Garz¨®n consulta a Cardenal si debe actuar contra el Parlamento vasco por no suspender a Batasuna
El juez distingue entre los parlamentarios que apoyaron la suspensi¨®n de actividades y los que votaron en contra
El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garz¨®n ha elevado una consulta al fiscal general del Estado, Jes¨²s Cardenal, para decidir si se debe actuar contra los miembros de la mesa del Parlamento vasco que se negaron a suspender el grupo parlamentario de Araba, Bizkaia eta Gipuzkoako Sozialista Abertzaleak (antigua Batasuna).
Seg¨²n fuentes jur¨ªdicas, una eventual acci¨®n penal por estos hechos se seguir¨ªa s¨®lo contra los miembros de este ¨®rgano parlamentario que rechazaron aplicar el auto dictado por Garz¨®n el pasado 26 de agosto decretando la suspensi¨®n cautelar de actividades de la formaci¨®n aberzale, ya que en el acuerdo de la mesa figura el sentido de voto de cada uno de sus integrantes.
As¨ª, mientras que los representantes del PNV, EA e IU/EB, que forman la mayor¨ªa de la mesa, acordaron el pasado 3 de octubre no suspender el grupo de Batasuna al entender que el auto de Garz¨®n "menoscaba" la autonom¨ªa organizativa y de funcionamiento del Parlamento, los del PP y del PSE-PSOE se pronunciaron por aplicar la resoluci¨®n judicial.
Seg¨²n las fuentes consultadas, que recuerdan que el art¨ªculo 118 de la constituci¨®n establece la obligatoriedad del cumplimiento de las resoluciones judiciales, la conducta de los parlamentarios vascos podr¨ªa constituir un delito de desobediencia grave a la autoridad judicial.
En este sentido, el art¨ªculo 410 del C¨®digo Penal dice que "las autoridades o funcionarios p¨²blicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales (...) incurrir¨¢n en la pena de multa de tres a 12 meses e inhabilitaci¨®n especial para empleo o cargo p¨²blico por tiempo de seis meses a dos a?os".
Competencia del TSJPV
Si la Fiscal¨ªa se decidiera por esta alternativa, el ¨®rgano encargado de investigar estos hechos ser¨ªa el Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco (TSJPV), dado el car¨¢cter de aforados de los implicados y el hecho de que el delito de desobediencia no es competencia de la Audiencia Nacional.
Una posibilidad m¨¢s remota, que supondr¨ªa que el caso se quedara en este ¨²ltimo tribunal, es que lo sucedido sea considerado como un delito de colaboraci¨®n con banda armada, ya que el juez afirm¨® en su auto que Batasuna "se encuentra integrada en el grupo terrorista dirigido por ETA, habiendo sido creada para complementar su acci¨®n terrorista y hacerla m¨¢s eficaz".
Seg¨²n el acuerdo de la mesa del Parlamento vasco, su decisi¨®n "implica el ejercicio soberano y libre de una competencia propia y sometida siempre al azar de las mayor¨ªas sin que pueda verse en ello ninguna omisi¨®n proscrita por el art¨ªculo 118 de la Constituci¨®n", sobre la obligatoriedad del cumplimiento de las resoluciones judiciales.
Por otra parte, la actuaci¨®n de la Fiscal¨ªa podr¨ªa extenderse, seg¨²n las mismas fuentes, a los miembros de las Juntas Generales de Guip¨²zcoa y de Vizcaya, donde las fuerzas nacionalistas tambi¨¦n son mayor¨ªa y que acordaron asimismo no suspender a Batasuna.
Por contra, los ¨®rganos parlamentarios controlados por el PP y el PSOE, como las Juntas Generales de ?lava o el Parlamento foral de Navarra, s¨ª aplicaron el auto dictado por Garz¨®n.
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