68.000 euros por confundir un infarto con un problema g¨¢strico
El Tribunal Superior de Justicia de catalu?a condena a la Generalitat por la muerte de un paciente de Deltebre
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha condenado a la Generalitat a indemnizar con unos 68.000 euros a la familia de un hombre que falleci¨® por un infarto tras ser diagnosticado d¨ªas antes con un problema g¨¢strico. La v¨ªctima padec¨ªa s¨ªntomas de un posible infarto de miocardio, lo que le acab¨® provocando la muerte. El diagn¨®stico que le realizaron en el Centro de Atenci¨®n Primaria (CAP) de Deltebre, sin embargo, omiti¨® la prueba del electrocardiograma que habr¨ªa detectado la dolencia. Por ello el TSJC estima que ese diagn¨®stico fue incompleto y condena a la Generalitat a indemnizar a la familia del fallecido por este error m¨¦dico.
La v¨ªctima, Juan Manuel V. A., acudi¨® al CAP en verano de 2005 tras sufrir una fuerte presi¨®n en la zona estomacal y en ambos brazos. La m¨¦dica que le atendi¨® detect¨® que en el historial del paciente figuraban antiguas dolencias relacionadas con hemorragias digestivas. Luego estim¨® que no era necesaria ninguna prueba para realizar el diagn¨®stico: le suministr¨® dos inyecciones, le recept¨® un analg¨¦sico y una pastilla para el dolor estomacal y el paciente mejor¨® por unas horas.
Al d¨ªa siguiente, el paciente volvi¨® a sentir dolor y regres¨® al CAP. Esa vez, el m¨¦dico que lo atendi¨® lo deriv¨® directamente al hospital Verge de la Cinta de Tortosa. All¨ª los m¨¦dicos le ingresaron de inmediato: el coraz¨®n del paciente solo funcionaba al 35% de su capacidad y ten¨ªa los pulmones inundados porque el infarto hab¨ªa empezado el d¨ªa anterior, explicaron los m¨¦dicos a la familia del fallecido. Este mejor¨® y fue dado de alta al d¨ªa siguiente. Dos d¨ªas despu¨¦s, sin embargo, empeor¨® fat¨ªdicamente, fue ingresado de urgencias al mismo hospital y falleci¨® un d¨ªa despu¨¦s.
Negligencia m¨¦dica
El TSJC concluye que el error de diagn¨®stico fue una de las causas de la muerte de la v¨ªctima, pero no la ¨²nica. Por ello ha rechazado las exigencias de la familia, que reclamaban unos 150.000 euros de indemnizaci¨®n.
La Generalitat aleg¨® que el fallecido fum¨® habitualmente durante gran parte de su vida, lo que empeor¨® el infarto caus¨¢ndole la muerte. Tambi¨¦n se?alaron que la v¨ªctima ten¨ªa antecedentes por patolog¨ªas digestivas, como estim¨® la m¨¦dica, por lo que el mal diagn¨®stico no puede considerarse una negligencia m¨¦dica.
El TSJC rechaz¨® la argumentaci¨®n de la defensa y dio la razon a los familiares del fallecido, aunque ha reducido la indemnizaci¨®n que reclamaban aproximadamente a la mitad.
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