Lo racional es que el impuesto lo paguen los bancos
La entidad financiera se beneficia de registrar una Garant¨ªa Hipotecaria de entre el 13% y el 200% del pr¨¦stamo
Ahora que ha pasado el ojo del hurac¨¢n, mientras se hace recuento de da?os en el Tribunal Supremo, hay que recordar que la sentencia sobre el impuesto de actos jur¨ªdicos documentados, la que establec¨ªa que el tributo ten¨ªan que pagarlo los bancos, ten¨ªa argumentos econ¨®micos y jur¨ªdicos muy respetables. Aquella sentencia, despu¨¦s rid¨ªculamente corregida por el pleno de la Sala, sosten¨ªa que debe ser el beneficiario de la hipoteca quien se haga cargo del tributo; y que es el banco quien m¨¢s se beneficia del registro documental del contrato. No faltan doctores que opinan al modo salom¨®nico: del acto registral se benefician prestamista y prestatario y, por lo tanto, una soluci¨®n ser¨ªa que se pagara al 50%. Pero en un contrato hipotecario, una parte se compromete a pagar y busca registrar su propiedad; otra busca garantizarse el cobro, incluso por encima de lo prestado.
Visto desde cerca, el banco registra no s¨®lo un pr¨¦stamo, sino una garant¨ªa hipotecaria. Es decir, una salvaguarda que incluye la devoluci¨®n del capital prestado, m¨¢s el inter¨¦s corriente, m¨¢s gastos de ejecuci¨®n, m¨¢s intereses indemnizatorios en caso de impago; intereses indemnizatorios que, por cierto, suelen estar varios puntos por encima del inter¨¦s del pr¨¦stamo. Entre unas cosas y otras, la garant¨ªa hipotecaria que se registra a la sombra del impuesto est¨¢ entre el 130% y el 200%, seg¨²n el banco, del pr¨¦stamo solicitado. Esta malla tupida de protecci¨®n y una ganancia segura es la que justifica que sea el banco quien pague el impuesto, como debe hacer a partir de ayer gracias al real decreto ley del Gobierno. Obligar a la banca a que pague el tributo no es un capricho demag¨®gico; responde a una racionalidad contractual.
?Tiene efectos econ¨®micos el cambio de sujeto pasivo? Pues claro. Pero si los bancos trasladan en crudo la cuant¨ªa del impuesto al tipo diferencial o a comisiones, quedar¨ªa demostrado que la proclamada competitividad del mercado hipotecario es una leyenda urbana. Adem¨¢s, h¨¢blese, si se quiere hacer un balance y no s¨®lo una medrosa refutaci¨®n del real decreto, de todos los efectos econ¨®micos. Porque, como la base del impuesto es la garant¨ªa hipotecaria registrada ¡ªesa que ahora est¨¢ entre el 130% y el 200% del pr¨¦stamo¡ª y los bancos se la aseguraban disparando con p¨®lvora del cliente, quiz¨¢ procuren moderarla ahora que tienen que tributar.
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