Las 3 preguntas clave sobre la reforma fiscal
Por Carlos Garcimart¨ªn de la Universidad Rey Juan Carlos
foto JOS? JORD?N
La recaudaci¨®n por el impuesto de sociedades en Espa?a se desplom¨® desde 2007, mucho m¨¢s que en la UE y muy por encima de lo que cabr¨ªa esperar en relaci¨®n a la actividad econ¨®mica y a los beneficios contables de las empresas. La compensaci¨®n de bases negativas de ejercicios anteriores, la deducci¨®n de gastos financieros, y la libertad de amortizaci¨®n con mantenimiento de empleo que se concedi¨® temporalmente, est¨¢n detr¨¢s de la debacle. La reciente supresi¨®n de la libertad de amortizaci¨®n, las modificaciones en los pagos fraccionados o el establecimiento de l¨ªmites en la deducibilidad de los gastos financieros y las bases negativas han permitido una cierta recuperaci¨®n del impuesto.
El Gobierno ha anunciado una serie de cambios en el impuesto de sociedades te¨®ricamente encaminadas a lograr una mayor racionalizaci¨®n y productividad del mismo, a mejorar la autofinanciaci¨®n de las empresas y a impulsar el crecimiento y el empleo. Estas medidas consisten b¨¢sicamente en: 1) rebajar al 28% en 2015 y 25% en 2016 el tipo del impuesto, excepto para el sector bancario; 2) crear una deducci¨®n para las empresas que destinen hasta el 10% del beneficio para reservas (sustituyendo a la actual deducci¨®n por reinversi¨®n de beneficios), m¨¢s una nueva reserva de nivelaci¨®n para las Pymes; 3) fijar un l¨ªmite general del 60% a la compensaci¨®n de bases imponibles a partir de 2016, eliminando al limitaci¨®n temporal de 18 a?os para efectuar las compensaciones; 4) introducir algunos cambios en los incentivos fiscales a determinadas actividades (como I+D); 5) mantener la limitaci¨®n de gastos financieros introducida en 2012; y 6) prorrogar las medidas temporales en vigor, especialmente las relacionadas con pagos fraccionados y fondo de comercio.
La propuesta despierta interrogantes y sospechas:
1) ?Cu¨¢l es su coste? La bajada de cinco puntos en el tipo del impuesto es cierto que lo acerca a la media europea, pero no est¨¢ claro en el actual entorno de consolidaci¨®n fiscal si se trata de una medida apropiada, especialmente antes de lograr de forma clara una recuperaci¨®n de las bases imponibles. Si el coste de esta medida fuera elevado, de alguna manera habr¨ªa que compensarlo.
2) ?Qu¨¦ gobierno har¨¢ frente a su impacto? La bajada al 25 por ciento no se producir¨¢ hasta 2016 y, adem¨¢s, se prorrogan las medidas temporales que afectan a los pagos anticipados (que los incrementan), de modo que el actual gobierno elude en buena medida el coste de la posible ca¨ªda de recaudaci¨®n, que repercutir¨ªa en el pr¨®ximo Ejecutivo.
3) ?Por qu¨¦ se mantiene el tipo del 30% para las entidades financieras? La explicaci¨®n ha sido que es una forma de devolver el apoyo recibido por el sector, cuando en realidad supone un importante beneficio para las mismas, que de esta manera mantienen elevados beneficios por activos fiscales diferidos (DTA).
En los ¨²ltimos a?os la banca ha aumentado fuertemente sus provisiones, en especial para cubrir p¨¦rdidas futuras de la cartera crediticia, aunque tambi¨¦n por prejubilaciones y planes de pensiones. Aunque estos provisiones no eran deducibles, Hacienda reconoci¨® el derecho a compensarlas en el futuro (18 a?os), reduciendo los impuestos a pagar en cada ejercicio. Estos cr¨¦ditos fiscales pasaron adem¨¢s recientemente a estar garantizados por el Estado; es decir, a poder ser recuperados en forma de capital por los bancos en caso de que no los puedan usar para compensar beneficios futuros, lo que a su vez supone un riesgo para el Estado. La cifra a la que ascienden los DTA se estima en m¨¢s de 40 mil millones de euros. A su vez, esto supuso un beneficio para el sector porque la nueva regulaci¨®n financiera internacional establece que los cr¨¦ditos fiscales no computan como capital. Sin embargo, al estar garantizados s¨ª lo hacen. En estas circunstancias, una bajada del impuesto del 30 al 25% supondr¨ªa un menor valor de esos activos, ya que la potencial deducci¨®n sobre sus gastos ser¨ªa menor. En otras palabras los bancos pueden seguir contabilizando los cr¨¦ditos fiscales con el tipo del 30% en vez de con el 25%.
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