El olvido de la memoria
Con la sentencia de Garz¨®n se cierra el paso a cualquier intento judicial de establecer la verdad y de reparar a las v¨ªctimas
Baltasar Garz¨®n ha sido absuelto por su intento de investigar las atrocidades acaecidas durante la Guerra Civil y la postguerra. La noticia me produce una amarga alegr¨ªa y la amargura se impone por varias razones: la declaraci¨®n de inocencia tendr¨ªa que haberse producido desde el principio, con inadmisi¨®n de la querella y evitando un procedimiento que ha estado cuajado de errores judiciales, que llev¨® a la suspensi¨®n cautelar del juez, que exhibi¨® una obscena complicidad entre el instructor y la acusaci¨®n y que ningune¨® una y otra vez las voces muy autorizadas del fiscal y de la defensa. Por otro lado, la absoluci¨®n de Garz¨®n va unida a la ¡°condena¡± de los que buscan verdad, justicia y reparaci¨®n. Me explico: en la sentencia se dice que Garz¨®n se equivoc¨® ¡ªaunque no prevaric¨®¡ª y que su investigaci¨®n estaba impedida por la Ley de Amnist¨ªa, por la irretroactividad de la ley penal y por la prescripci¨®n de los cr¨ªmenes del franquismo. Lo anterior supone que ning¨²n otro juez podr¨¢ seguir el camino de Garz¨®n, porque cualquiera que lo haga estar¨¢ haciendo una interpretaci¨®n y aplicaci¨®n err¨®neas de la ley por contravenir la amnist¨ªa, la irretroactividad y la prescripci¨®n. Ya no hay que buscar al juez competente porque ninguno podr¨¢ evitar aquellos impedimentos.
Se cierra as¨ª el paso a cualquier intento judicial de establecer la verdad y de reparar a las v¨ªctimas. Cierto es que la impunidad ¡°de hecho¡± empez¨® a consolidarse hace a?os, cuando el transcurso de los hechos ya dificultaba la identificaci¨®n de responsables vivos y cuando los testigos fueron desapareciendo; ahora, la sentencia del Tribunal Supremo ha blindado la impunidad jur¨ªdica.
Ganada la impunidad en Espa?a, se abre la v¨ªa a la Justicia argentina que podr¨¢ investigar los hechos sin el obst¨¢culo que hubiese supuesto una acci¨®n de nuestros Tribunales. Es decir, lo que la Justicia espa?ola no ha hecho frente a criminales espa?oles con v¨ªctimas espa?olas y por delitos cometidos en nuestro suelo, podr¨¢ hacerse en Argentina por aplicaci¨®n del principio de Justicia Universal. Ese principio se basa en la idea de que las m¨¢s graves violaciones de derechos humanos han de ser perseguidas, investigadas y juzgadas en todo caso y que, ante la negativa o imposibilidad de juzgar del Estado territorialmente competente, ha de encontrarse un juez fuera que lo haga para evitar la impunidad. Puede que funcione y que Argentina sea capaz de dar tutela efectiva a los espa?oles que todav¨ªa buscan el cuerpo de su abuelo o que quieren saber qui¨¦n mato a su madre y por qu¨¦; pero deber¨ªa darnos que pensar el hecho de que la ¨²nica posibilidad de encontrar amparo judicial sea ir a buscarlo fuera de Espa?a.
Puede que Argentina sea capaz de dar tutela efectiva a los espa?oles que todav¨ªa buscan el cuerpo de su abuelo
Tras la sentencia que absuelve a Garz¨®n y ¡°condena¡± a la Memoria, puede afirmarse que hoy en Espa?a la ¨²nica opci¨®n legal para encontrar verdad y reparaci¨®n es la que suministra la Ley de Memoria Hist¨®rica. La respuesta de esta Ley es insuficiente y contraria al Derecho Internacional; adem¨¢s, consagra el silencio y el olvido colectivos y solo oferta a las v¨ªctimas y a sus familiares una especie de beneficencia o subvenci¨®n para buscar su verdad y su reparaci¨®n individual. Aqu¨ª es donde debe verse el gran obst¨¢culo para recuperar la Memoria Hist¨®rica y no tanto en la Ley de Amnist¨ªa de 1977, tan criticada en los ¨²ltimos a?os al considerarla el impedimento principal de cualquier persecuci¨®n de los hechos criminales de la Guerra Civil y de la victoria que sigui¨®.
