'Manifiesto por una lengua com¨²n'
Documento presentado en el Ateneo de Madrid
Desde hace algunos a?os hay crecientes razones para preocuparse en nuestro pa¨ªs por la situaci¨®n institucional de la lengua castellana, la ¨²nica lengua juntamente oficial y com¨²n de todos los ciudadanos espa?oles. Desde luego, no se trata de una desaz¨®n meramente cultural -nuestro idioma goza de una pujanza envidiable y creciente en el mundo entero, s¨®lo superada por el chino y el ingl¨¦s- sino de una inquietud estrictamente pol¨ªtica: se refiere a su papel como lengua principal de comunicaci¨®n democr¨¢tica en este pa¨ªs, as¨ª como de los derechos educativos y c¨ªvicos de quienes la tienen como lengua materna o la eligen con todo derecho como veh¨ªculo preferente de expresi¨®n, comprensi¨®n y comunicaci¨®n.
Como punto de partida, establezcamos una serie de premisas:
1. Todas las lenguas oficiales en el Estado son igualmente espa?olas y merecedoras de protecci¨®n institucional como patrimonio compartido, pero s¨®lo una de ellas es com¨²n a todos, oficial en todo el territorio nacional y por tanto s¨®lo una de ellas -el castellano- goza del deber constitucional de ser conocida y de la presunci¨®n consecuente de que todos la conocen. Es decir, hay una asimetr¨ªa entre las lenguas espa?olas oficiales, lo cual no implica injusticia (?) de ning¨²n tipo porque en Espa?a hay diversas realidades culturales pero s¨®lo una de ellas es universalmente oficial en nuestro Estado democr¨¢tico. Y contar con una lengua pol¨ªtica com¨²n es una enorme riqueza para la democracia, a¨²n m¨¢s si se trata de una lengua de tanto arraigo hist¨®rico en todo el pa¨ªs y de tanta vigencia en el mundo entero como el castellano.
2. Son los ciudadanos quienes tienen derechos ling¨¹¨ªsticos, no los territorios ni mucho menos las lenguas mismas. O sea: los ciudadanos que hablan cualquiera de las lenguas cooficiales tienen derecho a recibir educaci¨®n y ser atendidos por la administraci¨®n en ella, pero las lenguas no tienen el derecho de conseguir coactivamente hablantes ni a imponerse como prioritarias en educaci¨®n, informaci¨®n, rotulaci¨®n, instituciones, etc... en detrimento del castellano (y mucho menos se puede llamar a semejante atropello ?normalizaci¨®n ling¨¹¨ªstica?).
3. En las comunidades biling¨¹es es un deseo encomiable aspirar a que todos los ciudadanos lleguen a conocer bien la lengua cooficial, junto a la obligaci¨®n de conocer la com¨²n del pa¨ªs (que tambi¨¦n es la com¨²n dentro de esa comunidad, no lo olvidemos). Pero tal aspiraci¨®n puede ser solamente estimulada, no impuesta. Es l¨®gico suponer que siempre habr¨¢ muchos ciudadanos que prefieran desarrollar su vida cotidiana y profesional en castellano, conociendo s¨®lo de la lengua auton¨®mica lo suficiente para convivir cort¨¦smente con los dem¨¢s y disfrutar en lo posible de las manifestaciones culturales en ella. Que ciertas autoridades auton¨®micas anhelen como ideal lograr un m¨¢ximo techo competencial biling¨¹e no justifica decretar la lengua auton¨®mica como veh¨ªculo exclusivo ni primordial de educaci¨®n o de relaciones con la Administraci¨®n p¨²blica. Conviene recordar que este tipo de imposiciones abusivas da?a especialmente las posibilidades laborales o sociales de los m¨¢s desfavorecidos, recortando sus alternativas y su movilidad.
4. Ciertamente, el art¨ªculo tercero, apartado 3, de la Constituci¨®n establece que ?las distintas modalidades ling¨¹¨ªsticas de Espa?a son un patrimonio cultural que ser¨¢ objeto de especial respeto y protecci¨®n?. Nada cabe objetar a esta disposici¨®n tan generosa como justa, proclamada para acabar con las prohibiciones y restricciones que padec¨ªan esas lenguas. Cumplido sobradamente hoy tal objetivo, ser¨ªa un fraude constitucional y una aut¨¦ntica felon¨ªa utilizar tal art¨ªculo para justificar la discriminaci¨®n, marginaci¨®n o minusvaloraci¨®n de los ciudadanos monoling¨¹es en castellano en alguna de las formas antes indicadas.
Por consiguiente los abajo firmantes solicitamos del Parlamento espa?ol una normativa legal del rango adecuado (que en su caso puede exigir una modificaci¨®n constitucional y de algunos estatutos auton¨®micos) para fijar inequ¨ªvocamente los siguientes puntos:
1. La lengua castellana es COMUN Y OFICIAL a todo el territorio nacional, siendo la ¨²nica cuya comprensi¨®n puede serle supuesta a cualquier efecto a todos los ciudadanos espa?oles.
2. Todos los ciudadanos que lo deseen tienen DERECHO A SER EDUCADOS en lengua castellana, sea cual fuere su lengua materna. Las lenguas cooficiales auton¨®micas deben figurar en los planes de estudio de sus respectivas comunidades en diversos grados de oferta, pero nunca como lengua vehicular exclusiva. En cualquier caso, siempre debe quedar garantizado a todos los alumnos el conocimiento final de la lengua com¨²n.
3. En las autonom¨ªas biling¨¹es, cualquier ciudadano espa?ol tiene derecho a ser ATENDIDO INSTITUCIONALMENTE EN LAS DOS LENGUAS OFICIALES. Lo cual implica que en los centros oficiales habr¨¢ siempre personal capacitado para ello, no que todo funcionario deba tener tal capacitaci¨®n. En locales y negocios p¨²blicos no oficiales, la relaci¨®n con la clientela en una o ambas lenguas ser¨¢ discrecional.
4. LA ROTULACION DE LOS EDIFICIOS OFICIALES Y DE LAS VIAS PUBLICAS, las comunicaciones administrativas, la informaci¨®n a la ciudadan¨ªa, etc... en dichas comunidades (o en sus zonas calificadas de biling¨¹es) es recomendable que sean biling¨¹es pero en todo caso nunca podr¨¢n expresarse ¨²nicamente en la lengua auton¨®mica.
5. LOS REPRESENTANTES POLITICOS, tanto de la administraci¨®n central como de las auton¨®micas, utilizar¨¢n habitualmente en sus funciones institucionales de alcance estatal la lengua castellana lo mismo dentro de Espa?a que en el extranjero, salvo en determinadas ocasiones caracter¨ªsticas. En los parlamentos auton¨®micos biling¨¹es podr¨¢n emplear indistintamente, como es natural, cualquiera de las dos lenguas oficiales.
Firmado por Mario Vargas Llosa, Jos¨¦ Antonio Marina, Aurelio Arteta, F¨¦lix de Az¨²a, Albert Boadella, Carlos Castilla del Pino, Luis Alberto de Cuenca, Arcadi Espada, Alberto Gonz¨¢lez Troyano, Antonio Lastra, Carmen Iglesias, Carlos Mart¨ªnez Gorriar¨¢n, Jos¨¦ Luis Pardo, Alvaro Pombo, Ram¨®n Rodr¨ªguez, Jos¨¦ M? Ruiz Soroa, Fernando Savater y Fernando Sosa Wagner.
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