Absueltos los dos profesores que supervisaban una actividad en la que se ahog¨® un adolescente en C¨®rdoba
El tribunal considera que los docentes ¡°estuvieron pendientes¡± de los alumnos en todo momento y que la zona de ba?o era segura
El 29 de mayo de 2018, 34 estudiantes de secundaria del IES Colonial de Fuente Palmera (C¨®rdoba, 9.783 habitantes) participaron en una actividad extraescolar que inclu¨ªa la visita a los Ba?os de Popea, una zona natural enclavada en las estribaciones de Sierra Morena, cerca de Santa Mar¨ªa de Trassierra, en el t¨¦rmino municipal de C¨®rdoba. Durante la jornada, uno de los j¨®venes, de 13 a?os, muri¨® mientras se ba?aba en el r¨ªo. La acusaci¨®n particular y la Fiscal¨ªa pidieron para los dos docentes, un hombre y una mujer, que supervisaban a los alumnos cuatro a?os de prisi¨®n y, este pasado verano, el Juzgado de lo Penal N¨²mero 4 de C¨®rdoba los conden¨® por un delito de homicidio por imprudencia profesional. No conllevaba c¨¢rcel, pero s¨ª el pago de una multa de 3.600 euros cada uno y una indemnizaci¨®n conjunta de 120.000 euros a la madre del menor. Ahora, la Audiencia Provincial de C¨®rdoba los ha absuelto porque considera que ambos ¡°estuvieron pendientes¡± de los adolescentes.
La sentencia absolutoria a?ade que el menor hab¨ªa manifestado y demostrado que sab¨ªa nadar y que nadie ¡ªni profesores ni compa?eros¡ª se percat¨® de su desaparici¨®n. Seg¨²n adelant¨® Abc, la familia del menor ha anunciado que recurrir¨¢ la sentencia ante el Tribunal Supremo.
La resoluci¨®n, con fecha de 3 de diciembre, traza de manera pormenorizada la secuencia de los hechos. Esta arranca en octubre de 2017, cuando la actividad del instituto fue aprobada por el Consejo Escolar dentro su programaci¨®n anual. Estaba dirigida al alumnado de segundo de ESO y constaba de dos partes: unos juegos de orientaci¨®n durante la ma?ana en la zona de Los Villares, un parque periurbano a las afueras de la capital cordobesa, y, m¨¢s tarde, una visita a las cuevas naturales del valle de Guato. En esta segunda ubicaci¨®n se planific¨® una actividad de espeleolog¨ªa en la cueva del Fato a la que se a?ad¨ªa un ba?o opcional en una zona habilitada que lo permite y en la que no existe ninguna advertencia de peligro. Adem¨¢s, en su mayor parte las aguas son someras y se hace pie, seg¨²n describe el documento judicial. En ese lugar donde al r¨ªo Guadiato se le une el arroyo del Molino, generando un salto de agua que los chavales quisieron visitar nadando por un tramo ¡°de aguas mansas¡±, seg¨²n el auto.
Sobre las seis de la tarde de aquel 29 de mayo, un grupo de estudiantes pidi¨® permiso a sus profesores para recorrer el trayecto, ¡°situado a pocos metros de la orilla en que se encontraban¡±. Recibieron la aprobaci¨®n. Inicialmente fueron cinco los que emprendieron la marcha, entre los que estaba el que joven que luego falleci¨®. Poco despu¨¦s se sumaron dos m¨¢s.
El tribunal considera probado que los dos docentes ¡°estuvieron pendientes del nado de los alumnos durante el trayecto de ida y vuelta del grupo¡± y subraya que una de los docentes mantuvo ¡°contacto visual permanente de la escena¡± y que el otro grab¨® un v¨ªdeo con su m¨®vil que ¡°enfocaba directamente¡± al nado desarrollado por los menores. Estaban cerca para actuar si hubieran visto algo anormal, pero no lo hicieron. Sin embargo, volvieron seis menores en vez de siete. Y nadie se dio cuenta de ello hasta que, al hacer recuento antes de subir al autob¨²s para volver, descubrieron que un chico no estaba.
Zona segura ¡°si se sabe nadar¡±
La jueza de lo penal consideraba probado en su sentencia del pasado junio que el v¨ªdeo grabado por el docente demostraba que el menor ¡°no ten¨ªa soltura nadando¡±. En su sentencia inculpaba a los profesores, entre otros aspectos, porque sosten¨ªa que estos ¡°no advirtieron a los menores del peligro que entra?aba¡± el nado. ¡°No se percataron de la circunstancia de la profundidad del r¨ªo y de que el menor no era suficientemente ducho nadando¡±, insist¨ªa, al tiempo que sosten¨ªa que el menor ¡°se cans¨® y no solicit¨® ayuda a ninguno de sus compa?eros ni a los profesores que se encontraban all¨ª¡±. Y aseguraba que los docentes ¡°no tuvieron la previsi¨®n adecuada de un posible ahogamiento de un menor y que no desplegaron la diligencia debida para evitar tal desgracia¡±.
La audiencia cordobesa se?ala ahora que aquella sentencia dictada en primera instancia fue realizada ¡°de manera harto contradictoria y err¨¢tica¡±. Por esto, destaca ahora que todos los adolescentes ten¨ªan ¡°capacidad y habilidad suficientes¡± para nadar hasta el salto de agua, puesto que lo hab¨ªan demostrado en una zona m¨¢s peligrosa a la salida de la cueva del Fato. Y que el propio menor hab¨ªa reconocido su habilidad para el nado, que ejercit¨® ¡°delante de los profesores y los gu¨ªas de la empresa¡±. De hecho, tanto los bomberos como la Guardia Civil declararon que era ¡°una zona de ba?o muy tranquila, con buena visibilidad¡± y que ¡°es segura si se sabe nadar¡±.
La sentencia apunta tambi¨¦n que en las propias im¨¢genes grabadas por el docente ¡°no se observa anomal¨ªa o torpeza de nado en ninguno de los menores, y s¨ª juegos de inmersi¨®n de estos en el agua que llevan a cabo sin complicaci¨®n alguna¡±. Por ello, la jueza indica que es ¡°aventurado¡± decir que el chico no sab¨ªa nadar, dado que los compa?eros le hab¨ªan escuchado decir que sab¨ªa hacerlo bien. Y recuerda que la propia madre dio su consentimiento por escrito a la actividad, que inclu¨ªa el ba?o opcional, ¡°lo que puede indicar que el silencio de la progenitora sobre una actividad de innegable riesgo para quien no sepa nadar es confirmaci¨®n de la preparaci¨®n de su hijo para llevarla a cabo¡±.
El texto concluye subrayando que queda ¡°acreditado de manera incontestable¡± que los docentes acusados ponen su foco en la actividad de nado del grupo de menores, la supervisan y no pierden contacto visual directo durante su trayecto, no percibiendo ¡°el m¨¢s m¨ªnimo indicador de inconveniente, obst¨¢culo, problema o peligro¡± en la actividad. Al tiempo que apunta que ¡°por razones que se desconocen, este nadador tuvo problemas en el desarrollo de la concreta actividad que lo llevaron a inmersiones que acabaron con su vida por ahogamiento a corta distancia de todos y sin que nadie, absolutamente nadie, se percatara de ello¡±. Por todo ello, termina absolviendo a los docentes, dando cinco d¨ªas para recurrir la sentencia. La familia ha anunciado que lo har¨¢ ante el Tribunal Supremo.
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