La fractura interna bloquea el Tribunal Constitucional
Las discrepancias se centran en el debate sobre la pol¨¦mica Ley de Seguridad Ciudadana
El Tribunal Constitucional ha reanudado esta semana sus tareas con un pleno presencial que se cerr¨® dando una impresi¨®n de graves dificultades y bloqueo interno. Sobre todo por la imposibilidad de llegar a un acuerdo para emitir una sentencia sobre la pol¨¦mica Ley de Seguridad Ciudadana, la conocida como ley mordaza, un asunto en el que los magistrados expusieron posiciones por ahora irreconciliables entre la mayor¨ªa conservadora y el sector progresista.
El aterrizaje del Constitucional en su ¡°nueva normalidad¡± aparece como una etapa plagada de inc¨®gnitas. El tribunal est¨¢ con un mandato prorrogado, porque termin¨® en teor¨ªa en noviembre. Y los tres meses de alerta sanitaria han dejado heridas abiertas por algunas de las pocas decisiones tomadas y por la ausencia de la instituci¨®n durante este periodo. La falta de acuerdo sobre la ley mordaza lleva camino de convertirse en un tropiezo emblem¨¢tico, todo un s¨ªmbolo de una fase que amenaza con caracterizarse por reproducir en el tribunal las tensiones pol¨ªticas del momento.
Esta inquietud la comparten en general los magistrados, aunque al propio tiempo tratan de salvar las relaciones personales. Pero el hecho es que han surgido iniciativas que cuestionan o erosionan la autoridad del propio presidente, Juan Jos¨¦ Gonz¨¢lez Rivas. Por ejemplo, la recogida de firmas para se viera obligado a llevar al pleno el debate sobre los recursos presentados contra la forma en que 29 diputados ¡ªtodos los de ERC, Junts per Catalunya, EH Bildu y la CUP, as¨ª como cuatro del grupo confederal de Unidas Podemos¡ª prometieron acatar la Constituci¨®n en la sesi¨®n constitutiva de las Cortes.
Esos recursos fueron promovidos por PP, Ciudadanos y Vox, y la iniciativa del sector conservador del tribunal fue percibida por los magistrados progresistas como una decisi¨®n con fuerte carga pol¨ªtica, aunque los firmantes nieguen cualquier intencionalidad de este tipo. La primera impulsora de la recogida de firmas fue la vicepresidenta del Constitucional, Encarnaci¨®n Roca, que preside la Sala Segunda y no est¨¢ alineada con ninguno de los dos sectores. Es un dato revelador, porque en esta sala se recibi¨® muy mal la decisi¨®n del presidente de utilizar su voto de calidad para impedir una manifestaci¨®n sindical convocada en Vigo el Primero de Mayo pasado. Aquel acuerdo se tom¨® en la Sala Primera, sin llevar el asunto al pleno. Y Gonz¨¢lez Rivas lo decant¨® en favor del sector progresista, partidario de no permitir esa marcha por la necesidad de garantizar la salud p¨²blica.
Que la reacci¨®n haya sido abrir en canal el debate sobre la toma de posesi¨®n de los diputados que a?adieron apostillas al acto formal de juramento o promesa de la Constituci¨®n ha causado fuerte malestar entre los progresistas. Si los recursos de los partidos de la oposici¨®n, cuya admisi¨®n final a tr¨¢mite se decidir¨¢ en un pleno, llevaran finalmente a declarar la nulidad de la toma de posesi¨®n de 29 parlamentarios se producir¨ªa una situaci¨®n ins¨®lita y con efectos pol¨ªticos imprevisibles. Sobre todo, porque es muy previsible que una parte de ellos no tenga la mejor disposici¨®n para jurar o prometer la Constituci¨®n a secas, o con el simple a?adido de hacerlo ¡°por imperativo legal¡±, la forma excepcional hasta ahora permitida por la jurisprudencia del Constitucional.
En el tribunal, nadie da ahora puntada sin hilo. Cada gesto se interpreta en clave pol¨ªtica o de pulso de poder. Encarnaci¨®n Roca, por ejemplo, tuvo esta semana otra actuaci¨®n vista internamente como una forma de distanciarse del presidente. Fue la convocatoria de una reuni¨®n telem¨¢tica de la Sala Segunda, de la que es presidenta, mientras la Sala Primera debat¨ªa en paralelo presencialmente por decisi¨®n de Gonz¨¢lez Rivas, quien durante todo el tiempo de la alerta sanitaria se neg¨® a celebrar encuentros de los magistrados por videoconferencia.
