Ley del aborto: una reforma 'ideol¨®gica'
Los embarazos interrumpidos apenas disminuir¨¢n, pero muchos ser¨¢n peores
En un art¨ªculo publicado en este mismo peri¨®dico, Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz Soroa (?Y c¨®mo se hacen las leyes?, 15-1-2014) negaba sustancia cr¨ªtica a la calificaci¨®n como ¡°ideol¨®gica¡± de la reforma del aborto propuesta por el Gobierno, por entender, precisamente, que un asunto de este tipo involucra ideas y valores que impiden un tratamiento meramente t¨¦cnico o pragm¨¢tico. Sin embargo, olvida que el t¨¦rmino ¡°ide¨®logo¡± fue acu?ado por Napole¨®n con una intenci¨®n peyorativa, en referencia con ciertas personas carentes de todo sentido pr¨¢ctico, y posteriormente generalizado para designar la antinatural misi¨®n ocultadora y evasiva que el pensamiento humano puede cumplir. Es en este doble sentido en el que la reforma es ideol¨®gica.
Para demostrarlo, podemos invocar como apoyo otro tema bastante pr¨®ximo: ?sabe el lector por qu¨¦ en la mayor parte de los pa¨ªses desarrollados se despenaliz¨® el intento de suicidio? El suicidio consumado no puede ser castigado, obviamente, y la cooperaci¨®n al suicidio sigue siendo un delito en todo el mundo (al margen de los supuestos de eutanasia activa all¨ª donde se permite). Pero si la cooperaci¨®n es un delito, ?por qu¨¦ no la tentativa? No parece muy l¨®gico. Existe ah¨ª un reproche moral y social que deber¨ªa alcanzar al mismo autor. No es de extra?ar que hasta hace poco se penalizase en Occidente y todav¨ªa hoy en muchos pa¨ªses del mundo.
Si se dej¨® de castigar no fue porque se pasase de la noche a la ma?ana a considerar el intento de suicidio como una manifestaci¨®n de la libre voluntad individual en la que nadie debe entrometerse; es decir, como un derecho subjetivo individual. En absoluto, la mayor parte de los Estados no reconocen tal derecho, y lo prueba el que la asistencia por tercero siga siendo penada en casi todos los casos. La despenalizaci¨®n se debi¨® una raz¨®n pr¨¢ctica de lo m¨¢s prosaica: castigar el intento de suicidio incentivaba el suicidio. No ten¨ªa mucho sentido intentar recuperar psicol¨®gicamente al suicida frustrado por la v¨ªa de convencerle de que la vida no era tan dura como imaginaba, cuando afuera estaban esperando dos guardias para llevarle a la c¨¢rcel. As¨ª solo se consegu¨ªa que el suicida que fracasaba siguiese intent¨¢ndolo para pasar r¨¢pidamente de la condici¨®n de ¡°frustrado¡± a la de ¡°consumado¡±.
Los legisladores de los pa¨ªses desarrollados comprendieron que mantener el principio moral a rajatabla les dejaba a ellos con la conciencia muy tranquila, pero produc¨ªa unos efectos pr¨¢cticos peores que aquellos que se derivaban de la falta de sanci¨®n. Es un caso interesante porque nos demuestra que Max Weber no ten¨ªa raz¨®n, o al menos no en todos los casos: no se act¨²a adecuadamente con arreglo a las convicciones cuando el resultado es claramente contrario a lo que ellas demandan. En este tipo de supuestos es imposible distinguir la ¨¦tica de la convicci¨®n de la de la responsabilidad.
Dos m¨¦dicos, en vez de uno, supone simplemente m¨¢s burocracia y mayor coste
Pasemos ahora a analizar la reforma Gallard¨®n. Comprobamos f¨¢cilmente que el ministro lo que pretende es defender el principio de que el aborto no es un derecho, con independencia de si se producen m¨¢s o menos abortos o si los que se realizan son peores por afectar a un embri¨®n m¨¢s desarrollado. Es imprescindible recordar que el proyecto del Gobierno flexibiliza la legislaci¨®n anterior en un punto fundamental (tampoco interesa un titular sobre abortos clandestinos): con la vigente ley de plazos no se puede abortar despu¨¦s de la semana 14, como regla general, pero con la reforma s¨ª ser¨¢ posible hacerlo hasta la 22 si se alega da?o psicol¨®gico para la madre. Teniendo en cuenta que con la ley de plazos no aument¨® el n¨²mero de abortos en Espa?a y que con la legislaci¨®n anterior el 96,6% de los abortos se realizaron bajo esa premisa de da?o psicol¨®gico, la conclusi¨®n parece evidente: va a haber pr¨¢cticamente el mismo n¨²mero de abortos, pero muchos de ellos ser¨¢n peores.
El que para apreciar ese da?o se exija ahora dos m¨¦dicos en vez de uno, y que no puedan ser de la misma cl¨ªnica que va a practicar el aborto, supone simplemente m¨¢s burocracia y coste, pero no m¨¢s control, desde el momento en que las cl¨ªnicas privadas se pueden poner perfectamente de acuerdo. Abortar ser¨¢ un poco m¨¢s laborioso y complicado, aunque en realidad solo para los que menos recursos tienen.
En resumen, la reforma no va a disminuir sensiblemente el n¨²mero de abortos. Se van a practicar m¨¢s abortos en avanzado estado de gestaci¨®n. Pero a cambio se habr¨¢ salvado el principio: que el aborto no sea un ¡°derecho¡± (aunque es discutible que quepa calificarlo as¨ª en la actualidad). Por eso esta reforma es ideol¨®gica, tanto en el sentido acu?ado por Napole¨®n como en el de su generalizaci¨®n posterior: es una reforma que por defender un prurito te¨®rico se desentiende completamente de sus efectos pr¨¢cticos, con una finalidad ocultadora que no tiene otro objetivo que movilizar de manera enga?osa al electorado m¨¢s fiel.
Rodrigo Tena es notario y editor del blog ?Hay derecho?, adem¨¢s de miembro del Consejo de Direcci¨®n de UPyD.
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