¡®Lifting¡¯ constitucional
La Carta Magna necesita un cambio que intensifique la referencia a la Uni¨®n Europea, acabe con la prelaci¨®n del var¨®n sobre la mujer en la sucesi¨®n a la Corona y blinde la independencia del Consejo del Poder Judicial
Andamos estos d¨ªas los constitucionalistas muy ocupados atendiendo a los medios de comunicaci¨®n que nos interrogan sobre si consideramos imprescindible una reforma constitucional para lograr, como ha pedido el Rey, una "actualizaci¨®n de los acuerdos de convivencia". Preguntarle a un constitucionalista si hace falta reformar la Constituci¨®n es como preguntarle a un cirujano pl¨¢stico si la cara de una persona de treinta y cinco a?os puede mejorarse, as¨ª que mi respuesta autom¨¢tica es: por supuesto que s¨ª. No cabe duda de que hay bastantes apartados que necesitan modernizarse para que la Constituci¨®n pueda mantener su lozan¨ªa y seguir siendo fiel a s¨ª misma. Por ejemplo, habr¨ªa que hacer una referencia a la Uni¨®n Europea en un lugar de honor y no de refil¨®n como est¨¢ ahora en el art¨ªculo 135; acabar con la preferencia del var¨®n sobre la mujer en la sucesi¨®n a la Corona; garantizar la independencia del Consejo General del Poder Judicial; suprimir toda la grasa de los art¨ªculos sobre la creaci¨®n de las Comunidades Aut¨®nomas, normas de derecho transitorio ya sin ninguna funci¨®n; desarrollar la definici¨®n del Senado como "c¨¢mara de representaci¨®n territorial" y mejorar otras arrugas parecidas.
Si, avanzando un paso m¨¢s, me animara a dar mi personal opini¨®n de ciudadano con ciertas convicciones pol¨ªticas, saliendo del papel del especialista que solo quiere resaltar la belleza del paciente, entonces ir¨ªa a un cambio mucho m¨¢s profundo de la Constituci¨®n de 1978, que podr¨ªa ilustrar con comparaciones, como dicen que se suele hacer en la cirug¨ªa est¨¦tica: me gustar¨ªa una rep¨²blica laica, como la francesa; una democracia participativa como la suiza, un Estado social como el sueco...
Sin embargo, pens¨¢ndolo mejor y diciendo ¡ªcon Paul Val¨¦ry¡ª que yo no soy siempre de mi misma opini¨®n, me parece que hay una tercera perspectiva m¨¢s adecuada para contestar a la pregunta de moda para todos los que nos dedicamos al Derecho Constitucional, evitando tanto partir del an¨¢lisis t¨¦cnico de la Ley Fundamental, como de las convicciones personales de cada uno. Consiste en localizar los problemas de Espa?a y pensar si cambiar la Constituci¨®n puede ayudar a resolverlos. Y el primer problema espa?ol ¡ªsi las encuestas de opini¨®n no mienten¡ª es el paro, para el que me temo que pocas recetas podemos ofrecer los constitucionalistas, m¨¢s all¨¢ de las que ya contienen nuestra Constituci¨®n econ¨®mica: derecho a elegir profesi¨®n y a una remuneraci¨®n suficiente, libertad de empresa, seguridad social, negociaci¨®n colectiva, etc. Quiz¨¢s podr¨ªamos pensar en incluir el derecho a una renta b¨¢sica universal o alguna propuesta similar, pero se trata de una medida que puede adoptarse perfectamente por ley y que, adem¨¢s, est¨¢ lejos de contar con el consenso de los economistas y de los partidos.
Problemas como el paro y la corrupci¨®n pueden solucionarse con pol¨ªticas ordinarias
Precisamente, observo en algunas propuestas de reforma constitucional cierto olvido de la diferencia ¡ªque ha explicado con claridad ejemplar Ralf Dahrendorf¡ª entre la pol¨ªtica constitucional, que debe ser hecha por consenso porque fija las reglas de un sistema pol¨ªtico democr¨¢tico, y la pol¨ªtica ordinaria, donde es suficiente la mayor¨ªa. La Constituci¨®n tiene que ser un marco jur¨ªdico que permita gobernar tanto a la derecha como a la izquierda. Ese marco com¨²n se logr¨® en 1978 y no creo que sea raz¨®n para alterarlo que las leyes ordinarias reflejen hoy m¨¢s la ideolog¨ªa de un lado que del otro. Por eso, me parecen err¨®neas las cr¨ªticas ¡ªpor m¨¢s que vengan de constitucionalistas de prestigio¡ª que consideran que la Constituci¨®n, anta?o progresista, ha devenido hoy conservadora: si fuera cierto que el sistema pol¨ªtico espa?ol lleva muchos a?os virado a la derecha, ser¨¢ culpa de los gobiernos, especialmente de los llamados socialistas, pero no del texto constitucional. Con ¨¦l, Izquierda Unida podr¨ªa gobernar perfectamente, como demuestra que en tiempos no tan lejanos buena parte del vibrante discurso de Julio Anguita se apoyaba en exigir el cumplimiento de la Constituci¨®n.
