Lesmes se opuso a que la justicia anulase una medida de gracia
El actual presidente del Tribunal Supremo vot¨® en 2013 en contra de que los jueces revisaran un perd¨®n esgrimiendo que ¡°las razones del indulto nunca pueden ser jur¨ªdicas¡±
La sentencia del Tribunal Supremo que en 2013 revoc¨® el indulto del Gobierno del PP a un conductor kamikaze cont¨® con varios votos particulares (contrarios al sentido del fallo), entre ellos uno suscrito por el actual presidente del Supremo, Carlos Lesmes, y otros diez magistrados. Todos ellos se opon¨ªan a que la justicia pueda revisar este tipo de decisiones con criterios jur¨ªdicos. ¡°En un acto graciable como es el indulto¡±, sosten¨ªa dicho voto particular, ¡°la decisi¨®n de concederlo o no y las razones por las que se concede forman parte de su n¨²cleo esencial y se sit¨²an extramuros del derecho¡±. A?ad¨ªan los jueces contrarios a revocar el indulto que el derecho ya lo hab¨ªan aplicado los tribunales al dictar sentencia, y que ¡°las razones del indulto nunca pueden ser jur¨ªdicas, es decir, basadas en posibles contravenciones del ordenamiento jur¨ªdico¡±, pues eso ser¨ªa ¡°tanto como reconocer al Gobierno el poder de revisar sentencias judiciales desde el Derecho¡±.
Por esto mismo se sosten¨ªa en ese voto que el n¨²cleo esencial del derecho de gracia (concesi¨®n o no concesi¨®n y razones por las que se hace) ¡°no est¨¢ sujeto a ning¨²n tipo de elemento reglado¡±, sino a ¡°otras consideraciones ajenas al derecho¡±. ¡°En nuestro sistema jur¨ªdico-pol¨ªtico¡±, prosegu¨ªa el voto particular, ¡°es preciso encontrar un equilibrio prudente entre lo que puede y no puede controlar el juez, inserto en nuestra realidad constitucional para no caer en la concepci¨®n ut¨®pica de que el juez tiene el poder de ejercer un control ilimitado sobre el contenido de todas las decisiones que adoptan los dem¨¢s poderes constitucionales¡±.
Lesmes, sin embargo, hab¨ªa sido ponente, tambi¨¦n en 2013, de una sentencia que anul¨® parcialmente un indulto concedido por el Gobierno del PSOE al banquero Alfredo S¨¢enz. Esa resoluci¨®n revoc¨® ¨²nicamente los efectos administrativos del indulto a S¨¢enz, es decir, la cancelaci¨®n de los antecedentes penales, lo que le hab¨ªa permitido seguir actuando como ejecutivo bancario.
En la resoluci¨®n sobre el kamikaze, el voto particular de Lesmes y otros diez magistrados explicaba que las razones de un Gobierno para conceder un indulto pueden ser muy variadas y ¡°no siempre exteriorizables¡±, pues pueden estar relacionadas con la seguridad p¨²blica, pol¨ªtica criminal, relaciones internacionales, ¡°e incluso para resolver graves problemas pol¨ªticos que pueden afectar a la convivencia nacional¡±. Se a?ad¨ªa que este tipo de motivos no siempre se pueden explicitar detalladamente en un expediente administrativo y ¡°mucho menos ser sometidas a un control judicial¡±.
Sosten¨ªan los magistrados discrepantes con la anulaci¨®n del indulto que el control jurisdiccional tendr¨ªa que extenderse a ¡°los elementos reglados¡±, en sustancia, c¨®mo hay que tramitar el expediente y sus fases. Ahora bien, a?ad¨ªan que ¡°el control de las razones de fondo que llevan a conceder un indulto¡±, aunque fuera en esencia para excluir la arbitrariedad, lleva a un an¨¢lisis ¡°a¨²n superficial y limitado, del fondo de la decisi¨®n, lo que pugna con la naturaleza misma del acto graciable¡±. Y a?ad¨ªa que esa contradicci¨®n nace de que la concesi¨®n de un indulto ¡°es lib¨¦rrima como la propia sentencia reconoce¡±.
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