Los dos polic¨ªas de Linares agredieron a su v¨ªctima con una ¡°violencia atroz¡± al sentirse impunes, seg¨²n el juez
El magistrado orden¨® el ingreso en prisi¨®n de ambos agentes ante el riesgo de que huyan o intenten presionar a la v¨ªctima y sus familiares
¡°Violencia atroz¡±, ¡°desproporci¨®n en la actuaci¨®n¡±, ¡°despreciable agresi¨®n¡± y ¡°sentimiento de impunidad¡±. El titular del Juzgado de Instrucci¨®n 3 de Linares (Ja¨¦n), Javier Antonaya, describe con estas palabras, en el auto por el que envi¨® el pasado s¨¢bado a prisi¨®n al subinspector Jos¨¦ Luis P. C. y el polic¨ªa Manuel F. N., la actuaci¨®n de estos dos agentes de la comisar¨ªa de Linares (Ja¨¦n) en la agresi¨®n a un vecino de esta localidad y su hija de 14 a?os ocurrida un d¨ªa antes. El juez considera a ambos presuntos autores de un delito de lesiones agravadas por el empleo de m¨¦todos peligrosos para la salud f¨ªsica de las v¨ªctimas y la mediaci¨®n de ensa?amiento y abuso de autoridad, castigado con hasta cinco a?os de prisi¨®n, aunque no descarte que seg¨²n avancen las pesquisas se le imputen tambi¨¦n otros de tortura o tentativa de detenci¨®n ilegal. Ambos agentes permanecen recluidos en el Centro Penitenciario de Sevilla I, en un m¨®dulo especial para presos pertenecientes a las fuerzas de seguridad del Estado.
El juez Antonaya despliega en el auto, al que ha tenido acceso EL PA?S, una detallada descripci¨®n de los hechos tras el examen del atestado realizado por la Polic¨ªa ¡°y, en especial, de las im¨¢genes videogr¨¢ficas¡± que grabaron varios testigos de lo sucedido a la puerta del bar entre los dos agentes y la v¨ªctima, C. M. A., y su hija. Seg¨²n relata el magistrado, el polic¨ªa Manuel F. y la v¨ªctima se enzarzaron en una pelea en la que, en un primer momento, el agente ¡°se est¨¢ llevando la peor parte y tiene que ser separado por su compa?ero¡±. Sin embargo, cuando la ri?a parece que ha concluido y cada uno se va hacia un lado, el polic¨ªa ¡°sale corriendo detr¨¢s¡± de la v¨ªctima ¡°y nuevamente se inicia una contienda que se prolonga durante varios minutos¡±. El juez detalla que, si bien en un primer momento no se puede apreciar qui¨¦n golpea a qui¨¦n, ¡°finalmente se puede observar claramente que en la lucha participan los detenidos¡± contra la v¨ªctima, ¡°meti¨¦ndose por medio su hija en dos momentos puntuales para defenderlo¡±.
¡°Es entonces ¡ªcontin¨²a el auto¡ª cuando las im¨¢genes grabadas muestran a los se?ores P. y F. [los polic¨ªas] emplear una violencia atroz contra el se?or S. y su hija, pues tienen a su favor una superioridad num¨¦rica y, a¨²n habiendo conseguido reducir en el suelo al se?or M., contin¨²an d¨¢ndole golpes¡±. El juez considera que ¡°es evidente que los detenidos actuaron desproporcionadamente¡± incluso si, como aseguraron en sus declaraciones los dos agentes, fue la v¨ªctima qui¨¦n comenz¨® la pelea y que con su acci¨®n pretend¨ªan que este no se fuera del lugar de los hechos antes de que llegasen m¨¢s polic¨ªas. ¡°Este contexto no justifica en absoluto la despreciable agresi¨®n perpetrada por los detenidos¡±. Y llega a considerar que con sus actos, los agentes pusieron ¡°en pr¨¢ctica la maquiav¨¦lica m¨¢xima de que el fin justifica los medios¡±.
Heridas
El auto detalla que de los tres participantes en el altercado, uno de los polic¨ªas, Luis P., no presenta lesiones, y que su compa?ero ¡°ha sufrido la p¨¦rdida de una pieza dentaria, tiene contusiones en la cabeza y cara, erosiones en rodillas, y cervicalgia y lumbalgia¡±. El parte m¨¦dico sobre la v¨ªctima recoge que este, entre otras lesiones, presenta hematomas en la cabeza, contusiones en los p¨®mulos, fractura de los huesos de la nariz, erosiones en las piernas y lesiones en el ojo izquierdo que deber¨¢n ser revisados ¡°por un cirujano maxilofacial y un oftalm¨®logo¡±. Por todo ello, concluye que ¡°la desproporci¨®n en la actuaci¨®n de los detenidos es evidente¡±.
En su escrito, el juez ordena, a petici¨®n de la Fiscal¨ªa, el ingreso en prisi¨®n provisional y sin fianza de los dos agentes al considerar que la pena que acarrea el delito del que est¨¢n acusados, cinco a?os, hace ¡°bastante probable que los investigados sientan impulsos de huir¡±. En este sentido destaca que ambos tienen un arraigo familiar ¡°escaso¡± al no tener pareja ni hijos, y que el presumible arraigo laboral desaparece, ya que el Ministerio del Interior les ha abierto un expediente disciplinario por el que han quedado cautelarmente suspendidos de empleo y se les ha retirado el arma reglamentaria.
Adem¨¢s, el juez cree que, de quedar en libertad, podr¨ªan intentar ocultar, alterar o destruir pruebas. En este sentido, destaca que uno de ellos aparece en las im¨¢genes persiguiendo a una persona que con su m¨®vil se acercaba al lugar de los hechos para grabar lo que suced¨ªa cuando su compa?ero ya ten¨ªa inmovilizada a la v¨ªctima en el suelo y le estaba golpeando. El juez cree que este acto ¡°puede interpretarse como un acto de boicot de material probatorio¡± que, adem¨¢s, considera reforzado porque en otra escena se le ve que no hace nada para evitar que un camarero barra los restos de vidrio de una botella empleada en la agresi¨®n. ¡°Impasible, sin impedir que esto ocurra, cuando ello claramente es un vestigio del delito que se habr¨ªa cometido y que, por ello, debe ser conservado hasta que aparezcan los agentes de la Polic¨ªa Judicial¡±, recalca el auto.
El juez tambi¨¦n destaca que la prisi¨®n de ambos busca proteger a la v¨ªctima. En este sentido, destaca que los dos detenidos son polic¨ªas y que existe un testigo que asegura haber visto al subinspector Luis P. ¡°bailando mientras se practicaban por la Polic¨ªa las primeras diligencias, todo ello en el mism¨ªsimo lugar de los hechos y antes varias personas que hab¨ªa en la zona¡±. El juez considera que este hecho ¡°podr¨ªa ser demostrativo del sentimiento de impunidad que albergan los investigados como consecuencia de su condici¨®n de polic¨ªas [...]. Y si este sentimiento de impunidad no es destruido contundentemente es m¨¢s que probable presagiar que los investigados podr¨ªan tratar de atentar contra los intereses, los bienes o los derechos¡± de la v¨ªctima ¡°o sus allegados¡±, a?ade.
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