El Supremo sienta en el banquillo a la exconsejera Meritxell Serret por el ¡®proc¨¦s¡¯, pero solo por desobediencia
La parlamentaria de ERC, que regres¨® a Espa?a en 2021 tras permanecer con Puigdemont en Bruselas, ser¨¢ juzgada en el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a
El Tribunal Supremo envi¨® este martes a juicio por su papel en el proc¨¦s independentista de 2017 en Catalu?a a la entonces consejera de Agricultura de la Generalitat, Meritxell Serret, un a?o despu¨¦s de que esta decidiera volver a Espa?a y ponerse a disposici¨®n judicial despu¨¦s de pasar tres a?os y medio fugada en Bruselas. Serret ser¨¢ juzgada solo por el delito de desobediencia (que no implica penas de prisi¨®n sino multa e inhabilitaci¨®n): ninguna de las partes ¡ªni Fiscal¨ªa ni Abogac¨ªa del Estado ni Vox¡ª ha pedido confirmar la acusaci¨®n inicial de malversaci¨®n de fondos, vista la interpretaci¨®n restrictiva que de ese delito hizo en este caso el propio Supremo en el juicio del proc¨¦s en 2019.
El juicio a Serret tendr¨¢ lugar ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC), instancia a la que el Supremo ha remitido la causa por estar la exconsejera aforada actualmente como diputada de ERC en el Parlament.
Serret se puso a disposici¨®n del juez instructor del caso, Pablo Llarena, en marzo de 2021. Se trata de la ¨²nica procesada por el refer¨¦ndum ilegal del 1-O que decidi¨® volver a Espa?a desde Bruselas ¡ªadonde hab¨ªa huido en 2017 con Carles Puigddemont¡ª una vez celebrado el juicio en el Supremo. En esa vista, los exconsejeros Joaquim Forn y Josep Rull fueron condenados por el delito de sedici¨®n, pero resultaron absueltos del de malversaci¨®n, al no quedar demostrado que en sus departamentos ¡ªInterior y Territorio, respectivamente¡ª se hubiera hecho uso de fondos p¨²blicos para fines relacionados con el proc¨¦s. Era previsible que otro tanto ocurrir¨ªa con la titular de Agricultura.
Este criterio del Supremo, por tanto, situaba a Serret ante la perspectiva de poder evitar todo riesgo de entrar en prisi¨®n si volv¨ªa a Espa?a. A diferencia de la malversaci¨®n, el delito de desobediencia no entra?a pena de c¨¢rcel. Y en efecto, tras la declaraci¨®n de Serret ante el Supremo en 2021, defendida por el letrado ??igo Iru¨ªn, el juez Llarena dict¨® un auto en el que afirm¨®: ¡°El estado actual de la investigaci¨®n no refleja hasta ahora gastos concretos efectivamente soportados desde el departamento del cual fue consejera¡±. Consecuentemente, el magistrado acord¨® que la compareciente quedara en libertad.
En esta situaci¨®n ha permanecido Serret a la espera de que la Sala Penal decidiera sobre su enjuiciamiento. La resoluci¨®n lleg¨® este martes, en forma de dos autos. En el primero se da por concluido el sumario del 1-O en relaci¨®n con la exconsejera, y en el segundo se remite el caso al Tribunal Superior de Catalu?a para que la juzgue s¨®lo por desobediencia (art¨ªculo 410 del C¨®digo Penal), una vez constatado que ninguna de las acusaciones le imputa ya la malversaci¨®n, en l¨ªnea con lo que hab¨ªa apreciado Llarena. En aplicaci¨®n del principio acusatorio ¡ªnadie puede ser juzgado de lo que no es acusado¡ª, el Supremo circunscribe la continuaci¨®n del proceso al tipo penal m¨¢s leve, el ¨²nico que ha quedado en pie.
Las penas que le pueden corresponder por el delito de desobediencia son las de las de multa de tres a doce meses e inhabilitaci¨®n especial para empleo o cargo p¨²blico por tiempo de seis meses a dos a?os. En cuanto a la conducta que sancionan, el C¨®digo Penal se refiere a ¡°las autoridades o funcionarios p¨²blicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u ¨®rdenes de la autoridad superior¡±. En este caso, tales ¨®rdenes ser¨ªan las que reiteradamente dict¨® ¡ªen vano¡ª el Tribunal Constitucional para que el proc¨¦s no desembocara en el refer¨¦ndum ilegal del 1-O y la declaraci¨®n, finalmente fallida, de independencia.
Seis excargos siguen fugados m¨¢s de cuatro a?os despu¨¦s
Al mediodía del 31 de octubre de 2017, cuatro días después de que el Parlamento de Cataluña declarase la independencia y el Gobierno central interviniera la autonomía catalana aplicando el artículo 155 de la Constitución, el president Carles Puigdemont compareció en rueda de prensa en Bruselas, la capital belga. Lo acompañaban en la mesa, con las banderas catalana y europea de fondo, seis de sus consejeros: Joaquim Forn, Meritxell Borràs, Toni Comín, Dolors Bassa, Meritxell Serret y Clara Ponsatí. Un séptimo, Lluís Puig, se uniría también al grupo.
La víspera, lunes, la Fiscalía General del Estado había presentado una querella por rebelión, sedición y malversación contra todos ellos y el resto del Gobierno de la Generalitat. No se sabía en aquel momento si el viaje a Bruselas era puntual o una fuga en toda regla para eludir la justicia. Cuatro años y medio después se sabe que para la mayoría de los dirigentes independentistas que se sentaban en aquella mesa se trató de lo segundo. Cuatro de ellos siguen fugados: Puigdemont, Comín, Ponsatí (los tres, eurodiputados) y Puig.
Forn y Bassa regresaron esa misma noche de 2017 a Barcelona. Borràs, dos días después. Los tres fueron juzgados por el Supremo en 2019, condenados a prisión los dos primeros; y a inhabilitación, la tercera. Meritxell Serret permaneció prófuga en Bruselas hasta marzo de 2021, cuando regresó a España y se entregó ante el Supremo. Este martes se confirmó que será juzgada solo por desobediencia; por tanto, sin riesgo de acabar en la cárcel.
Puigdemont, Comín y Ponsatí están procesados en rebeldía por sedición, malversación y desobediencia; Puig no lo está por sedición. También prófugas pero en Suiza están Marta Rovira (número dos de ERC, procesada por sedición) y Anna Gabriel (de la CUP, por desobediencia). / V. G. C.
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