En esta situaci¨®n, se produjo el bloqueo que impidi¨® el pasado jueves alcanzar un acuerdo sobre la ley mordaza. La soluci¨®n, de momento, a propuesta del propio ponente del fallo, el progresista Fernando Vald¨¦s Dal-R¨¦, fue dejar el asunto en manos de una comisi¨®n de cuatro magistrados, dos de cada sector. En el aire quedan cuestiones de tanta relevancia como las expulsiones en caliente de inmigrantes, la prohibici¨®n de manifestaciones ante el Congreso o la prerrogativa de la polic¨ªa de impedir a los ciudadanos tomar im¨¢genes de sus actuaciones.
El riesgo de ocultar un ¡®caso Floyd¡¯
El mundo jur¨ªdico sigue con inter¨¦s y preocupaci¨®n los problemas para dictar sentencia sobre la 'ley mordaza'. Cinco catedr¨¢ticos de Derecho Constitucional coinciden en el retroceso que podr¨ªa implicar para el ejercicio de las libertades un fallo que no corrigiera los riesgos derivados de la Ley de Seguridad Ciudadana.
La normativa considera, por ejemplo, una infracci¨®n ¡°el uso no autorizado de im¨¢genes de miembros de las Fuerzas de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el ¨¦xito de una operaci¨®n¡±. Javier Tajadura, de la Universidad del Pa¨ªs Vasco, cree que esa exigencia de autorizaci¨®n para difundir im¨¢genes de actuaciones policiales ¡°puede considerarse una censura previa¡±; y Marc Carrillo, de la Pompeu Fabra, que ¡°el control preventivo es propio de Estados autoritarios¡±. Juan Mar¨ªa Bilbao (Universidad de Valladolid) ve ¡°inconstitucional¡± el precepto porque ¡°impide que puedan documentarse excesos policiales¡±. Y Eloy Garc¨ªa, de la Universidad Complutense de Madrid, considera ¡°l¨ªcito¡± grabar cuando hay ¡°indicios de un presunto delito¡±, y las im¨¢genes constituyen ¡°prueba¡±, pero advierte de que ¡°otra cosa¡± es cuando se busca ¡°disuadir a la fuerza p¨²blica del ejercicio de su funci¨®n o amedrentarla¡±.
Xavier Arb¨®s, de la Universidad de Barcelona, menciona el perjuicio que supone que la v¨ªctima de un abuso policial no pueda disponer de una imagen ¡°como prueba¡±. En estos supuestos ¡ªequiparables al caso de la detenci¨®n y muerte del ciudadano norteamericano de raza negra George Floyd¡ª todos los consultados coinciden en que, como precisa Eloy Garc¨ªa, ¡°si se graba una conducta delictiva de un agente y se difunde, el derecho a la libertad de expresi¨®n y a la informaci¨®n veraz prima sobre el derecho a la propia imagen¡± del agente. Hay total coincidencia en que no se debe poner en riesgo la ¡°seguridad personal¡± de los polic¨ªas, pero siempre que esto no se entienda como ¡°un cheque en blanco para decomisar c¨¢mara o m¨®viles¡±, en expresi¨®n de Juan Mar¨ªa Bilbao.
Sobre las expulsiones en caliente tambi¨¦n hay amplio consenso, en el sentido de limitarlas a los casos de entradas en masa y con violencia. Arb¨®s reivindica el derecho de asilo y a la tutela judicial efectiva y Tajadura subraya que ¡°no existe un derecho a cruzar fronteras con violencia y en masa¡±, pero ¡°fuera de estos supuestos la expulsi¨®n en caliente es inconstitucional¡±.
Otro de los aspectos analizados son las manifestaciones ante el Congreso. El criterio un¨¢nime es que deben permitirse siempre que la C¨¢mara baja no est¨¦ reunida en pleno o en comisiones. El objetivo es que la labor ejecutiva y de control del Parlamento no pueda verse perturbada.
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