No puedo compartir algunas de esas cr¨ªticas. La Ley de Amnist¨ªa del 77 no fue un autoindulto o una autoamnist¨ªa equiparable a los que en otros pa¨ªses se otorgaron a s¨ª mismos genocidas y dictadores. Nuestra Ley fue votada en Cortes por muchos, incluida la oposici¨®n antifranquista, y fue fruto de un pacto encaminado a transitar a la democracia. Cierto es que ese pacto hoy lo percibimos como injusto y asim¨¦trico y realmente as¨ª fue: unos pusieron muy poco para seguir conserv¨¢ndolo todo, y otros pusieron mucho para conseguir muy poco, dej¨¢ndose en el camino el recuerdo del sufrimiento y aceptando un silencio que hoy sigue pesando. No fue justo, pero probablemente no hab¨ªa otra opci¨®n en aquel convulso 1977 donde todo estaba todav¨ªa por ganar. Por eso creo que deber¨ªa cesar la demonizaci¨®n de la Ley de Amnist¨ªa y deber¨ªa reconocerse la legitimidad de los que la hicieron posible; legitimidad que les ven¨ªa a muchos de ser ellos los que hab¨ªan puesto un n¨²mero muy grande de muertos, represaliados, desaparecidos y exiliados; basta pensar, por ejemplo, en el Partido Comunista.
Por otro lado, que nadie se enga?e: la Ley de Amnist¨ªa no ha sido la ¨²nica raz¨®n por la que se ha impedido que la Justicia espa?ola ¡ªy Garz¨®n en concreto¡ª act¨²e; hay m¨¢s razones en la sentencia del Tribunal Supremo: la irretroactividad y la prescripci¨®n.
Deber¨ªa cesar la demonizaci¨®n de la Ley de Amnist¨ªa y deber¨ªa reconocerse la legitimidad de los que la hicieron posible
Creo que hoy las cr¨ªticas han de dirigirse contra la ley de la Memoria Hist¨®rica aprobada en 2007, en un contexto hist¨®rico y pol¨ªtico que ya lo habr¨ªa querido para ellos los art¨ªfices de la Ley de Amnist¨ªa. Tambi¨¦n en 2007, poco antes, Espa?a firm¨® la Convenci¨®n de Naciones Unidas contra la Desaparici¨®n Forzada en la que se establece el derecho a conocer la verdad para toda v¨ªctima que sufre por la desaparici¨®n de otro. ¡°Tener derecho¡± a algo quiere decir que el Estado ha de poner todos los medios para garantizar el contenido del derecho y no, simplemente, que el Estado puede ayudarte si se lo pides. La Ley de Memoria Hist¨®rica no garantiza el derecho a la verdad, simplemente permite a los particulares ejercerlo privadamente con alguna subvenci¨®n y sin pretensiones de crear una memoria colectiva. En este sentido puede afirmarse que nuestra Ley es contraria a la Convenci¨®n de Desaparici¨®n Forzada.
Por otro lado, falta en la Ley de 2007 un m¨ªnimo que creo era exigible: la anulaci¨®n de todas las sentencias dictadas durante la Guerra y la Dictadura por razones pol¨ªticas; se declara su ilegitimidad, pero no se anulan, es decir no se les priva de realidad jur¨ªdica. La declaraci¨®n de ilegitimidad no es suficiente porque supone decir, por ejemplo, que el abuelo fue condenado por ser republicano o concejal socialista, que la condena es hoy todav¨ªa v¨¢lida, o sea, que el abuelo es un delincuente, pero que esa condena es injusta; por el contrario, una declaraci¨®n de nulidad supondr¨ªa decir que el abuelo nunca fue un delincuente. Les parecer¨¢ un peque?o matiz, pero es m¨¢s: es la diferencia entre olvidar el pasado sin sanarlo y restablecer la dignidad.
La Ley de la Memoria Hist¨®rica no se ha propuesto reconstruir la verdad hist¨®rica, ni honrar a las v¨ªctimas colectivamente, ni recuperar todos los cuerpos de las cunetas, ni resarcir a los que hoy todav¨ªa siguen sufriendo; no habr¨¢ memoriales, ni Comisiones de la Verdad; el Estado no se har¨¢ responsable de recuperar la Memoria. Si a lo anterior se suma la impunidad f¨¢ctica y jur¨ªdica ya consolidada, entonces el resultado es el silencio como ¨²nica opci¨®n legal de lo colectivo y la subvenci¨®n para alg¨²n inter¨¦s privado.
?Es esto todo lo que se ha conseguido despu¨¦s de 37 a?os? Eso parece: las v¨ªctimas que hoy siguen reclamando justicia, verdad y reparaci¨®n penden de un hilo y la Memoria est¨¢ condenada al olvido.
Araceli Manj¨®n-Cabeza Olmeda es profesora titular de Derecho Penal de la Universidad Complutense de Madrid.
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