El Constitucional avala la suspensi¨®n de los presos por el Congreso
El tribunal rechaza el recurso de amparo presentado por los dirigentes independentistas Jordi S¨¤nchez, Jordi Turull y Josep Rull
El Congreso de los Diputados estaba obligado a suspender a los presos del proc¨¦s. As¨ª se desprende de una sentencia dictada ayer por el Tribunal Constitucional por la que rechaza el recurso de amparo presentado por los dirigentes independentistas Jordi S¨¤nchez, Jordi Turull y Josep Rull. Los recurrentes fueron elegidos en diciembre de 2017 diputados del Parlament y con posterioridad, en abril de 2019, miembros de las Cortes. La tesis esencial del fallo es que la suspensi¨®n de todos ellos deb¨ªa ser acordada forzosamente por mera previsi¨®n de la ley, sin que el ¨®rgano competente pudiera ¡°incidir en ella o modularla¡±.
Los actos recurridos eran dos acuerdos del Tribunal Supremo por los que se comunic¨® a la Mesa del Parlament que proced¨ªa aplicar a dichos parlamentarios el art¨ªculo 384 bis de la ley de Enjuiciamiento Criminal. Pero la doctrina de la sentencia va m¨¢s all¨¢ de esa concreta decisi¨®n, al remarcar que el precepto debe aplicarse sin que exista margen para interpretaciones.
De hecho, al recibir la comunicaci¨®n del Supremo, la Mesa de la C¨¢mara catalana suspendi¨® a los parlamentarios. Hubo cierta pol¨¦mica, pero el ¨®rgano de gobierno del Parlament actu¨® sin dilaciones. Sin embargo, cuando m¨¢s tarde se produjo una comunicaci¨®n similar al Congreso, hubo un intenso debate sobre qui¨¦n deb¨ªa acordar la suspensi¨®n: si la C¨¢mara o el propio tribunal. Ello deriv¨® en una consulta a los servicios jur¨ªdicos del Congreso, que concluyeron que, en efecto, hab¨ªa que suspender a los citados diputados por ¡°imperativo legal¡± proceder a la suspensi¨®n de los presos porque la ley deb¨ªa aplicarse. Es decir, por pura previsi¨®n de la ley, que deb¨ªa aplicarse de forma autom¨¢tica.
Es en este punto en el que ahora pone todo el ¨¦nfasis la sentencia del Constitucional. El tribunal argumenta que la suspensi¨®n s¨®lo depend¨ªa de que los procesados estuvieran procesados por rebeli¨®n y en la c¨¢rcel como presos preventivos. Constatadas ambas circunstancias, hab¨ªa que suspenderles sin m¨¢s.
EL SUPREMO JUZGAR? A NUET POR SUPUESTA DESOBEDIENCIA
El Tribunal Supremo asumi¨® ayer la competencia para juzgar al diputado de ERC Joan Josep Nuet por un supuesto delito de desobediencia, en relaci¨®n con las votaciones de la Mesa del Parlament a favor de tramitar las leyes de desconexi¨®n, en septiembre de 2017. Lo primero que ha acordado la Sala Penal es instar a la Fiscal¨ªa a que ¡°ajustar¡± su calificaci¨®n de los hechos que se atribuyen a Nuet. La vuelta del caso al Supremo se produce ¡ªtal como anticip¨® El Pa¨ªs¡ª al haberse producido su acceso al Congreso, como diputado electo. Nuet fue primero diputado auton¨®mico de En Com¨² Podem, y estaba aforado ante el Tribunal Superior de Catalu?a en 2017, pero ahora como miembro del Congreso su fuero es ante el Supremo. Se le acusa de desobediencia por haber permitido la tramitaci¨®n de las leyes de desconexi¨®n contra las ¨®rdenes del Constitucional para que se impidiera.
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