Qu¨¦ se considera un perro peligroso
Son ocho razas y sus cruces, seg¨²n una ley de 1999 y la mayor¨ªa de las comunidades aut¨®nomas reproduce esta norma estatal, pero hay excepciones
A finales de los a?os noventa, varios ataques de perros a personas y la proliferaci¨®n de animales salvajes en cautividad gener¨® inquietud social en Espa?a y oblig¨® a establecer una ley de control de la tenencia de animales. La Ley de Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos se aprob¨® en 1999 y considera como tales a los de la fauna salvaje, utilizados como animales dom¨¦sticos o de compa?¨ªa, "con independencia de su agresividad", de especies o razas que puedan causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y da?os a las cosas.
Califica tambi¨¦n de potencialmente peligrosos a los animales dom¨¦sticos o de compa?¨ªa que reglamentariamente se determinen, en particular los de la especie canina incluidos en una tipolog¨ªa racial que, por su car¨¢cter agresivo, tama?o o potencia de mand¨ªbula puedan causar da?o. Establece la necesidad de obtener una licencia para poseer un animal de estas caracter¨ªsticas, la obligaci¨®n de identificarlo y registrarlo y la prohibici¨®n del adiestramiento para pr¨¢cticas agresivas. Determina un r¨¦gimen sancionador para quien abandone, adiestre, organice o participe en concursos o espect¨¢culos de animales agresivos.
En 2002 un real decreto desarrollaba la norma y establec¨ªa el cat¨¢logo de perros peligrosos, as¨ª como los requisitos para la obtenci¨®n de licencias y medidas de seguridad exigibles para su manejo y custodia. El listado incluye a los de raza pit bull, staffordshire bull terrier, american staffordshire terrier, rotweiler, dogo argentino, fila brasileiro, tosa inu, akita inu y sus cruces.
Tambi¨¦n tienen esa consideraci¨®n los animales con un peso superior a 20 kilos y un per¨ªmetro tor¨¢cico entre 60 y 80 cent¨ªmetros, cabeza voluminosa, fuerte musculatura, mand¨ªbula grande y boca profunda. Sus propietarios deber¨¢n obtener una licencia municipal y su validez ser¨¢ de cinco a?os, para lo que el due?o tendr¨¢ que ser mayor de edad y carecer de antecedentes penales y administrativos relevantes.
Adem¨¢s, deber¨¢ disponer de un certificado de capacitaci¨®n que garantice el manejo, mantenimiento y dominio del animal, sin enfermedades o deficiencias de car¨¢cter org¨¢nico o funcional, ni trastornos mentales o dificultades ps¨ªquicas que limite sus facultades. Estar¨¢ obligado a suscribir un seguro de responsabilidad civil por da?os a terceros con una cobertura m¨ªnima de 120.203 euros.
La normativa establece tambi¨¦n medidas de seguridad para su presencia en lugares p¨²blicos, como el uso de bozal y de cadenas o correas no extensibles de menos de dos metros de longitud. Si est¨¢n en una finca, casa de campo, parcela o terraza, deber¨¢n estar atados a no ser de que dispongan de superficies y cerramientos adecuados para proteger a las personas que se acerquen a esos lugares.
La ley invitaba adem¨¢s a las autonom¨ªas a desarrollarla. La mayor¨ªa de las autonom¨ªas reproducen en su legislaci¨®n la normativa estatal, si bien Galicia, Extremadura y la Comunidad Valenciana ampl¨ªan el n¨²mero de razas, al igual que algunos ayuntamientos, como Logro?o.
Madrid, donde ha ocurrido el ¨²ltimo caso de ataques de perros a dos mujeres que fallecieron, tiene censados 10.725 perros de razas peligrosas y traspone la ley estatal a su territorio.
Galicia ampl¨ªa la lista de perros potencialmente peligrosos hasta quince y, a los considerados por la norma estatal, a?ade los bullmastiff, dobermann, dogo de Burdeos, dogo del T¨ªbet, mast¨ªn napolitano, presa canario, presa mallorqu¨ªn y las restantes razas que pudieran determinarse en la normativa estatal sobre animales potencialmente peligrosos de obligado cumplimiento. La lista tambi¨¦n puede incluir a los perros adiestrados para la guarda y defensa y para los que tuvieron episodios de ataques a personas o de 'cierta entidad' a animales.
La de Extremadura tambi¨¦n es m¨¢s extensa que la nacional y considera peligrosos adem¨¢s al bullmastiff, dobermann, dogo de Burdeos, mast¨ªn napolitano, presa canario, terrier staffords americano y tosa japon¨¦s. La Rioja reproduce la normativa nacional y tiene registrados 2.163 perros peligrosos en agosto de este a?o.
Como las ordenanzas municipales pueden ampliar la lista de los canes peligrosos, la de Logro?o la extiende, adem¨¢s de a los mismos de la lista nacional, al dogo de Burdeos, mast¨ªn napolitano, presa canario, dogo del Tibet, doberman y presa mallorqu¨ªn.
La Comunidad Valenciana, que regula la tenencia de animales peligrosos desde 2015, tambi¨¦n amplia la lista e incluye a los perros de presa mallorqu¨ªn, presa canario, bull terrier, dogo argentino, doberman y mast¨ªn napolitano, y el seguro de responsabilidad es de 120.000 euros por siniestro.
El Pa¨ªs Vasco reproduce en 2004 la normativa estatal y considera, al igual que Canarias, quien tambi¨¦n autoriza que, por ordenanza municipal, se puedan establecer condiciones adicionales a las medidas de seguridad en lugares p¨²blicos, seg¨²n decreto auton¨®mico de este a?o.
En Andaluc¨ªa se regul¨® en 2008, y la diferencia con el decreto estatal est¨¢ en la cobertura del seguro, que se eleva a 175.000 euros por siniestro, adem¨¢s de permitir la esterilizaci¨®n de los animales agresivos. La Junta aplic¨® en el primer semestre de este a?o 760 sanciones por la tenencia de perros potencialmente peligrosos sin licencia municipal; 318 sanciones por la circulaci¨®n sin bozal o cadena y 51 por no evitar su escapada.
En Castilla y Le¨®n rige un reglamento aprobado en 1999 sobre Protecci¨®n de los Animales de Compa?¨ªa, que a su vez deriv¨® a los ayuntamientos la responsabilidad de actualizar sus censos caninos y de elaborar un Libro de Registro de perros agresivos, los mismos previstos por la ley estatal.
Catalu?a tiene regulada la tenencia de perros peligrosos con un decreto de 2002, que deriva a los ayuntamientos determinar la peligrosidad de los perros. Asturias carece de reglamentaci¨®n auton¨®mica y rige la norma estatal y la de Arag¨®n o Navarra es similar a la estatal y deriva a los ayuntamientos la obtenci¨®n de las licencias. En Cantabria, por decreto de 1999, los perros de raza y guarda deben censarse en el ayuntamiento, estar identificados y circular con correa y bozal.
Tras la muerte de las dos mujeres en Colmenar de Oreja, son ya al menos cinco personas las que han perdido la vida este a?o por esta causa en Espa?a y 18 desde 2010.
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