El TS eleva la pena del joven que en 2006 dej¨® en coma a un guardia urbano con una pedrada
La sentencia del tribunal dice que la acci¨®n delictiva de Rodrigo Andr¨¦s L.H. fue "intencional y querida"
El Tribunal Supremo (TS) ha elevado de cuatro a?os y medio a cinco la pena para Rodrigo Andr¨¦s L.H., que en 2006 dej¨® en coma a un guardia urbano de Barcelona de una pedrada. Seg¨²n la sentencia, Rodrigo Andr¨¦s L.H. actu¨® de manera intencional y querida.
Los hechos ocurrieron el 4 de febrero de 2006 en una fiesta en una casa okupa en la calle Sant Pere m¨¦s Baix del distrito de Ciudat Vella de Barcelona. El joven, junto con otros seis acusados, se dirigi¨® a una patrulla de la Guardia Urbana apostada cerca de la fiesta y les increp¨® al considerarles responsables de que no les dejaran entrar en el local. Posteriormente lanz¨® una piedra a la cabeza del agente, dej¨¢ndole en coma y caus¨¢ndole lesiones que finalmente le dejaron en estado vegetativo.
Seg¨²n la sentencia, a L.H. se le condena por los delitos de lesiones dolosas, lesiones imprudentes y atentado. "La posibilidad de ir a dar con la piedra sobre una de las personas tomadas ileg¨ªtimamente como blanco, incluso golpe¨¢ndole en la cabeza, s¨ª estaba dentro de lo que racionalmente podr¨ªa esperarse -contin¨²a el documento-. La piedra ten¨ªa un volumen apto para conferirle un particular potencial lesivo, que es lo que la convierte en medio peligroso".
El tribunal tambi¨¦n eleva la condena por lesiones dolosas a Alex C.A. y Juan Daniel P.G., de tres a?os y tres meses a tres a?os y seis meses . Seg¨²n la sentencia, hubo un "acometimiento conjunto" de la agresi¨®n, y que, adem¨¢s Alex C.A. lanz¨® una piedra sobre el agente lesionado cuando estaba en el suelo.
Adem¨¢s, los imputados Silvia R.O, Heike B., Jordi M.G. y Alejandro C. de R. deber¨¢n pagar menos cantidad de costas procesales porque el Alto Tribunal entiende que no tuvieron la misma responsabilidad que los otros.
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