Ley de montes, un recorte de derechos constitucionales
No olvidemos que los bosques generan servicios de extraordinario valor para nuestra salud y la reforma de esta norma los pone en riesgo
La relaci¨®n entre econom¨ªa y ecolog¨ªa ha centrado este a?o muchos de los debates de la cumbre de Davos. En particular, los lideres pol¨ªticos y empresariales han sido alertados sobre la creciente evidencia de los efectos econ¨®micos y sociales, en alg¨²n caso irreversibles, de la denominada superaci¨®n de los l¨ªmites planetarios, objeto de estudio, desde hace a?os, de los informes del Instituto para la Resiliencia de Estocolmo-.
El cambio clim¨¢tico, la p¨¦rdida de biodiversidad, la acidificaci¨®n del oc¨¦ano, la p¨¦rdida de calidad de los suelos por exceso de fertilizantes y pesticidas... No son meros problemas ambientales, sino que adem¨¢s suponen riesgos para la provisi¨®n de agua y de alimentos, as¨ª como el aumento y la intensidad de fen¨®menos meteorol¨®gicos adversos, que acent¨²an la vulnerabilidad de los ciudadanos m¨¢s desfavorecidos,con el consiguiente descr¨¦dito de empresas y de instituciones p¨²blicas.
Ademas, los costes econ¨®micos de la inacci¨®n ante estos desaf¨ªos resultan cada vez m¨¢s elevados que el coste de prevenir o mitigar tales tendencias, por lo que algunas empresas y gobiernos han optado ya por un enfoque m¨¢s integrado e inteligente de la relaci¨®n entre econom¨ªa y ecolog¨ªa, teniendo en cuenta el conocimiento cient¨ªfico y tecnol¨®gico existente.
Sin embargo, en Espa?a apenas se incorpora la componente ecol¨®gica al debate econ¨®mico; mejor dicho, las denominadas reformas consideran err¨®neamente la desregulaci¨®n ambiental como un requisito para la recuperaci¨®n econ¨®mica .
As¨ª, desde el inicio de la actual legislatura, acorde con un enfoque economicista y cortoplacista, se han modificado ¡ªcon urgencia y sin consenso¡ª numerosas leyes de contenido ambiental: la de costas, la de aguas, la de evaluaci¨®n ambiental, la de responsabilidad ambiental, la de parques nacionales...
Y ahora, el Gobierno anuncia el proyecto de ley que modifica la Ley de Montes, que hab¨ªa introducido en 2006 algunas novedades, valoradas como muy relevantes por el Consejo de Estado. En particular, la prohibici¨®n de cambio de uso durante 30 a?os de los suelos forestales objeto de incendio, la exigencia de planificaci¨®n y ordenaci¨®n de todos los montes conforme a directrices b¨¢sicas dictadas por el Gobierno, la consideraci¨®n de los agentes forestales como agentes de la autoridad con funciones de polic¨ªa judicial, y la creaci¨®n del Fiscal especial de Medio Ambiente y ordenaci¨®n del territorio.
Desde la aprobaci¨®n de esta norma, el PP cuestion¨®, en concreto, la constitucionalidad de fijar en la misma un limite temporal m¨ªnimo para el cambio de uso de los montes incendiados. De hecho, varias comunidades aut¨®nomas intentaron incorporar a su propia legislaci¨®n excepciones para seguir manteniendo la posibilidad de recalificaci¨®n de los mismos. Algo que, en su d¨ªa, hab¨ªa propiciado aberraciones como la construcci¨®n del fallido parque tem¨¢tico Terra M¨ªtica o la urbanizaci¨®n de las laderas del monte Abantos.
Asimismo, la Comunidad de Madrid intent¨® eliminar en su legislaci¨®n auton¨®mica el car¨¢cter de agente de la autoridad de los agentes forestales, cuesti¨®n que fue recurrida con ¨¦xito ante el Tribunal Constitucional por parte del Gobierno del que yo formaba entonces parte.
Pero ahora ya no se trata de modificaciones puntuales en normas auton¨®micas que no pueden contravenir una legislaci¨®n b¨¢sica estatal. As¨ª, la reforma anunciada por el actual Gobierno introduce cambios de calado que, de nuevo, atentan contra nuestra propia Constituci¨®n, que establece en su art. 45 el derecho al medio ambiente, como una condici¨®n indispensable para el adecuado desarrollo de los ciudadanos. No olvidemos que los bosques generan servicios de extraordinario valor para nuestra salud y nuestra seguridad: proveen ox¨ªgeno, almacenan CO2, albergan rica biodiversidad, mantienen la humedad del aire ¡ªcontribuyendo as¨ª a preservar la calidad y cantidad de los recursos h¨ªdricos¡ª, mitigan el calentamiento global y los fen¨®menos meteorol¨®gicos mas adversos.
La reforma de la Ley de Montes introduce la posibilidad de que, antes de transcurrir 30 a?os, se cambie el uso de los bosques incendiados s¨ª concurren "razones imperiosas de inter¨¦s p¨²blico de primer orden que deber¨¢n ser apreciadas mediante ley". Esas "razones", en todo caso, ser¨¢n identificadas una vez acaecido el incendio. Porque la legislaci¨®n todav¨ªa en vigor establec¨ªa, l¨®gicamente, como excepci¨®n que el cambio de uso estuviera previsto antes del incendio en un instrumento de planeamiento que, como m¨ªnimo, se hubiera sometido ya a informaci¨®n p¨²blica.
S¨ª el texto se aprueba en su versi¨®n actual, se volver¨¢ a posibilitar que aparezcan "razones de inter¨¦s general" que, quiz¨¢s, estuvieran ocultas antes de producirse el incendio, y que en realidad respondan m¨¢s a intereses particulares que al invocado "inter¨¦s general".? ?O es que la preservaci¨®n de nuestros busques no se considera parte del inter¨¦s general?
La otra modificaci¨®n que preocupa ¡ªdesde la defensa del inter¨¦s general asociado a la preservaci¨®n de nuestros montes¡ª es la manifiesta reducci¨®n de las capacidades de los agentes forestales, a quienes la reforma convierte en auxiliares de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, meros avisadores ante la evidencia de un delito. Hasta ahora, los agentes forestales han colaborado eficazmente y con inmediatez, gracias a su conocimiento especifico del monte, por ejemplo, mediante la elaboraci¨®n de atestados. En la propia definicion de los agentes forestales desaparece, adem¨¢s, la palabra "funcionarios", algo que puede ser indicio de una voluntad de privatizaci¨®n de las tareas de vigilancia y seguridad de los bosques.
De hecho, en la Comunidad de Madrid no se convocan plazas de agentes forestales desde hace 11 a?os, mucho antes de los recortes impuestos por los objetivos de reducci¨®n del d¨¦ficit p¨²blicos.
En s¨ªntesis, esta reforma supone un nuevo recorte de los derechos de los ciudadanos, completamente injustificable y, ademas, contrario a las normas y orientaciones europeas sobre preservaci¨®n de la biodiversidad. Algo incre¨ªble en Espa?a, un pa¨ªs con un capital natural tan valioso. Y tambi¨¦n un pa¨ªs especialmente vulnerable ante el cambio clim¨¢tico.
Cristina Narbona fue ministra de Medio Ambiente entre 2004 y 2008. Actualmente es miembri de la la Global Ocean Commission.
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