el futuro de estas relaciones".
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