La publicidad de contactos, "l¨ªcita"
La Fiscal¨ªa andaluza considera que est¨¢ amparada por la "libertad de expresi¨®n"
La Fiscal¨ªa Superior de Andaluc¨ªa ha archivado las diligencias informativas abiertas a petici¨®n del Consejo Audiovisual de Andaluc¨ªa que pretend¨ªan dilucidar si los anuncios de contactos sexuales pueden integrarse entre los supuestos de publicidad il¨ªcita. El fiscal mantiene que, al no existir una regulaci¨®n espec¨ªfica de la publicidad espec¨ªfica de la publicidad de contactos sexuales debe considerarse que esta actividad est¨¢, "al menos en principio, amparada por el derecho a la libertad de expresi¨®n e informaci¨®n".
Sin embargo, a?ade que deber¨¢ ser considerada como il¨ªcita "aquella que atente contra la dignidad humana, el derecho a la igualdad de mujeres y hombres o el libre desarrollo de los menores de edad".
Por tanto, concluyen que habr¨ªa que valorar los mensajes publicitarios "caso por caso" y atendiendo a su formato, contenido, horario y medio en el que se difunde y considera "particularmente necesario" que se respeten los horarios de protecci¨®n de menores.
Una variada gama de mensajes
Para el fiscal, entre los anuncios de contactos sexuales se incluyen una variada gama de mensajes publicitarios que abarcan desde aquellos en los que se recoge "una expl¨ªcita oferta de prostituci¨®n, hasta otros en los que se ofrece una relaci¨®n de amistad".
En la legislaci¨®n vigente no hay una regulaci¨®n espec¨ªfica de esta materia, precisa la fiscal¨ªa, que entiende por ello que no puede afirmarse, "con car¨¢cter general", que la publicidad sobre contactos sexuales pueda ser considerada como publicidad il¨ªcita.
Mantiene adem¨¢s que si el pleno del Consejo Audiovisual de Andaluc¨ªa decide cesar o rectificar un anuncio de contactos sexuales constitutivo de publicidad il¨ªcita o prohibida, y pese a ello las televisiones lo siguen emitiendo, cabe la posibilidad de que esa conducta sea considerada constitutiva de un delito de desobediencia grave.
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