Reducida a la mitad las penas a los terroristas isl¨¢micos que quer¨ªan volar el metro de Barcelona
El Tribunal Supremo justifica la rebaja por el car¨¢cter "embrionario" del plan
El Tribunal Supremo ha reducido sensiblemente las penas impuestas por la Audiencia Nacional a los terroristas isl¨¢micos que pretend¨ªan atentar con explosivos en el metro de Barcelona, en enero de 2008, mediante un supuesto ataque suicida. Para la generalidad de los acusados reduce sus codenas por pertenencia a grupo terrorista isl¨¢mico de 8 a?os y medio a seis a?os, y a los dos principales implicados. Qadeer Malik y Shaib Iqbal, les absuelve del delito de tenencia de explosivos, dejando sus condenas de 14 a?os y seis meses reducidas a seis a?os de c¨¢rcel.
El Supremo condena a Maroof Ahmed Mirza a ocho a?os de prisi¨®n por pertenencia a grupo terrorista y a Aqeel Uhr Rehman Abbasi, Muhammed Ayub Elhai Bibi, Abdul Hafeez Ahmed, Mohamed Shoaib, Muhammad Tarik, Mehmooh Khalid, Shaib Iqbal, Roshan Jamal Khan, Imran Cheema y Qaader Malik a seis a?os de prisi¨®n, tambi¨¦n por pertenencia grupo terrorista.
Entre finales de 2007 y principios del a?o 2008 un grupo de personas de origen pakistan¨ª e indio, de religi¨®n musulmana, residentes en Barcelona, decidieron atentar con explosivos en el metro de Barcelona para provocar un elevado n¨²mero de v¨ªctimas, siguiendo los postulados del l¨ªder talib¨¢n Baitullah Mehsud, vinculado a AlQaeda. As¨ª, fueron llegando a Barcelona personas vinc ualdas a la misma organizaci¨®n que contactaban en la mezquita Tariq Bin Ziyad, sita en de la calle Hospital de Barcelona, donde todos acostumbraban a reunirse.
Consiguieron cierto n¨²mero de bengalas, de uso pirot¨¦cnico, y empezaron a extraer la nitrocelulosa que conten¨ªan y adem¨¢s adquirieron varios minuteros, que pudiesen servir como temporizadores, que fueron extrayendo de sus carcasas. Tambi¨¦n consiguieron balines de plomo, para actuar como metralla.
El 18 de enero de 2008 se reunieron en otra mezquita de la calle Ma?anet ocho de los integrantes del comando, preparados para pasar all¨ª la noche en sacos de dormir, pero sobre las 22,50 la Guardia Civil los detuvo. D¨ªas antes, uno de ellos, que no se resignaba a ser terrorista suicida, hab¨ªa llamado a Francia, a una persona vinculada a la polic¨ªa francesa, pidiendo ayuda.
El Supremo considera "insuficiente" la motivaci¨®n de la Audiencia Nacional cuando impone las penas atendiendo a "la gravedad de los hechos, derivada de la enorme peligrosidad de esta organizaci¨®n, evidenciada en la acci¨®n proyectada y las grav¨ªsimas consecuencias que hubiese podido generar, en el pa¨ªs que ha dado acogida a los acusados, a lo que se a?ade el uso de instituciones religiosas como cobertura".
Para el Supremo, "la gravedad de los hechos ya es tenida en cuenta por el legislador" en el C¨®digo Penal, y "la acci¨®n proyectada estaba en una fase tan embrionaria que la propia sentencia absolvi¨® del delito de conspiraci¨®n para delinquir".
El alto tribunal a?ade que en el relato de los hechos no se recoge el tiempo de residencia de los acusados en Espa?a, si bien se infiere que al menos cuatro de ellos, Mohamed Shoaib, Miran Cheema, Mehmooh Khalid y Aqeel Uhr Rehman Abbasi acababan de llegar. En cuanto al uso de instituciones religiosas, "es connatural con el terrorismo isl¨¢mico en el que las doctrinas religiosas integristas y fan¨¢ticas constituyen uno de sus componentes". En suma, frente a la "exasperaci¨®n punitiva" de la Audiencia Nacional, reduce las penas por pertenencia al m¨ªnimo legal de seis a?os.
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