La Audiencia de Madrid ordena admitir la querella de Iglesias contra un coronel retirado que lo vincul¨® con el terrorismo
El tribunal concluye que el antiguo militar ¡°imputa graves delitos¡± al l¨ªder de Podemos en sus intervenciones p¨²blicas
La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado al juzgado de Instrucci¨®n 45 de la capital que admita a tr¨¢mite la querella presentada por el l¨ªder de Podemos, Pablo Iglesias, contra el coronel retirado Diego Camacho. El antiguo militar, que form¨® parte en su d¨ªa del Centro Superior de Informaci¨®n de la Defensa (Cesid), acus¨® en varias intervenciones p¨²blicas al dirigente pol¨ªtico de mantener v¨ªnculos con el narcotr¨¢fico y el terrorismo internacional. El tribunal aprecia indicios de un delito de calumnia o de injuria por atribuirle ¡°graves delitos¡± al diputado.
A trav¨¦s de auto dictado este 16 de marzo, al que tuvo acceso EL PA?S, la Audiencia Provincial revoca la decisi¨®n inicial de la jueza instructora, que rechaz¨® el pasado enero abrir una causa penal por estos hechos. Camacho escribi¨® un art¨ªculo en un diario digital en mayo de 2020 donde acusaba a Iglesias de cobrar dinero de narcos venezolanos, proporcionar pasaportes falsos a terroristas de Hezbol¨¢ y colaborar en la huida de Pablo Romero, jefe de inteligencia del Gobierno de Rafael Correa (Ecuador) y reclamado por la Interpol. En una intervenci¨®n posterior en un programa de YouTube, el coronel volvi¨® a arremeter contra el dirigente de Podemos.
En opini¨®n de la jueza, pese a que el militar retirado imputaba a Iglesias hechos ¡°delictivos muy graves¡±, sus afirmaciones ¡°no merecen reprobaci¨®n penal¡±. En su resoluci¨®n, que fue recurrida por la Fiscal¨ªa, la instructora aseguraba, entre otros aspectos, que las palabras de Camacho ten¨ªan una ¡°base f¨¢ctica¡±, pues se apoyaban en ¡°querellas y denuncias interpuestas contra Iglesias y la formaci¨®n¡± en alg¨²n momento. Y, adem¨¢s, a?ad¨ªa que las acusaciones del exintegrante del Cesid ¡°no incitan a actos de intimidaci¨®n o de amenaza o de odio¡±.
Esa argumentaci¨®n la rechaza ahora la Audiencia. El tribunal concluye, en primer lugar, que la jueza se ¡°confunde¡± a la hora de valorar los delitos en cuesti¨®n: en ning¨²n momento, la querella presentada por Iglesias se refiere a un delito de odio ¡ªque s¨ª requerir¨ªa una incitaci¨®n a la violencia de la que ella habla¡ª, sino que se presenta por delitos contra el honor que no exigen esas circunstancias. Adem¨¢s, la Audiencia niega que exista esa ¡°base f¨¢ctica¡± a la que se refiere, pues todas las ¡°querellas y denuncias¡± contra el l¨ªder de Podemos fueron desestimadas en los tribunales.
Camacho ha cometido un ¡°exceso¡±, prosigue la Audiencia. ¡°El querellado no realiza una cr¨ªtica pol¨ªtica al querellante, tampoco a su gesti¨®n, ni como representante de un partido pol¨ªtico, ni como ministro y vicepresidente del Gobierno, sino que le imputa graves delitos ajenos a sus funciones y a su tarea. El hecho de que el querellante sea representante pol¨ªtico ampl¨ªa el margen de cr¨ªtica hacia su persona, pero no conlleva su desprotecci¨®n frente a la emisi¨®n de mensajes difamatorios y objetivamente ofensivos que no pretenden realizar cr¨ªtica ni abrir debate pol¨ªtico alguno¡±, a?ade la resoluci¨®n.
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