Catalu?a ante s¨ª misma
La sentencia dictada resulta de la aplicaci¨®n de las leyes en un Estado de derecho, no de un juicio parcial ni de una venganza
La sentencia dictada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo contra los dirigentes acusados de declarar la independencia de Catalu?a, hecha p¨²blica este lunes, cierra el cap¨ªtulo judicial de una de las crisis institucionales m¨¢s graves a las que se ha enfrentado el sistema democr¨¢tico instaurado por la Constituci¨®n de 1978. Los magistrados han apreciado por unanimidad que nueve de los encausados cometieron un delito de sedici¨®n y cuatro de ellos, adem¨¢s, otro de malversaci¨®n de caudales p¨²blicos, estableciendo en las penas una gradaci¨®n de entre 13 y nueve a?os, proporcional a las respectivas responsabilidades en los hechos probados. De acuerdo con este mismo criterio, tres de los dirigentes pol¨ªticos procesados han sido condenados por un delito de desobediencia. El esfuerzo por acomodar las penas a las responsabilidades que ponen de manifiesto estas diferencias es una prueba de que la sentencia dictada resulta de la estricta aplicaci¨®n de las leyes penales en un Estado de derecho, no de un juicio parcial ni de una venganza.
No pueden ampararse bajo la libertad de expresi¨®n las decisiones del Parlament de los d¨ªas 6 y 7 de septiembre
Tampoco es resultado de ninguna judicializaci¨®n de la pol¨ªtica la intervenci¨®n del Tribunal Supremo en esta causa. Seg¨²n considera probado la sentencia, los dirigentes secesionistas violaron la legalidad democr¨¢tica con el prop¨®sito de que el Gobierno central aceptase convocar una consulta popular sobre la autodeterminaci¨®n de Catalu?a, amenazando, en caso contrario, con proceder a la declaraci¨®n unilateral de independencia realizada, finalmente, el 27 de octubre de 2017. Es evidente que la aplicaci¨®n del C¨®digo Penal por parte del Tribunal Supremo no resolver¨¢ la crisis institucional provocada por esta estrategia, que es, sin duda, pol¨ªtica, aunque apoyada en la ilegalidad. Pero tambi¨¦n que la semilla de la tiran¨ªa habr¨ªa sido plantada si, para lograr una soluci¨®n, se aceptara que las estrategias pol¨ªticas no est¨¢n obligadas a respetar los l¨ªmites fijados por el C¨®digo Penal.
Seg¨²n han venido a establecer los siete magistrados que han visto el caso, esos l¨ªmites est¨¢n claros y siguen vigentes, de modo que no pueden ampararse bajo la libertad de expresi¨®n las decisiones adoptadas por el Parlament de Catalu?a los d¨ªas 6 y 7 de septiembre de 2017, derogando la Constituci¨®n y el Estatut mediante una votaci¨®n para la que previamente se hab¨ªan modificado las reglas de la C¨¢mara y privado de voz a la oposici¨®n. Tampoco el derecho de manifestaci¨®n puede confundirse con la resistencia a la autoridad, seg¨²n ocurri¨® ante la Consejer¨ªa de Econom¨ªa el d¨ªa 20 del mismo mes. Ni nada tiene que ver con el ejercicio de las libertades y los derechos civiles convocar un refer¨¦ndum de autodeterminaci¨®n incompatible con la legalidad interna e internacional, cumpliendo acto seguido con la amenaza de declarar la independencia sobre sus supuestos resultados.
Tras la publicaci¨®n de la sentencia, el independentismo se debate entre sucumbir a la tentaci¨®n de vincular toda salida pol¨ªtica a la situaci¨®n de los condenados o asumir de una vez por todas la realidad de que su proyecto es inviable y sus fuerzas insuficientes. Ser¨ªa un error que se inclinara por la primera alternativa, porque significar¨ªa conceder un margen de actuaci¨®n incontrolable a las fuerzas m¨¢s radicales que ha incubado en su seno. Pero, adem¨¢s, porque la sociedad catalana, al igual que la espa?ola, necesitan pasar p¨¢gina de unos acontecimientos que han provocado divisi¨®n, desaliento e incertidumbre. Y tambi¨¦n, por descontado, sufrimiento a los dirigentes condenados a unas penas de prisi¨®n cuya gravedad es acorde a los delitos cometidos; sufrimiento que, por lo dem¨¢s, es posible reconocer sin renunciar a la convicci¨®n de que el Tribunal Supremo ha hecho justicia y de que era imprescindible que la hiciera.
Para salir del est¨¦ril punto muerto en el que las instituciones catalanas llevan estancadas una d¨¦cada, y que algunos sectores del independentismo aspiran a prolongar con la excusa de la sentencia, es preciso comprender que el Tribunal Supremo no ha concedido la victoria a una posici¨®n pol¨ªtica sobre otra, sino que ha ratificado una vez m¨¢s la de un sistema democr¨¢tico construido desde el final de la dictadura?con determinaci¨®n, generosidad y sacrificio por todos los ciudadanos, incluidos los de Catalu?a, que estuvieron en primera l¨ªnea de defensa de la Constituci¨®n de 1978. Los desaf¨ªos del encaje territorial al que el independentismo ha tratado de imponer una soluci¨®n unilateral siguen siendo los mismos que cuando emprendi¨® la deriva que lo ha tra¨ªdo hasta aqu¨ª, tras utilizar el fracaso del Estatut con el mismo prop¨®sito con que otras fuerzas m¨¢s radicales pretenden hoy servirse de la sentencia, con cortes de v¨ªas y ocupaciones de espacios p¨²blicos. Como entonces, Catalu?a necesita un Estatut, no para apaciguar a quienes defienden el programa de la independencia o tranquilizar a quienes lo rechazan, sino, sencillamente, para reponer la claridad legislativa y el rigor t¨¦cnico que requiere una norma del bloque de constitucionalidad, que el vigente no cumple. De igual manera, es necesaria una nueva ley de financiaci¨®n auton¨®mica que haga justicia a Catalu?a, pero tambi¨¦n a cada una de las comunidades aut¨®nomas que, como Catalu?a y con menos recursos que ella, han pagado el coste de una profunda recesi¨®n.
Ser¨ªa ilusorio imaginar en unas jornadas cargadas de emoci¨®n que la sentencia facilitar¨¢ el hallazgo de una soluci¨®n. Nada impide, sin embargo, que si el independentismo resuelve con serenidad la encrucijada que tiene ante s¨ª, como tambi¨¦n los principales partidos constitucionales, la sentencia represente contra todo pron¨®stico el punto de inflexi¨®n necesario para el m¨¢s urgente de los acuerdos posibles: fijar la agenda pol¨ªtica en la que esa soluci¨®n deber¨¢ ir a buscarse.
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