La juez atribuye a Fabra un delito de falsedad castigado con hasta seis a?os de c¨¢rcel
Es el primer paso para juzgar al presidente de la Diputaci¨®n Provincial de Castell¨®n
Tras cinco a?os de investigaci¨®n judicial, Mar¨ªa Jos¨¦ Calvo, juez sustituta del juzgado de Nules, ha dictado este lunes un auto de incoaci¨®n de procedimiento abreviado en relaci¨®n con la falsificaci¨®n de documentaci¨®n para la comercializaci¨®n de plaguicidas en Espa?a. La juez incluye entre los responsables de este acto al dirigente popular Carlos Fabra, presidente de la Diputaci¨®n Provincial de Castell¨®n. El PP no ha tomado ninguna medida contra Fabra pese a que, desde hace a?os, est¨¢ imputado no s¨®lo por este delito de falsificaci¨®n, sino por otros relacionados con negociaciones prohibidas a funcionarios, tr¨¢fico de influencias y fraude a la Hacienda P¨²blica.
Fabra, seg¨²n el relato de la juez en el auto de incoaci¨®n de procedimiento abreviado para la apertura de juicio oral, formaba parte de una trama que, "con ¨¢nimo de lucro, falsific¨® cu?os, an¨¢lisis qu¨ªmicos, sellos y firmas present¨¢ndolos, a sabiendas de su falsedad, ante el Ministerio de Agricultura con el fin de agilizar y obtener las autorizaciones" para vender "diversos plaguicidas procedentes de una empresa asi¨¢tica que no reun¨ªan los requisitos legales para su comercializaci¨®n en Espa?a".
Fabra, seg¨²n la investigaci¨®n judicial, lleg¨® incluso a reunirse con altos dirigentes del Gobierno del PP para presionar en el ministerio de Agricultura de manera que se agilizar¨¢n las autorizaciones a favor de Naranjax, una empresa de comercializaci¨®n de fitosanitarios propiedad de la entonces mujer de Fabra, del empresario Vicente Vilar y de su esposa. El relato de la juez se?ala que los sellos falsos fueron remitidos por Fabra al subdelegado del Gobierno en Castell¨®n qui¨¦n, a su vez, los hizo llegar a un alto funcionario del Ministerio de Agricultura.
La juez entiende que estos hechos pueden ser constitutivos de un delito de falsedad documental previsto y penado en el art¨ªculo 390 del c¨®digo Penal ("Ser¨¢ castigado con las penas de prisi¨®n de tres a seis a?os, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitaci¨®n especial por tiempo de dos a seis a?os, la autoridad o funcionario p¨²blico que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad: 1.? Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de car¨¢cter esencial; 2.? Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error ").
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