La Audiencia rechaza suspender la condena de Vera mientras se resuelve su indulto
El ex secretario de Estado de Seguridad manifiesta a la SER que su intenci¨®n de ingresar en prisi¨®n en 48 o 72 horas
La Secci¨®n Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid ha decidido que el ex secretario de Estado de Seguridad Rafael Vera ingrese en prisi¨®n sin esperar a que el Gobierno resuelva varias peticiones de indulto que tiene planteadas, entre ellas una que encabeza el ex presidente Felipe Gonz¨¢lez, al no ver probable la Sala que vaya a recibir esta medida de gracia. Aunque puede recurrir esta resoluci¨®n, Vera, condenado a siete a?os de c¨¢rcel por malversaci¨®n de fondos reservados, ha manifestado esta tarde a la Cadena SER que su intenci¨®n es entrar en la c¨¢rcel en las pr¨®ximas 48 ¨® 72 horas.
La Secci¨®n Quinta de la Audiencia Provincial afirma en el auto que no ha lugar a la suspensi¨®n de la ejecuci¨®n de las penas impuestas en sentencia firme a Rafael Vera mientras se tramitan las solicitudes de indulto para ¨¦l, y recuerda que no ha devuelto "nada" de los al menos 666 millones de pesetas (4.002.740,62 euros) sustra¨ªdos. Esta resoluci¨®n puede ser recurrida en s¨²plica ante la misma Sala en plazo de tres d¨ªas, motivo por el cual el tribunal no hace figurar en ella una fecha de presentaci¨®n concreta de Vera sino que lo har¨¢ una vez resuelto el recurso, si lo hay, o cuando transcurra el plazo para ¨¦ste. El auto de la Audiencia fundamenta que la condena que le impuso a Vera la Audiencia de Madrid fue confirmada por el Tribunal Supremo.
A?ade que el art¨ªculo 990 de dicha Ley impone al tribunal al que corresponda la ejecuci¨®n adoptar sin dilaci¨®n las medidas necesarias para que el penado ingrese en el establecimiento penitenciario correspondiente. Agrega que estas reglas tienen una excepci¨®n en lo dispuesto en el C¨®digo Penal para supuestos como ¨¦ste en el que medie solicitud de indulto. No obstante, el C¨®digo limita la aplicaci¨®n de tal excepci¨®n a dos casos, que haya habido dilaciones indebidas en el procedimiento que no hayan sido reparadas y compensadas en el juicio y que de ser ejecutada la sentencia la finalidad del indulto pudiera resultar ilusoria. En cuanto a las dilaciones indebidas, el auto recuerda que tanto la sentencia de la Audiencia como la del Supremo han negado su existencia.
"Por Rafael Vera, nada"
Respecto al otro motivo de excepci¨®n, la Sala explica que "la conducta de Vera consinti¨® en la sustracci¨®n de dinero p¨²blico", "no menos de 666 millones de pesetas (4.002.740,62 euros)" y "el m¨®vil de esa conducta fue el ¨¢nimo de ¨¦l y de los dem¨¢s (en referencia a otros condenados) de enriquecerse". Adem¨¢s, ha sido condenado por estos hechos a penas de siete a?os de prisi¨®n y 18 de inhabilitaci¨®n absoluta. Tambi¨¦n lo ha sido al pago como responsable civil de 645 millones de pesetas (3.876.520 euros). La diferencia respecto a los 666 millones se debe a que las acusaciones olvidaron solicitar su responsabilidad solidaria con otro condenado por importe de 21 millones de pesetas.
La Audiencia explica que de esas cantidades responde con car¨¢cter exclusivo hasta el importe de 141 millones de pesetas (847.427 euros) y de los otros 504 millones de pesetas (3.029.101 euros) responde solidariamente con otros. Asimismo, "de las cantidades sustra¨ªdas han sido devueltas por otro condenado los referidos 21 millones de pesetas y por otros responsables civiles (incluso absueltos) 111 millones de pesetas (167.123,43 euros)", pero "por Rafael Vera nada". Por otra parte, explica que un eventual indulto puede quedar sin contenido por no suspenderse la ejecuci¨®n de la pena por plurales razones y por la experiencia la Sala recoge tres que no ve de aplicaci¨®n al caso. La primera la escasa gravedad del delito y de la pena impuesta, supuesto en el que es aconsejable la suspensi¨®n de la pena, muy particularmente cuando, aunque la probabilidad del indulto no sea elevada, la extensi¨®n de la pena sea inferior a la previsible duraci¨®n de la tramitaci¨®n de la medida de gracia.
Adem¨¢s, que el indulto siquiera parcial sea m¨¢s probable en raz¨®n de las circunstancias que concurren en el hecho y el culpable o por venir propuesto por el propio tribunal sentenciador. Por ¨²ltimo, que el indulto sea probable por existir alguna declaraci¨®n o al menos alguna muestra, gesto o indicio en tal sentido de quien tiene en su mano concederlo, y ninguno de estos supuestos se da en este caso, para la Audiencia. En consecuencia, el tribunal "no encuentra razones para suspender la ejecuci¨®n de las penas impuestas y no puede en el presente caso excepcionar la normal ejecuci¨®n de las penas". Al margen de los tr¨¢mites de la Audiencia, otra de las cuestiones pendientes ahora es que el Tribunal Constitucional (TC) resuelva si admite a tr¨¢mite o no el recurso presentado hoy por Vera. En caso de que lo admita, podr¨ªa resolver sobre la petici¨®n de suspensi¨®n de la ejecuci¨®n de la sentencia mientras se resuelve el recurso.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.