La buena noticia del fin del estado de alarma
¡°Nuestro ordenamiento jur¨ªdico tiene mecanismos suficientes, adecuados a esta fase de la pandemia y menos lesivos para los derechos fundamentales¡±, afirma el ministro de Justicia
El fin del estado de alarma es una buena noticia. Significa que lo peor de la pandemia ha pasado y que la excepcionalidad ya no es imprescindible.
Hace apenas 14 meses nuestra vida cambi¨®. Ante una amenaza sanitaria sin precedentes, el Gobierno tom¨® la dificil¨ªsima decisi¨®n de decretar el estado de alarma en todo el pa¨ªs, restringiendo derechos fundamentales para prevenir contagios. Hemos pasado meses dur¨ªsimos, de cifras insoportables y colapso sanitario. Y el Gobierno es consciente del enorme coste que las restricciones han tenido para la ciudadan¨ªa. Un coste en forma de crisis econ¨®mica y emocional que hemos asumido como sociedad para preservar un bien superior: nuestra vida y nuestra salud.
A pesar de las brutales cr¨ªticas recibidas, hoy pocos dudan de que recurrir a la excepcionalidad que permite la Constituci¨®n fue un acierto. Hace un a?o, con datos epidemiol¨®gicos muy complicados, el l¨ªder de la oposici¨®n tach¨® el estado de alarma de ¡°aberraci¨®n jur¨ªdica y constitucional¡±, obviando que nos proporcionaba a todas las autoridades implicadas herramientas jur¨ªdicas eficaces para combatir el virus.
Lamentablemente, en todos estos meses, la oposici¨®n siempre ha jugado a la contra; la pandemia como oportunidad para el ataque pol¨ªtico permanente. Incluso ahora, con una situaci¨®n sanitaria bien distinta. Pero la irresponsabilidad y la deslealtad de la oposici¨®n no eximen de responsabilidad al Gobierno. El derecho de excepci¨®n solo debe permanecer el tiempo que resulte absolutamente imprescindible. En cuanto se pueda, la obligaci¨®n de un Gobierno democr¨¢tico es garantizar que los ciudadanos y los poderes p¨²blicos vuelvan a la normalidad. De hecho, el Consejo de Europa ya ha pedido que las situaciones de excepci¨®n se prolonguen lo menos posible.
Tenemos ya al 28% de la poblaci¨®n con al menos una dosis de la vacuna, y a m¨¢s del 80% de nuestros mayores. Comunidades como la valenciana llevan ya una semana sin fallecidos por covid y muchas otras tambi¨¦n muestran tendencias favorables. Es una buena noticia que la pandemia vaya remitiendo y podamos volver, poco a poco, a esa ansiada normalidad.
Pero el fin del derecho de excepci¨®n no significa el fin de las restricciones. Ni mucho menos. La amenaza del virus persiste. Por eso las autoridades debemos seguir actuando y la ciudadan¨ªa comport¨¢ndose con responsabilidad. Nuestro ordenamiento jur¨ªdico tiene mecanismos suficientes para ello, adecuados a la fase de la pandemia en la que nos encontramos y menos lesivos para los derechos fundamentales. Esa normalidad pasa por que las autoridades vuelvan a ejercer, fuera ya del estado de alarma, sus competencias en salud p¨²blica. Contamos con una ley general de salud p¨²blica, una de medidas especiales sanitarias y otra de seguridad nacional. Incluso las administraciones locales cuentan con instrumentos ¨²tiles en la prevenci¨®n. Y all¨ª donde sea necesario adoptar disposiciones que restrinjan derechos fundamentales, se deber¨¢ recabar autorizaci¨®n judicial. Ese es el sistema vigente en nuestro pa¨ªs.
Ese procedimiento, por el que algunos hoy est¨¢n criticando al Gobierno, se incorpor¨® a nuestra ley de la jurisdicci¨®n contencioso-administrativa en 2000, durante el Gobierno de Aznar. Es decir, ha estado vigente durante m¨¢s de dos d¨¦cadas. En estos a?os, los jueces de lo contencioso-administrativo han sido los encargados de autorizar o no medidas restrictivas de derechos fundamentales. Con ese modelo enfrentamos, por ejemplo, la crisis del ¨¦bola y el periodo posterior al primer estado de alarma en esta pandemia. Y nadie cuestion¨® la constitucionalidad del procedimiento, ni se dijo que se judicializaba la lucha contra la pandemia.
En este marco, el Gobierno ha hecho dos cosas. Por una parte, ya en septiembre pasado se reform¨® el procedimiento de autorizaci¨®n judicial para atribuir la competencia a los tribunales superiores de justicia y a la Audiencia Nacional cuando los destinatarios de las medidas sanitarias no estuvieran identificados individualmente. Esta reforma fue acogida favorablemente en su momento y tiene sentido, puesto que acompasa la competencia territorial de la autoridad judicial con la de la autoridad sanitaria que habitualmente adopta estas medidas, el Gobierno auton¨®mico. La segunda novedad que hemos introducido, en el real decreto ley 8/2021 recientemente aprobado, es un recurso de casaci¨®n espec¨ªfico para que el Supremo pueda revisar las decisiones que adopte cada tribunal superior. Era una demanda de los propios presidentes de estos tribunales y una medida necesaria para que la m¨¢xima autoridad judicial del pa¨ªs pueda unificar los criterios utilizados para ratificar o denegar las medidas sanitarias. Con estos ajustes, el Gobierno entiende que el marco jur¨ªdico es adecuado para combatir la pandemia en la fase en la que estamos. Es un marco flexible y garantista, que permite a las autoridades sanitarias adaptar las decisiones y medidas necesarias a cada situaci¨®n territorial. Y tienen que ser los jueces quienes realicen el juicio de proporcionalidad si hay que tomar medidas restrictivas de derechos.
Ese es el funcionamiento habitual de nuestro Estado de derecho y quienes proponen reformas legales para evitar ese control simplemente no han entendido nuestro dise?o constitucional. Tambi¨¦n es razonable que, si hay disparidad de criterios, sea nuestro alto tribunal el que marque la pauta com¨²n para todo el pa¨ªs. ?Qui¨¦n sino iba a hacerlo? Por supuesto, si de sus resoluciones se desprende la necesidad de realizar cambios legales adicionales, se estudiar¨¢n y propondr¨¢n a las Cortes.
Finalmente, los gobiernos auton¨®micos siempre tienen la posibilidad de solicitar la declaraci¨®n para su territorio, con el alcance que consideren, del estado de alarma. Es una posibilidad espec¨ªficamente prevista en nuestra legislaci¨®n, que el Gobierno central ya se ha comprometido a apoyar. Por tanto, ni jueces gobernando, ni dejaci¨®n de responsabilidades o abandono de los gobiernos auton¨®micos. Lo que hay, simplemente, es una buena noticia. Salimos de la excepcionalidad, porque la situaci¨®n sanitaria lo permite, y volvemos a normas ordinarias de nuestro Estado de derecho.
Juan Carlos Campo es ministro de Justicia.
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