El Constitucional eleva el techo de la libertad de expresi¨®n al anular la condena de Strawberry
El Tribunal Supremo hab¨ªa condenado a un a?o de prisi¨®n al rapero
El Tribunal Constitucional ha ampliado las posibilidades de la cr¨ªtica pol¨ªtica con la sentencia por la que este martes concedi¨® amparo al cantante C¨¦sar Strawberry, anulando la condena de un a?o de prisi¨®n que le impuso el Supremo. El motivo fueron unos tuits difundidos por Strawberry, y que el alto tribunal estim¨® como un delito de enaltecimiento del terrorismo. El fallo proporciona m¨¢rgenes muy amplios para criticar a los gestores p¨²blicos.
El argumento b¨¢sico del Constitucional es que en esta materia debe primar el derecho a la libertad de expresi¨®n. La decisi¨®n, anticipada por EL PA?S el lunes, vuelve sobre las tesis iniciales de la Audiencia Nacional, en el sentido de que no se hab¨ªa acreditado que el cantante buscase con sus mensajes ¡°defender los postulados de una organizaci¨®n terrorista¡±, ni tampoco ¡°despreciar ni humillar a sus v¨ªctimas¡±.
El fallo del Constitucional se aproxima con mucha cautela a los tuits de Strawberry, como si fueran material socialmente contaminante, al sostener que ¡°este Tribunal no desconoce los aspectos reprobables de los tuits formulados por el recurrente¡±.
En sus tuits, el cantante dec¨ªa que ¡°el fascismo sin complejos de Aguirre me hace a?orar hasta los GRAPO¡±; ¡°Franco, Serrano Su?er, Arias Navarro, Fraga, Blas Pi?ar¡ Si no les das lo que a Carrero Blanco, la longevidad se pone siempre de su lado¡±; ¡°cu¨¢ntos deber¨ªan seguir el vuelo de Carrero Blanco¡±, ¡°a Ortega Lara habr¨ªa que secuestrarle ahora¡± o ¡°Street Fighter, edici¨®n post- ETA: Ortega Lara versus Eduardo Madina¡±.
Tras advertir sus escr¨²pulos ante este tipo de mensajes, el fallo, del que ha sido ponente el magistrado Juan Antonio Xiol, ¡°estima que el imperativo constitucional de respeto a la libertad de expresi¨®n impide categ¨®ricamente extraer conclusiones penales de estos elementos¡±. A?ade que es necesario ¡°ponderar tambi¨¦n el hecho de que los expresados tuits son susceptibles de ser interpretados como producto de la intencionalidad cr¨ªtica en el terreno pol¨ªtico y social¡±. Y ello porque se dirigen ¡°a personas que ostentaban la condici¨®n de personajes p¨²blicos en el momento en que los actos comunicativos tuvieron lugar; y que, en uno de los casos, hab¨ªa tomado posici¨®n en favor de un determinado partido pol¨ªtico¡±.
Una redacci¨®n, como se puede apreciar, alambicada y llena de matices, con la que el Constitucional parece haber tomado en sus manos los tuits de Strawberry con guantes de l¨¢tex. Xiol logr¨® la aprobaci¨®n de la sentencia al tercer intento.Finalmente, el ponente comprob¨® ayer que el reproche moral latente en sus argumentos lograba que el tribunal aprobara su propuesta. Pero no fue por unanimidad, sino por 10 votos a 1, el del magistrado Alfredo Montoya, que consider¨® demasiado amplios los agujeros del cedazo empleado por el Constitucional.
Montoya se situ¨®, en suma, en la l¨ªnea defendida en su d¨ªa por el Supremo, al estimar que los tuits de Strawberry ¡ªuno de los cantantes de la banda de rap metal Def Con Dos¡ª, ten¨ªan relevancia penal porque ¡°alimentan el discurso del odio¡±. Seg¨²n el Supremo, tales mensajes ¡°legitiman el terrorismo como f¨®rmula de soluci¨®n de los conflictos sociales¡±.
Frente a ello, el Constitucional subraya que en la argumentaci¨®n del Supremo ¡°se observa la ausencia de consideraciones en relaci¨®n con la dimensi¨®n institucional de la libertad de expresi¨®n¡±. El fallo explica que no era ¡°irrelevante ponderar cu¨¢l era la intenci¨®n ¡ªir¨®nica, provocadora o sarc¨¢stica¡ª del recurrente al emitir sus mensajes en relaci¨®n con su trayectoria profesional como artista y personaje influyente¡±. A?ade que hab¨ªa que tener en cuenta ¡°el mantenimiento de una l¨ªnea personal de condena de la violencia como medio de soluci¨®n de conflictos¡±.
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