Tierra al asunto
El Supremo debe revisar la venta de casas madrile?as a un fondo buitre
Por razones pol¨ªticas, sociales y de convivencia ciudadana, el fiscal jefe del Tribunal de Cuentas o el propio Ayuntamiento de Madrid deber¨ªan recurrir ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Sala de Enjuiciamiento del tribunal que absuelve a la exalcaldesa de Madrid Ana Botella y a siete miembros de su Consistorio de cualquier responsabilidad por la venta de 5.315 viviendas sociales a un fondo buitre de Blackstone en 2013. Al margen de la sucesi¨®n de sentencias contradictorias ¡ªuna primera, de 27 de diciembre, ahora revocada, conden¨® a la alcaldesa por irregularidades y quebranto de las cuentas municipales¡ª el recurso despejar¨ªa las dudas que suscit¨® aquella venta. La Administraci¨®n municipal de Manuela Carmena consider¨® que la operaci¨®n hab¨ªa causado un quebranto a las cuentas del Ayuntamiento de 127 millones. Teniendo en cuenta el impacto en la opini¨®n p¨²blica de la operaci¨®n, lo m¨¢s conveniente para la higiene pol¨ªtica es agotar las opciones procesales disponibles con el fin de evitar cualquier sospecha a la impunidad.
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Renunciar al recurso ante el Supremo equivaldr¨ªa a transmitir a los madrile?os el mensaje de que se quiere echar tierra al asunto en una fase jur¨ªdica temprana. La operaci¨®n de 2013, con independencia de su legalidad, sobre la que se han pronunciado ambas sentencias, constituy¨® una singularidad administrativa mal explicada. Las viviendas sociales tienen una funci¨®n p¨²blica bien acotada, que es facilitar techo y cobijo a precios asequibles a ciudadanos o familias que no pueden acceder a un mercado libre. Vender 5.315 viviendas de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS) a un fondo buitre equivale a pervertir tales objetivos p¨²blicos y entregar a la especulaci¨®n inmobiliaria cruda y dura unos bienes municipales pagados con el dinero o el aval de los madrile?os.
Un fondo buitre desarrolla una operativa contraria por definici¨®n a los objetivos sociales de la EMVS. El fondo compra en el mercado activos al borde de la quiebra, en este caso inmobiliarios, por un valor muy inferior al nominal y despu¨¦s presiona para conseguir el 100% del valor; ese es su margen de beneficio. Esa presi¨®n incluye, en el caso de activos inmobiliarios, subir los alquileres a los inquilinos con el fin de expulsarlos de la vivienda o bien alcanzar la rentabilidad esperada en la adquisici¨®n. En la promoci¨®n vendida por Ana Botella y su equipo municipal hab¨ªa 1.860 viviendas habitadas por familias necesitadas. Es dif¨ªcil creer que quienes aprobaron la operaci¨®n desconoc¨ªan el modus operandi de los fondos especulativos.
El caso de Blackstone en 2013 refuerza la opini¨®n de quienes sostienen que los fondos inmobiliarios en general necesitan una nueva regulaci¨®n para mitigar los efectos de su operativa sobre el mercado de vivienda. Deber¨ªa quedar claro al menos, si es necesario por ley, en qu¨¦ condiciones puede venderse una promoci¨®n de viviendas a un fondo especulativo. Preferentemente nunca; pero si fuera necesario hacerlo, tienen que existir las garant¨ªas necesarias de que se cumplen los objetivos sociales de una iniciativa municipal. Por las razones expuestas, la venta de casas aprobada por Ana Botella y su equipo no debe ser zanjada apresuradamente; pide a gritos una explicaci¨®n pol¨ªtica y jur¨ªdica m¨¢s profunda.
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