El Tribunal de Luxemburgo examina la aplicaci¨®n del canon digital en Espa?a
Los jueces espa?oles preguntan si el gravamen debe ir ligado al presumible uso de los equipos para hacer una copia privada
El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea con sede en Luxemburgo ha celebrado este jueves la vista sobre la petici¨®n de una decisi¨®n prejudicial por parte de la Audiencia de Barcelona sobre la interpretaci¨®n de la "compensaci¨®n equitativa" relativa a los derechos de autor en la sociedad de la informaci¨®n.
La "compensaci¨®n equitativa", que figura la Directiva comunitaria, 2001/29, tiene por objeto que los titulares de los derechos de autor reciban una compensaci¨®n por las reproducciones en cualquier soporte efectuadas por una persona f¨ªsica para uso privado y sin fines comerciales. Espa?a adapt¨® la ley de propiedad intelectual a esta directiva en 2006 estableciendo la compensaci¨®n equitativa en forma de gravamen o canon sobre los equipos, aparatos y materiales de reproducci¨®n digital.
Los magistrados de Barcelona plantearon la cuesti¨®n prejudicial en el marco del litigio entre la Sociedad General de Autores (SGAE) y la sociedad Padawan SL, en relaci¨®n al "canon por copia privada", adeudado por dicha sociedad por los CD-R, los CD-RW, los DVD-R y los aparatos MP3 que comercializa. En sustancia es un litigio promovido por la SGAE reclamando el importe del "canon por copia privada" a la sociedad Padawan SL, que en 2007 fue condenada en primera instancia al pago de 16.759,25 euros m¨¢s los intereses.
La Audiencia de Barcelona pregunta a los jueces de Luxemburgo si en los casos en que un Estado miembro opta por un sistema de gravamen o canon, este debe ir necesariamente ligado al presumible uso de los equipos y materiales para realizar reproducciones para copia privada. Tambi¨¦n preguntan "si es conforme al concepto de compensaci¨®n equitativa la aplicaci¨®n indiscriminada del referido cano a empresas y profesionales que claramente adquieren los aparatos y soportes de reproducci¨®n digital para finalidades ajenas a la copia privada".
La sociedad Padawan sostiene que la aplicaci¨®n del canon contra¨ªa la directiva en la medida en que se aplica a todos los equipos de reproducci¨®n digital con independencia de que se utilicen para hacer copias para uso privado.
El Estado espa?ol solicita que se declare la inadmisibilidad de la remisi¨®n prejudicial y en todo caso se declare la compatibilidad de la legislaci¨®n espa?ola con la directiva europea "al preverse en la normativa interna excepciones". La Comisi¨®n Europea, por su parte, sostiene que "los Estados miembros son libres de determinar, tanto las modalidades de financiaci¨®n de la misma (la compensaci¨®n equitativa) como en caso de optar por la financiaci¨®n a trav¨¦s de un gravamen, los par¨¢metros de dicho gravamen, siempre dentro de los l¨ªmites impuestos por el derecho comunitario, y en particular, del respeto de las libertades fundamentales y de los principios generales del derecho comunitario".
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