El TSJM exculpa a la ¨²nica mujer condenada en la muerte del narco Le¨®nidas Vargas
Los magistrados no hallan responsabilidad penal en la actuaci¨®n de la mujer
La puesta en libertad el pasado 31 de octubre de Yuli Carolina Oliveros Rojas, la ¨²nica mujer condenada por la muerte del narcotraficante Le¨®nidas Vargas ocurrida el 8 de enero de 2009 en el hospital Doce de Octubre, ya dejaba entrever que los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) no ve¨ªan responsabilidad penal en su actuaci¨®n. Y as¨ª lo ha confirmado la sentencia firmada por los tres jueces y que ha sido publicada hoy.
Los magistrados de la Sala Civil y Penal, con la presidencia de Francisco Javier Vieira, han sentenciado que Yuli Carolina solo se encarg¨® de poner en contacto a Jos¨¦ Jonathan Fajardo Ospina, el supuesto dirigente de una oficina de cobro encargada de contratar sicarios, y a Jonathan Andr¨¦s Ortiz, el autor material de los disparos que mataron a Le¨®nidas Vargas en la habitaci¨®n 543 del hospital: "Ha quedado probado que la apelante no sab¨ªa que Fajardo Ospina encargaba a Andr¨¦s Ortiz dar muerte a una persona y que, por eso mismo, no hay en la causa datos suficientes para estimar que la acusada referida pudiera representarse que se preparaba la muerte de una persona", afirman los magistrados en su fallo, que consta de 40 folios. "No hay por tanto la concurrencia acreditada y probada de los requisitos exigidos para la concurrencia de una participaci¨®n como cooperadora necesaria a t¨ªtulo de dolo eventual en la muerte", concluyen los jueces, de cuyo fallo ha sido ponente Jos¨¦ Manuel Su¨¢rez Robledano. En su opini¨®n, el pago del billete a Ortiz y la mera puesta en contacto de ambas personas no suponen un conocimiento suficiente de "los preparativos encaminados a matar a una persona".
Los magistrados han mantenido las condenas para los seis condenados restantes, ya que entienden que no se ha producido ninguna vulneraci¨®n de los requisitos que marca la Ley del Jurado ni vulneraci¨®n de los derechos fundamentales. Tan solo anulan la responsabilidad civil para Andrei Alexander Cadar. Este rumano fue el encargado de deshacerse del arma homicida tir¨¢ndola a un r¨ªo. Por ello cobr¨® 1.000 euros. Los jueces se basan en el art¨ªculo 116 del C¨®digo Penal, que proh¨ªbe que a un encubridor (como es su caso) se le haga extensible la indemnizaci¨®n por un delito. "No habiendo intervenido directa o indirectamente, como autor o c¨®mplice en la causaci¨®n del asesinato ocurrido, su responsabilidad civil derivar¨ªa de la propia actividad de encubridor, sin que de ella se haya deducido o se infiera indemnizaci¨®n procedente alguna", alegan los ponentes.
La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de casaci¨®n ante la sala 2? de lo Penal del Tribunal Supremo.
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