Propaganda penal
Convertir en delito la apolog¨ªa del franquismo no resuelve el problema
La vicesecretaria general del Partido Socialista, Adriana Lastra, anunci¨® recientemente la intenci¨®n de su grupo, de acuerdo con Unidas Podemos, de incluir como delito en una pr¨®xima reforma del C¨®digo Penal la apolog¨ªa y exaltaci¨®n del franquismo. Para justificar esta iniciativa, Lastra recurri¨® a la evidencia de que en democracia no caben homenajes a dictadores ni tiranos. No mencion¨®, en cambio, qu¨¦ argumentos tienen el PSOE y Unidas Podemos para considerar que la respuesta debe ser espec¨ªfica y penal y, adem¨¢s, distinta del delito de incitaci¨®n al odio que ya existe.
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Las libertades de opini¨®n y de expresi¨®n podr¨ªan verse limitadas si la redacci¨®n de ese nuevo delito no acertara a preservarlas. Y lo que ninguna redacci¨®n de este nuevo tipo penal va a poder evitar es el deterioro del principio de econom¨ªa legislativa en el que inspiran su actividad los Parlamentos democr¨¢ticos. Aprobar una norma espec¨ªfica para castigar como delito expresiones minoritarias y no seguidas de acciones objetivamente lesivas para nadie, as¨ª exalten a un dictador, no parece el mejor camino para resolver el problema. No porque la soluci¨®n penal no sea posible, sino porque es el problema el que carece de relevancia penal.
Establecer cu¨¢ndo se adquiere esa relevancia es una de las decisiones m¨¢s complejas en democracia, y no deber¨ªa banalizarse lanzando grandilocuentes alertas ideol¨®gicas de ning¨²n signo. Entre otras razones, porque los poderes democr¨¢ticos est¨¢n obligados a distinguir entre la prevenci¨®n de un riesgo y su agitaci¨®n propagand¨ªstica para otros fines.
Esta es la inquietante deriva en la que podr¨ªan precipitarse el PSOE y Unidas Podemos de seguir adelante con esta iniciativa, que no es sino una convalidaci¨®n de las malas pr¨¢cticas utilizadas por el PP cuando lanzaba reformas legislativas fundamentadas en las emociones suscitadas por un ¨²nico caso. Sustituir el objeto ¨²ltimo de aquellas pr¨¢cticas no las convierte ahora en virtuosas, y mucho menos cuando se refieren a una normativa que, como la penal, debe operar como ¨²ltimo recurso porque afecta a las libertades y los derechos b¨¢sicos de las personas. El sistema no se refuerza aprobando leyes cuyos l¨ªmites de aplicaci¨®n son imprecisos y cuyas consecuencias pueden traducirse, adem¨¢s, en una deficiencia de la que empieza a adolecer el vigente C¨®digo Penal: la alteraci¨®n de la jerarqu¨ªa entre los bienes jur¨ªdicos protegidos y la dureza de las penas previstas para algunos de ellos.
Lejos de atajar esta deficiencia, que es consecuencia de las sucesivas manipulaciones interesadas del C¨®digo Penal, el PSOE y Unidas Podemos vienen anunciando nuevas iniciativas legislativas que se conforman con instrumentalizar esa deficiencia a su favor. La correspondencia entre los delitos y las penas es un principio irrenunciable del Estado de derecho, y esta es la raz¨®n por la que la norma penal no puede estar nunca al servicio de la propaganda, ni para establecer penas ni para aliviarlas. El sistema constitucional de 1978 dispone de instrumentos suficientes para que, sin necesidad de disimular decisiones pol¨ªticas detr¨¢s de medidas legales, cualquier Ejecutivo pueda adoptar lo que mejor convenga a la convivencia democr¨¢tica. No solo con quienes exaltan el franquismo, sino tambi¨¦n con quienes, confundiendo deliberadamente esta parte ¨ªnfima con el todo, se justifican diciendo que la Espa?a democr¨¢tica que garantiza las libertades y el pluralismo no existe en realidad.
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