Tampoco me parece que haya que cambiar la Constituci¨®n para combatir la corrupci¨®n, el segundo problema espa?ol, seg¨²n el ¨²ltimo Bar¨®metro del CIS. Todas las propuestas normativas que he le¨ªdo para luchar contra ella tienen perfecta cabida en la legislaci¨®n ordinaria: castigar con m¨¢s dureza la prevaricaci¨®n, reforzar las competencias del Tribunal de Cuentas, incrementar la transparencia de las instituciones, prohibir los indultos, etc. De todas ellas, la medida que pienso que puede ser m¨¢s eficaz en estos momentos es una que no es tanto sustantiva, como organizativa: que el Gobierno atienda la petici¨®n que le hicieron los jueces decanos el pasado mes de diciembre ¡ªy este mes de enero han repetido 200 fiscales en su ¨¢mbito¡ª de incrementar los medios para tramitar con celeridad los 1.700 sumarios abiertos en Espa?a por casos de corrupci¨®n. Si acaso, se le puede a?adir la siempre reclamada y nunca conseguida medida de reforzar la independencia de los fiscales. Y desde luego, usar el voto ciudadano para echar de las instituciones a los partidos poco colaboradores en la lucha contra esta plaga.
El tercer problema de Espa?a y, sin duda, su gran problema pol¨ªtico actual, es la voluntad independentista del Gobierno catal¨¢n y de parte de la sociedad catalana. Como han dicho los padres constitucionales Miguel Herrero de Mi?¨®n y Miquel Roca, se trata de un problema pol¨ªtico que solo puede resolverse en ese campo, para buscar luego su encaje jur¨ªdico. Desde luego, si el Gobierno central aceptara el reto independentista, como en su momento hicieron Canad¨¢ y el Reino Unido, creo que la Constituci¨®n no ser¨ªa obst¨¢culo para realizar el refer¨¦ndum, como he defendido aqu¨ª en otra ocasi¨®n con m¨¢s detenimiento. Si, por el contrario, la Generalitat avanzara en su desaf¨ªo y convocara por su cuenta y riesgo una "consulta", la Constituci¨®n tambi¨¦n ofrece herramientas para impedirlo: impugnaci¨®n de la convocatoria ante el Constitucional, lo que autom¨¢ticamente supone su suspensi¨®n y, si la Generalitat se empecinara en celebrarlo, uso de las medidas coactivas que permite el art¨ªculo 155 de la Constituci¨®n. Si esa es una opci¨®n capaz de resolver el problema, cosa que dudo, depender¨¢ mucho m¨¢s de factores pol¨ªticos, sociales y econ¨®micos externos a la Norma Fundamental que de ella misma.
En medio, cabe imaginar que en alg¨²n momento pueda conseguirse un pacto para encajar las aspiraciones catalanistas en el Estado espa?ol. Entonces s¨ª que creo que ser¨ªa indispensable reformar la Constituci¨®n y no buscar una forzada mutaci¨®n constitucional, como se pretendi¨® en 2006 con el Estatut, con el desafortunado desenlace que todos conocemos. No acabo de estar seguro de que en ese caso la mejor f¨®rmula sea el Estado federal por dos razones: porque en un momento en que las Comunidades no andan sobradas de prestigio, la sociedad espa?ola no parece inclinada a darle m¨¢s competencias, m¨¢s bien al contrario; y porque supone repartir caf¨¦ para todos cuando solo unos pocos lo quieren. En mi opini¨®n, la v¨ªa que habr¨ªa que explorar ser¨ªa la de buscar un encaje constitucional espec¨ªfico para Catalu?a.
Si el Gobierno acepta el reto independentista, la Constituci¨®n no impedir¨ªa un refer¨¦ndum
Algo de eso hab¨ªa ya en el texto original de la Constituci¨®n de 1978 cuando ofrec¨ªa dos soluciones para dos problemas: una autonom¨ªa muy amplia para integrar a las nacionalidades y una m¨¢s reducida para organizar a las regiones. Esta l¨®gica de la dualidad fue luego mutada en los Acuerdos Auton¨®micos de 1981 en una l¨®gica de la homogeneidad. Pasqual Maragall intent¨® en la d¨¦cada del 2000 lo que el mismo consider¨® una vuelta a los or¨ªgenes, aunque por la v¨ªa inadecuada de aprobar un Estatuto poco respetuoso con la Constituci¨®n. Ahora el PSC ha propuesto introducir en la Constituci¨®n una nueva disposici¨®n adicional que se?ale esa posici¨®n especial de Catalu?a; pero hasta el propio Rubalcaba ha rechazado esa propuesta con unas prisas que m¨¢s parecen responder a una estrategia interna y electoral que a considerarla una salida equivocada al laberinto catal¨¢n.
Hist¨®ricamente siempre ha habido poderosas fuerzas que se han negado a que se singularizara Catalu?a en la Constituci¨®n: desde Ortega y Gasset con sus brillantes discursos en 1931 hasta los poderes f¨¢cticos en 1978. Y ahora, me temo que igualmente habr¨¢ mucha gente en contra, incluidos amigos m¨ªos que considerar¨¢n un dislate que un andaluz pueda estar a favor de atribuir privilegios a Catalu?a. L¨®gicamente no pretendo eso, sino que la Constituci¨®n reconozca una voluntad de autogobierno y unos hechos diferenciales que Andaluc¨ªa no tiene. Si Navarra, el Pa¨ªs Vasco y Canarias tienen sus propias disposiciones adicionales ?tan disparatado ser¨ªa una para Catalu?a?
Agust¨ªn Ruiz Robledo es catedr¨¢tico de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada.
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